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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Núm. 425110
Extracto del Acuerdo de Consell Executiu del Consell de Mallorca de 8 de septiembre de 2021 por el cual se aprueba la convocatoria de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados para mujeres

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 583371

 De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index) 

Primero. Entidades y personas beneficiarias 

Pueden presentarse a esta línea: 

a) La mujer trabajadora autónoma, dada de alta o que se dará de alta en el plazo de un mes, desde la notificación de la resolución de la concesión, como trabajadora autónoma en el Régimen Especial de Trabajo Autónomo de la Seguridad Social (RINDA). 

b) Las organizaciones empresariales de nueva creación o existentes con cualquier forma jurídica fundadas o lideradas para mujeres, es decir, con presencia exclusiva de mujeres en el Consejo de dirección o en el Consejo de Administración. Si la organización empresarial tiene plantilla esta tiene que estar formada mínimo en un 60% por mujeres.

Que cumplan los requisitos siguientes:

- Que quieran iniciar un nuevo proyecto empresarial, abriendo un nuevo establecimiento o cojan el traspaso de negocio de una empresa ya existente, siempre que el traspaso se haya realizado a partir del 1 de enero de 2020.

- Con sede social y/o centro de trabajo en la isla de Mallorca.

- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias ante el Estado, la comunidad autónoma de las Illes Balears y el Consell de Mallorca, como también las obligaciones de la Seguridad Social o bien disponer de la correspondiente resolución de prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición especial de sus deudas con estas entidades.

- Acreditación de no incurrir en las prohibiciones establecidos en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

- Las entidades que no hayan recibido, sumando la totalidad de las ayudas otorgadas en España, en concepto de Minimis, en los tres últimos ejercicios fiscales (2018, 2019 y 2020), un importe superior a 200.000,00 € (art. 3.1 y 3.2 del Reglamento nº. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la U E a las ayudas de Minimis (Diario Oficial de la Comunidad Europea nº. L 352, de 24 de diciembre de 2013).

- Que, de conformidad con lo que se prevé en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE nº. 202, de 22 de agosto de 2016), la entidad no ha sido sancionada o condenada en los tres años últimos por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género y que no ha sido sancionada por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.

Segundo. Objeto 

Regular la concesión de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a los proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados por mujeres de la isla de Mallorca. 

Los objetivos específicos de estas ayudas son:

- Reactivación económica del sector productivo liderado por mujeres.

- Impulso de proyectos empresariales transformadores del modelo económico y social, que tengan un impacto social.

- Impulso y puesta en marcha de líneas de negocio mes eficaces, eficientes, sostenibles y justas.

- Fomentar la emprendeduría social mediante el apoyo a nuevas empresas o nuevas líneas de negocio desde su etapa inicial.

- Diversificar el modelo económico más allá de los sectores más masculinizados.

- Que estos proyectos liderados por mujeres tengan acceso a una financiación imposible de conseguir por otras vías.

- Corregir las diferencias de género en la emprendeduría.

- Disminuir el impacto de la crisis derivada de la pandemia en el sector de la mujer emprendedora con una idea de negocio o con un negocio recién iniciado dentro de la misma anualidad.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18.02.2017) y modificada por Acuerdo de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 04.08.2018).

 Cuarto. Cuantía 

A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina la cantidad total máxima de 833.333,00 € con la distribución siguiente:  

- Tramo reembolsable:

00.23167.83100

500.000 €

- Tramo no reembolsable:

00.23167.77980

200.000 €

 

00.23167.77900

133.333 €

 Quinto. Plazo de presentación de solicitudes  

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB). Se mantendrá abierto el plazo hasta que se agote el crédito disponible, por lo tanto, la convocatoria se mantendrá abierta hasta que se dicte y se publique una resolución a este efecto. 

Sexto. Otros datos 

Los proyectos tienen que tener una duración mínima de 6 meses y máxima de 2 años. Los proyectos que no estén iniciados en el momento de la presentación de la solicitud se tienen que iniciar en el plazo de tres meses a contar desde la notificación de la resolución de la concesión de la ayuda. El incumplimiento de este extremo supondrá la revocación de la concesión.  

La entidad beneficiaria, en el plazo máximo de 7 días hábiles desde el inicio del proyecto, tiene que presentar el certificado de inicio del proyecto con el modelo disponible en la sede electrónica del Consell de Mallorca. 

El texto completo de la convocatoria y los anexos se pueden descargar en la Sede electrónica del Consell de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net/es/web/seu/fitxa?key=72793

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (17 de septiembre de 2021)

 La consejera ejecutiva de Presidencia M. Teresa Suárez Genovard