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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 415518
Notificación de Resolución de prórroga a los beneficiarios de las ayudas, R37 Exp. 221 de fecha 30 de agosto de 2021, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 30 de agosto de 2021, firmó la siguiente resolución,

“INFORME / PROPUESTA/RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE PRÓRROGA DEL PLAZO PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA INVERSIÓN SUBVENCIONABLE

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.1- Ayuda a las inversiones a las explotaciones agrarias (INEA)

Convocatoria: INEA 2017_1

Código DIR3: A4026954

Código SIA: 208246

Códiga BDNS: 464368

Hechos

1.El 30 de setiembre de 2019, el vicepresidente en materia agraria del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) dictó Resolución de concesión (R37) de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 149, de 2 de noviembre de 2019, en relación con la ayuda concedida al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 16 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de fecha 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), en fecha 22 de junio de 2016, (BOIB núm. 81) y en fecha 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80). Entre otros beneficiarios hay JOAN ANTONI FERRER FERRER, con NIF ***6165**, y núm. de expediente INEA2017_1/221, con un plazo de ejecución de 12 meses.

2. El 30 de setiembre de 2020, el interesado  JOAN ANTONI FERRER FERRER con NIF***6165**, presentó una solicitud de prórroga del plazo de ejecución (RGE 2301) en las oficinas del FOGAIBA/ Eivissa Consell, alegando que no ha había tenido tiempo de ejecutar la obra del almacén agrícola ya que la notificación de la licencia urbanística del Departamento de Movilidad y Territorio del Consell de Formentera no se había producido, por lo que pedía una prórroga extraordinaria de 18 meses más. La prórroga se concedió y se dio un plazo hasta el día 2 de mayo de 2021.

3.El día 30 de marzo de 2021 solicitó una nueva prórroga (L3E2301) en las oficinas del FOGAIBA/ Eivissa Consell alegando que se encontraba pendiente del informe del Departamento de Movilidad y Territorio del Consell de Formentera, por lo que pedía una prórroga extraordinaria de 6 meses más. La prórroga se concedió y se dio un plazo hasta el día 2 de noviembre de 2021.

4.El día 02 de agosto de 2021 solicitó una nueva prórroga (L95E336696) en las oficinas del FOGAIBA /Eivissa Consell alegando que aún se encuentra pendiente del informe del Departamento de Movilidad y Territorio del Consell de Formentera , por lo que pide una prórroga extraordinaria de 6 meses más.

5. El apartado duodécimo, justificación y pago de las ayudas, de la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 10 de julio de 2015, establece que el plazo máximo para la notificación y la justificación de la realización de la inversión propuesta es de 12 meses para las inversiones inmuebles y de 6 meses para las inversiones muebles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda. Por razones justificadas de demora en la concesión de licencias por parte de los ayuntamientos, bajas laborales e incidencias graves que no sean imputables al solicitante, los beneficiarios podrán solicitar la ampliación del plazo de realización y justificación establecido en la resolución de concesión . Esta solicitud de ampliación se presentará durante el plazo de ejecución.

6. La concesión de la ayuda se notificó el 2 de noviembre de 2019, por tanto el plazo máximo para la justificación de la inversión propuesta con la ampliación de las prórrogas acaba el 2 de noviembre de 2021 (24 meses). El interesado presentó la solicitud de prórroga el día 2 de agosto de 2021, y por tanto dentro de plazo.

7.De acuerdo con el apartado 2 del artículo 20 de la Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020, regula que, con carácter excepcional y por razones debidamente justificadas, los beneficiarios de las ayudas podrán solicitar la ampliación o reapertura de los plazos establecidos en la respectiva convocatoria, con excepción del plazo de presentación de solicitudes. Esta solicitud debe presentarse antes del vencimiento del plazo de que se trate.

El FOGAIBA podrá acordar la ampliación solicitada siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceras personas. El acuerdo de ampliación se notificará individualmente al interesado y no es susceptible de recurso.

Dado el Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del FOGAIBA; en virtud de la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 23 de diciembre de 2005 se dispone que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero a partir del 1 de enero de 2006.

8. Dado que la solicitud de la prórroga se ha presentado antes del vencimiento del plazo de justificación de la realización de la inversión y está debidamente motivada, se concederá la prórroga solicitada por un plazo de 6 meses , de acuerdo con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Fundamentos de derecho

1.Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de junio de 2018.

2.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.

3.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de Resolución de concesión de prórroga

Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.Conceder la prórroga por 6 meses a JOAN ANTONI FERRER FERRER, con NIF***6165** expediente número INEA 2017_1/221. Por tanto, el plazo máximo para la justificación de la inversión aprobada será de 30 meses, desde el 2 de noviembre de 2019 hasta el 2 de mayo de 2022.

2.Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Esta resolución no es susceptible de recurso.

Palma, 26 de agosto de 2021

La gestora de la línea,

Mª Isabel Jiménez Vidal

La Jefa de Sección XVI

Lidia Álvarez Álvarez

El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural,

Isidre Cañellas Simonet

​​​​​​​Conforme con la propuesta, dicto Resolución de prórroga​​​​​​​

Palma, 30 de agosto de 2021

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA,

Fernando Fernández Such”

​​​​​​​Palma, 7 de setiembre de 2021

El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé

​​​​​​​