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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA

Núm. 429173
Resolución de la convocatoria de ayudas 2021 para espacios de creación artística contemporánea y salas alternativas de exhibición

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 555146

La vicepresidenta primera y consejera executiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística ha dictado el 17 de septiembre de 2021 la siguiente resolución:

«1. Conceder, en el marco de la convocatoria de ayudas 2021 para espacios de creación artística contemporánea y salas alternativas de exhibición, la cantidad total de 84.511,88 € a favor de las entidades beneficiarias que se relacionan en la tabla siguiente:

Sol.

SECIM

Entidad

Línea

NIF

Espacio

Presupuesto subvencionable

Importe subvención

001

758704F

La Fornal d'Espectacles de Ferro SL

1

B57182065

Sala La Fornal

20.281,50

17.181,50

002

758705H

6A Obra Gràfica S.L.

1

B57052318

6A Galeria d'art/ Taller 6A

11.454,88

10.000,00

003

759089Q

Jerónimo Obrador Rosselló

1

37338842K

Sa Talaia

18.792,88

17.330,38

004

760435K

Associació Alcem el C.IN.E.

2

G57694549

Centre d'Investigació Escènica de Sineu

27.767,00

20.000,00

005

760988D

Casa Planas

2

G57931297

Centre cultural Casa Planas

30.000,00

20.000,00

2. Disponer el gasto (44.511,88 €) a favor de las personas beneficiarias de la línea 1 (La Fornal d'Espectacles de Ferro SL, 6A Obra Gràfica S.L i Jerónimo Obrador Rosselló) por los importes que se indican en la tabla anterior, con cargo en la aplicación presupuestaria 20.33430.47906 del ejercicio 2021.

Disponer el gasto (40.000,00 €) a favor de las personas beneficiarias de la línea 2 (Associació Alcem el C.IN.E. i Casa Planas), por los importes que se indican en la tabla anterior, con cargo en la aplicación presupuestaria 20.33430.48904 del ejercicio 2021.

3. Anular la autorización de gasto (A) del ejercicio 2021 con núm. de operación 220210003084, por el importe de 35.488,12 €, como remanente resultante de la diferencia entre la cantidad de la dotación presupuestaria autorizada por esta convocatoria y el importe dispuesto.

4. Revertir a la aplicación presupuestaria 20.33430.47906 el importe de 35.488,12 €.

5. Denegar la ayuda solicitada a Estudi Zero Teatre SCL (Sol 006 SECIM 761299K), dado que no cumple el requisito previsto en el último párrafo del punto 5.1 de la convocatoria para acceder a estas ayudas.

6. Informar a La Fornal de Espectacles de Ferro SL que se aceptan los gastos con personas o entidades vinculadas.

Informar a Jerónimo Obrador Rosselló que se aceptan los gastos con personas o entidades vinculadas.

Informar a Asociación Alcem el C.IN.E. que no se aceptan los gastos con personas o entidades vinculadas.

7. Ordenar la publicación de esta resolución al Boletín Oficial de las Islas Baleares y trasladar la información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.»

Recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante esta consejera ejecutiva o ante la presidencia, que es el órgano competente para su resolución, contador a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio e interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 20 de septiembre de 2021

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística

(Por delegación de la vicepresidenta primera y consejera executiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística. Resolución de 23/07/2019. BOIB núm. 109 de 8/8/2019)

Josep Mallol Vicens