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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 423334
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 30 de agosto de 2021, relativo a la aprobación de la convocatoria de ayudas ADV 2021 (Exp. 3201-2021-000001)
BDNS 583904
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b i 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/583904):
Primero
Beneficiarios
1. Pueden tener la condición de beneficiarios directos y pedir la subvención las ADV constituidas según el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, por el cual se regulan las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito de las Islas Baleares y se crea el Registro Oficial de Agrupaciones de Defensa Vegetal de las Islas Baleares.
2. Pueden ser beneficiarias finales de las ayudas previstas en esta convocatoria las pequeñas y medias explotaciones agrarias integradas en una agrupación de defensa vegetal de Menorca que cumplan el requisito de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y el Consejo Insular de Menorca.
Segundo
Objeto
El objeto de estas ayudas de minimis es apoyar a las actuaciones que lleven a cabo, entre el 1 de diciembre del año anterior al de la convocatoria y el 30 de noviembre del año de la convocatoria, las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca (ADV) constituidas de acuerdo con el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, que regula las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito de las Islas Baleares y crea el Registro oficial de agrupaciones de defensa vegetal de las Islas Baleares.
Tercero
Bases reguladoras
Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 21.05.2018 y publicadas en el BOIB núm.75 de 19.06.2018, con las modificaciones aprobadas por el Consejo Ejecutivo de día 30.08.2021 y que se publican juntamente con la convocatoria.
Cuarto
Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 50.000 € (cincuenta mil euros).
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Sexto
Otros datos
La ayuda total máxima que podrá recibir cada agrupación se establece en 25.000 €.
Maó, en el día de la firma electrónica (16 de septiembre de 2021)
La secretaria
Rosa Salord Oleo