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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 413879
Resolución de 30 de agosto de 2021 de la Presidenta del Consorcio Centro Baleares Europa por la cual se aprueban las bases que tienen que regir la concesión de seis becas en Acción Exterior y en Unión Europea 2021, así como la convocatoria correspondiente

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Texto

Hechos

1. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, el establecimiento o la gestión de las cuales corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o a las entidades que  dependen de la misma y, en particular, la disposición adicional primera.

2. Los Estatutos del Centro Baleares Europa (CBE) disponen que el objeto del Consorcio es el impulso, la organización y la coordinación de actividades relacionadas con el ámbito de la Unión Europea, por lo cual el Centro tiene entre sus finalidades otorgar ayudas y becas.

3. El 1 de julio de 2021, el director general de Relaciones Exteriores y vicepresidente de asuntos europeos del CBE emitió una memoria justificativa relativa a la convocatoria de las becas del CBE del 2021.

4. La Junta Rectora en comisión acordó,  en sesión del 2 de julio de 2021, la aprobación de las bases y la convocatoria de las becas del CBE 2021.

5. El  29 de julio de 2021, la responsable de Administración del CBE expidió un certificado de existencia de crédito suficiente para las seis becas del CBE 2021.

De acuerdo con el artículo 15 del Decreto legislativo 2/2005, en uso de la competencia que me atribuye el punto 1 de la letra h del artículo 21 de los Estatutos del CBE y en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Comisión de la Junta Rectora de 2 de julio de 2021, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Aprobar la convocatoria que tiene que regir la concesión de seis becas CBEuropa 2021 para la formación práctica de jóvenes titulados universitarios a las oficinas del Centro Baleares Europa en Palma y en Bruselas, y las bases correspondientes que figuran en el anexo I.

2. Establecer el plazo de presentación de solicitudes de 20 días naturales desde la el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las becas en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Autorizar un gasto por un importe máximo de 25.200 euros para cada beca, lo cual hace un total de 151.200 euros para las seis  becas.

 Este importe se tiene que consignar en los presupuestos del CBE para los años 2021-2022-2023, con cargo a la partida presupuestaria 659 Becas del CBE 2021.

4. Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

5. En caso de discrepancia con la versión catalana y la castellana tiene que prevalecer la versión catalana.

Interposición de Recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado competente en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

 

Palma,  30 de agosto de 2021

La Presidenta del Consorcio Centro Baleares Europa

Rosario Sánchez Grau

 

ANEXO I

Bases que tienen que regir la convocatoria 2021 para la concesión de seis becas en Acción Exterior y en Unión Europea 2021, cuatro en la modalidad de seguimiento en Acción Exterior y Unión Europea y dos en la modalidad de comunicación en Acción Exterior y Unión Europea

Objetivos de la modalidad de Beca de seguimiento en Acción Exterior y Unión Europea

  • Lograr una visión holística de la Acción Exterior de las Illes Balears.
  • Profundizar en el conocimiento de la realidad euromediterrània, con una formación práctica sobre el funcionamiento de las redes de cooperación y colaboración en las cuales participa Gobierno de las Illes Balears.
  • Ampliar el conocimiento de las instituciones europeas y su funcionamiento.
  • Participar en la actividad habitual y colaborar en las tareas técnicas en el campo de la acción exterior: seguimiento del proceso legislativo europeo, búsqueda de información y preparación de material y documentación, colaboración en la realización de informes, boletines, etc.
  • Participar en la coordinación y las actividades planteadas en el seno de las Comunidades de las Illes Balears al exterior.
  • Lograr unos amplios conocimientos prácticos derivados de la pertenencia de las Illes Balears al marco euromediterranio y de la Unión Europea.

Objetivos de la modalidad de Beca de Comunicación en Acción Exterior y Unión Europea

  • Lograr una visión holística de la Acción Exterior de las Illes Balears.
  • Profundizar en el conocimiento de la realidad euromediterrània, con una formación práctica sobre el funcionamiento de las redes de cooperación y colaboración en las cuales participa Gobierno de las Illes Balears.
  • Ampliar el conocimiento de las instituciones europeas y su funcionamiento.
  • Participar en la coordinación y ejecución de la comunicación en Acción Exterior y Unión Europea, y muy especialmente en la difusión en redes y en el diseño y estructura de la página web de acción exterior.
  • Participar en la coordinación y las actividades planteadas en el seno de las Comunidades de las Illes Balears al exterior.
  • Lograr unos amplios conocimientos prácticos derivados de la pertenencia de las Illes Balears al marco euromediterranio y de la Unión Europea.

Dotación

  • El CBE se compromete a dotar la persona beneficiaria de la  beca con la cantidad de 1.200,00 € mensuales brutos durante el tiempo de la beca (14.400 € sucios anuales). Se tiene que hacer la retención del IRPF a esta cantidad y dar cumplimiento a la normativa en materia de seguridad social que resulte de aplicación.
  • Durante el tiempo de la duración de la beca, se tiene que disponer individualmente de una dotación máxima para formación complementaria de 2.400 € anuales, mediante la justificación del gasto y la autorización previa del vicepresidente de asuntos europeos del CBE. En el supuesto que se abandone la beca antes de su finalización, la persona becaria tiene que devolver la parte proporcional de la subvención recibida por este concepto.  La formación tiene que tener relación directa con los objetivos de la beca.
  • El CBE también se compromete a sufragar, a comienzos de la beca, un billete de avión de ida desde el lugar de residencia al Estado español hasta Bruselas y, a su conclusión, un billete de vuelta (como mínimo se tiene que haber disfrutado los cuatro primeros meses de la beca), desde Bruselas al lugar de residencia en el Estado español. Además, si fuera necesario, se tiene que pagar la primera semana de alojamiento.  
  • El seguro de accidentes durante el periodo de la beca es a cargo del CBE.
 

​​​​​​​Requisitos exigidos a los candidatos

  • Estar en posesión del título académico exigido (licenciatura o grado universitario) o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que acabe el plazo de presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas al extranjero, hay que aportar la homologación correspondiente del ministerio competente en materia de Educación.
  • Acreditar, con título oficial, como mínimo un conocimiento de inglés del nivel B2, según Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL).
  • Acreditar, con título oficial, como mínimo un nivel de catalán B2 (MCERL).
  • Tener la ciudadanía de uno de los estados miembros de la Unión Europea.
  • Tener como máximo 30 años.
  • No estar incurs en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de una subvención, en virtud del previsto en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y, en concreto, en cuanto a estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, así como estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Plazo

Presentación de candidaturas: 20 días naturales desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las becas en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Documentación que se tiene que presentar

  • Formulario de solicitud de participación al procedimiento de selección indicando la orden de preferencia respecto a las dos modalidades de becas (anexo II).
  • Currículum formateo EUROPASS con foto medida carné.
  • Acreditación de la licenciatura o el estudio de grado (original con copia o copia compulsada).
  • Acreditación de los certificados que avalen todos los requisitos y los méritos expuestos (originales con copias o copias compulsadas).

Lugar y forma de presentación de la documentación

  • Registro del CBE:

Centro Baleares Europa. Calle del Palau Reial, 17. 07001 Palma

Tel.: 971 177129

Horario: de lunes a jueves de 9 a 14 horas

  • Además, se pueden presentar a cualquier de los lugares que se establecen en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • En los casos en que las persones candidatas hayan presentado la solicitud a un registro diferente al del CBE, hay que enviar una copia escaneada de la solicitud cumplimentada y firmada, con el sello de registro correspondiente, en el mismo plazo de la fecha tope de presentación y acompañada de copia de la documentación acreditativa, mediante correo electrónico a voliver@dgre.caib.es.
  • No se tienen que valorar ni se tienen que tener en cuenta los méritos o los requisitos alegados que no se poseen al acabar el plazo de presentación de solicitudes, ni los que no se hayan acreditado documentalmente de forma adecuada y clara. No se tiene que admitir ninguna documentación referida a méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
  • Sin perjuicio del anterior, los defectos formales de la documentación presentada se pueden enmendar en los términos que prevé el artículo 68 de la Ley 39/2015.

Méritos y criterios de valoración

Las candidaturas se valorarán siempre que se cumplan y se acrediten todos los requisitos de los candidatos, y se valorarán los méritos siguientes, con un máximo de 4 puntos en la modalidad de Beca de seguimiento en Acción Exterior y Unión Europea, de acuerdo con la puntuación siguiente:

• Segunda licenciatura o estudio de grado  0,5

• Doctorado o máster en estudios europeos o relaciones internacionales (mínimo 60 créditos ETCS)  0,25

• Acreditación de un grado de discapacidad del 33 % como mínimo  0,25

• Catalán nivel C1 o superior (MCERL)  0,5

• Catalán nivel LA  0,25

• Inglés nivel C1 (MCERL) o superior  0,75

• Francés C1 (MCERL) o superior  0,75

• Francés B2 (MCERL)  0,5

• Otros idiomas C1 (MCERL) o superior  0,5

• Otros idiomas B2 (MCERL)  0,25

Por otro lado, para la modalidad de la Beca de Comunicación en Acción Exterior y Unión Europea: además de los méritos señalados antes, se tendrá en cuenta el grado en periodismo, comunicación o equivalentes, con una puntuación de 1 punto. Así, la puntuación máxima en la modalidad de Beca de Comunicación en Acción Exterior y Unión Europea será de 5 puntos.     

A la hora de valorar los idiomas, si se puntúa un nivel, no se puede sumar la puntuación del nivel inferior.

Procedimiento de selección de los candidatos

Las ocho personas, para la modalidad de la beca de seguimiento en Acción Exterior y Unión Europea, y las cuatro personas para la modalidad de la beca de comunicación en Acción Exterior y Unión Europea, candidatas con la mejor puntuación pasan a la prueba de selección por parte de la Comisión Evaluadora.

La Comisión Evaluadora tiene que estar compuesta por el vicepresidente de asuntos europeos del CBE que la preside, los dos jefes de servicio de la Dirección General de Relaciones Exteriores de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y con voz pero sin voto, la funcionaria de la Dirección General de Relaciones Exteriores que desarrolla sus trabajos a la oficina de Bruselas, y la responsable de Administración del CBE, que actuará como secretaria.

La evaluación presencial de la Comisión Evaluadora tiene que consistir en la realización de preguntas relativas a la realidad institucional, social y cultural de las Illes Balears y de la Unión Europa, la realidad socioeconómica y política de la cuenca mediterránea. Estas preguntas se harán en los diferentes idiomas exigidos y, eventualmente, en los acreditados por los propios candidatos, para comprobar la habilidad oral de los candidatos. Las pruebas se harán en la sede del CBE, en Palma. Si un candidato lo pide y lo justifica o bien la situación pandémica lo exige o recomienda, la entrevista se podría hacer por videoconferencia.

La evaluación presencial de la Comisión Evaluadora se puntuará como máximo con 6 puntos, los cuales se tienen que añadir a los obtenidos por los criterios de valoración de méritos.

En caso de empate en la suma de todos los méritos y de la evaluación  presencial de la Comisión Evaluadora en la entrevista de las personas aspirantes a la beca, el empate se tendrá que resolver de acuerdo con la mayor puntuación otorgada por la evaluación presencial de la Comisión Evaluadora. Si persiste el empate, se resueve por el voto de calidad del presidente de la Comisión Evaluadora.

La lista de personas candidatas preseleccionadas se tiene que publicar a la web  de la Consejería de Hacienda Y Relaciones Exteriores del GOIB  y a la <www.cbe.es>,  y las doce personas preseleccionadas tienen que ser notificadas por correo electrónico. La evaluación presencial de la Comisión Evaluadora se tiene que hacer, si es posible, durante las dos semanas siguientes a la de la publicación de la lista en la página web del CBE.

La fecha concreta y la duración de la evaluación de la Comisión Evaluadora tiene que ser notificada personalmente por correo electrónico o teléfono.

La Comisión Evaluadora tiene que seleccionar seis persones candidatas (cuatro para la modalidad de seguimiento y dos para la modalidad de comunicación)  y seis de suplentes (cuatro para la modalidad de seguimiento y dos para la modalidad de comunicación) por orden de clasificación.

En general, se tiene que utilizar la web  de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores del GOIB, así como la web del Centro Baleares Europa (<www.cbe.es>),  para difundir la información general después de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las notificaciones personales se tienen que hacer mediante el correo electrónico para que quede constancia. 

Condiciones de la beca

La duración del programa de formación en prácticas es de nuevo meses en Palma y nuevo meses en Bruselas a partir de la incorporación. Esta formación se realizará bajo la supervisión del Servicio de Información y Asesoramiento de la Dirección General de Relaciones Exteriores. De los seis becarios seleccionados se harán dos grupos integrados por tres personas cada uno. En estos grupos  habrá dos becarios de seguimiento en Acción Exterior y Unión Europea y un becario de comunicación en Acción Exterior y Unión Europea. Mientras un grupo esté en Palma, el otro estará en Bruselas y, nuevo meses después, se hará la rotación y el grupo que estaba en Palma irá a Bruselas y el de Bruselas vendrá a Palma.

 

​​​​​​​El periodo no lectivo será de 22 días laborales al año (es decir que será proporcional a los meses de beca realizados cada año), con la autorización previa del vicepresidente de asuntos europeos del CBE. Los días festivos tienen que ser los estipulados para la ciudad de Palma durante el periodo en que la beca transcurre en las Illes Balears.

La persona becada tiene que tener derecho a 6 días de libre disposición al año (es decir que será proporcional a los meses de beca realizados cada año), previa autorización del vicepresidente de asuntos europeos del CBE.

El hecho de acceder a la beca no implica relación laboral con la entidad y tampoco implica ningún compromiso profesional una vez finalizada la beca.

El bajo rendimiento en el aprendizaje del programa de formación en prácticas a partir de un bajo resultado de las evaluaciones semanales y mensuales, es motivo para que la vicepresidente de asuntos europeos del CBE, después de una primera amonestación, pueda retirar la beca.

En caso de renuncia de la persona beneficiaria de la beca, antes del final de la beca, se tiene que comunicar al CBE con 15 días hábiles de antelación. Los días de preaviso no practicados se tienen que sustraer de su subvención mensual o de cualquiera otro derecho que le pueda corresponder.

Las personas suplentes pueden sustituir, por orden correlativo, las vacantes de los becarios que se produzca dentro de cada modalidad.

En caso de que la bolsa de suplentes de una de las modalidades quede agotada, se podrá cubrir la vacante con los suplentes de la bolsa por la  de la otra modalidad.

En caso de suplencia, la persona se tiene que integrar en las mismas condiciones que indica esta convocatoria. Aún así, se tendrá en cuenta el periodo de beca que reste para llegar a los dieciocho meses, para decidir si se lleva a cabo únicamente en Palma, en Bruselas o a ambas ciudades.

La persona becada tiene que respetar el hecho de estar integrada en una entidad pública y en ningún momento no puede poner en peligro el buen nombre de Gobierno de las Illes Balears, del CBE, del resto de instituciones de las Illes Balears, de las Instituciones Europeas ni de las Redes internacionales en las cuales participan las diferentes instituciones.

La persona becada tiene que firmar un documento de aceptación de las condiciones de la beca y, de este modo, queda formalizada su condición de persona becada en el seno del CBE.

La jornada de formación práctica al CBE es de 35 horas semanales, de lunes a viernes, con horario obligatorio de 9.30 h a 14.00 h y horario variable de 8.30 h a 9.30 h y de 14.00 h a 21.30 h. El horario variable se efectuará según las necesidades de trabajo del CBE. Ante la situación pandémica, el trabajo presencial en la sede del CBE se podrá combinar con la modalidad de teletrabajo, en la forma que determine el vicepresidente de asuntos europeos del CBE.

Finalización de la beca

Una vez finalizada la beca, el vicepresidente de asuntos europeos del CBE tiene que emitir un informe relativo al grado de aprovechamiento de la persona becada, del desarrollo de los trabajos llevados a cabo y de los resultados obtenidos. 

El original de este informe junto con la liquidación de la beca confeccionada por la jefa de Administración del CBE, se tienen que emplear a efectos de la comunicación de los datos correspondientes que se tenga que hacer en la Base de datos Nacional de Subvenciones.

 

 

 

ANEXO II