Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 428797
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de septiembre por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 6 de abril de 2020, el cual tuvo por objeto extender la consideración de días especiales tal y como se realiza los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero a los días 9, 10 y 13 de abril de 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El 6 de abril de 2020, de conformidad con el artículo 80.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, se debatió en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad de las Islas Baleares (formada por la Administración y las organizaciones sindicales con representación en ella) un borrador de acuerdo por el que se establecen determinadas medidas con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

La finalidad del acuerdo era poder disponer de los recursos humanos necesarios para garantizar la prestación asistencial durante los días festivos de la Semana Santa de 2020. En este punto, cabe destacar que tanto la Administración como todas las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad manifestaron su completa conformidad con el contenido de la propuesta.

No obstante lo anterior, debido a la gravedad y a la urgencia de la situación sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV-2 y la declaración del primer estado de alarma, después de la negociación correspondiente y dada la imposibilidad de contar con la asistencia del secretario o de un suplente, la Mesa Sectorial no logró adoptar un acuerdo formal.

En virtud del artículo 80.5 de la Ley 55/2003, corresponde al Gobierno o a los consejos de gobierno de las comunidades autónomas en sus ámbitos respectivos establecer las condiciones de trabajo del personal estatutario cuando no se produzca acuerdo en la negociación o no se logre la aprobación expresa y formal en las mesas de negociación correspondientes.

En el mismo sentido se expresa el artículo 38.7 del Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (TREBEP), que dispone que, en el supuesto de que no se produzca acuerdo en la negociación o en la renegociación prevista en el último párrafo del apartado 3 de dicho artículo, y una vez agotados —en su caso— los procedimientos de solución extrajudicial de conflictos, corresponderá a los órganos de gobierno de las administraciones públicas establecer las condiciones de trabajo de los funcionarios con las excepciones previstas por la Ley.

El artículo 38 del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido del Estatuto básico del empleado público, en relación con el artículo 80 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, dispone que los acuerdos que versan sobre materias de competencia de los consejos de gobierno de comunidades autónomas, para que tengan validez y eficacia, requieren la aprobación expresa y formal de este órgano.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Salud y Consumo, en la sesión de 20 de septiembre de 2021, adoptó entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Ratificar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 6 de abril de 2020, el cual tuvo por objeto extender la consideración de días especiales tal y como se realiza los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero a los días 9, 10 y 13 de abril de 2020, para todos aquellos servicios que participen directamente en el tratamiento COVID-19 y para aquellos que vean incrementada su actividad normal para los días referenciados, ya sea en jornada ordinaria o extraordinaria.

Segundo. Disponer que esta ratificación tenga efectos desde el día 6 de abril de 2020.

Tercero. Ordenar que este acuerdo se publique íntegramente en Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 20 de septiembre de 2021

La secretaria del Consejo de Gobierno Merdedes Garrido Rodríguez