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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 414110
Modificación de las Bases de las Ayudas extraordinarias al tejido productivo del municipio para minimizar el impacto económico de la crisis sanitaria COVID-19

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

1. Día 26 de marzo de 2021 se aprueba por Junta de Gobierno Local las Bases de Concesión Directa de Subvenciones- Subvenciones por Concurrencia no competitiva- Ayudas extraordinarias al tejido productivo del municipio para minimizar el impacto económico de la crisis sanitaria COVID-19.

2. Día 10 de abril se publica en el BOIB las Bases aprobadas a Junta de Gobierno Local de Concesión Directa de Subvenciones- Subvenciones por Concurrencia no competitiva- Ayudas extraordinarias al tejido productivo del municipio para minimizar el impacto económico de la crisis sanitaria COVID-19.

3. Día 11 de abril se empiezan a registrar solicitudes para la obtención de la subvención.

4. Día 6 de mayo de 2021 se publica en el BOIB número 59 la modificación de la convocatoria de ayudas extraordinarias al tejido productivo del municipio de Andratx para minimizar el impacto económico de la crisis sociosanitaria derivada de la COVID-19, publicada el 10 de abril de 2021 con número 48.

5.- Día 10 de septiembre de 2021, por la Junta de Gobierno Local se han aprobado las modificaciones siguientes:

1. Artículo 3 de las Bases de las Ayudas extraordinarias al tejido productivo del municipio para minimizar el impacto económico de la crisis sanitaria COVID-19 (BOIB nº48, de 10 de abril de 2021) y la posterior modificación (BOIB nº59, de 6 de mayo de 2021):

Añadir a la Línea 2 Comercios los siguientes IAE:

Del grupo 255: Fabricación de otros productos químicos destinados principalmente al consumo final

- 255.2 Fabricación de jabones tocador y productos perfumería

Del grupo 463: Fabricación en serie de piezas de carpintería, parquet y estructuras

- 463.1 Puertas y ventanas de madera

Del grupo 614: Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, de perfumería y para el mantenimiento y funcionamiento del hogar.

- 614.2 Comercio al por mayor de productos de perfumería, droguería, higiene y belleza.

Del grupo 653: Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción

- 653.3 Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos).

El grupo 681 Hospedaje en hoteles y moteles

Del grupo 751 Actividades anexas al transporte terrestre

- 751.5 Engrase y lavado de vehículos.

Del grupo 839 Masajistas, bromatólogos, dietistas y auxiliares de enfermería

El grupo 899 Otros profesionales relacionados con los servicios a que se refiere esta división

Añadir una nueva Línea 6 para trabajadores autónomos sin local para los siguientes epígrafes:

Línea 6 Trabajadores autónomos

Figurar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en los epígrafes específicos de los siguientes grupos:

El grupo 722: Transporte de mercancías por carretera

Del grupo 855 Alquiler otros medios de transporte

- 855.1 Alquiler aeronaves de todas las clases4

- 855.2 Alquiler de embarcaciones

- 855.3 Alquiler de bicicletas

- 855.9 Alquiler otros medios de transporte N.C.O.P.

Para cada persona autónoma con domicilio fiscal en el municipio de Andratx y que cumple el requisito de estar dado de alta en uno de los epígrafes previamente mencionados de la línea 6, la parte interesada recibirá la cantidad de 1000 € en concepto de subvención.

Dónde dice:

Número de trabajadores*

Importe

Entre 2 y 5 (ambos incluidos)

1000€

Entre 6 y 10 (ambos incluidos)

2000€

Más de 10

3000€

Se modifica con lo siguiente:

Número de trabajadores*

Importe

Entre 2 y 5 (ambos incluidos)

1000€

Entre 6 y 10 (ambos incluidos)

2000€

Más de 11

3000€

2.- Artículo 8 de las Bases de las Ayudas extraordinarias al tejido productivo del municipio para minimizar el impacto económico de la crisis sanitaria COVID-19 (BOIB nº48, de 10 de abril de 2021) y la posterior modificación (BOIB nº59, de 6 de mayo de 2021):

Documentación específica de la línea 6 Trabajadores autónomos

a. Copia del DNI/NIE/Pasaporte del solicitante en caso de ser persona física. Copia del CIF del solicitante en el caso de ser persona jurídica. En el supuesto de que la solicitud la haga un representante legal tendrá que presentar una autorización de representación con los documentos de identificación de interesado y representante.

En el caso solicitudes duplicadas por motivos de copropiedad o titularidad compartida de bien o bienes inmuebles alegados, el importe se reducirá proporcionalmente al porcentaje de participación en la propiedad por lo cual se requerirá la documentación acreditativa correspondiente.

b. Solicitud rellenada (ANEXO I).

c. Declaración responsable rellenada (ANEXO II) con los siguientes términos:

- La persona que presenta la solicitud tiene poder suficiente para actuar. En caso de que el solicitante sea una comunidad de bienes, una sociedad civil u otra entidad económica sin personalidad jurídica, tendrá que tener contrato privado o escritura pública de su constitución.

- Que todos los datos contenidos en la solicitud y los documentos que se adjuntan son ciertos.

- Tener el domicilio fiscal, servicio o centro de trabajo en el municipio de Andratx.

- Figurar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en los epígrafes específicos de los grupos que forman parte de esta línea durante 3 meses del año 2020 y constar así en el momento de presentar la solicitud con domicilio fiscal ubicado en el municipio de Andratx durante los 3 meses de alta en el IAE.

- Cumplir todas las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, destacando la de poder acreditar que se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, ante la Seguridad social, la CCAA, la AEAT y el Ayuntamiento de Andratx, de acuerdo con el artículo 14.1 e) LGS y 22 y siguientes del Real Decreto 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, con anterioridad a la propuesta del pago final de la subvención.

- Prestar colaboración y facilitar todas las evidencias que sean requeridas en el ejercicio de las funciones de control que correspondan al Ayuntamiento de Andratx. Los beneficiarios de estas ayudas, con la presentación de la solicitud de la ayuda, autorizan expresamente al Ayuntamiento a facilitar información a otras administraciones con el objeto de realizar las tareas de comprobación y control de la misma en cualquiera de sus fases.

- Aceptar someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas por la vigente normativa en materia de subvenciones.

- No pueden haber sido sancionados por incumplimiento de la normativa en materia de contención de la COVID-19.

- No haber despedido a trabajadores o trabajadoras afectados por los expedientes de regulación temporal de empleo (En ERTE).

d. Modelo SEPA (ANEXO III)

- En el supuesto de que el acreedor sea persona jurídica mediante firma y sello de la entidad bancaria correspondiente.

- En el supuesto de que el acreedor sea persona física, la firma y sello de la entidad bancaria pueden sustituirse por certificado de titularidad bancaria o de un documento bancario que acredite esta titularidad.

e. Certificado situación censal.

f. En caso de solicitar el anticipo de 80% previsto en su punto 3.1 (6) y 12, el interesado deberá aportar el certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, ante la SS o la Administración pública de la Comunidad Autónoma y la AEAT para comprobar que cumple el requisito de que el conjunto de deudas tributarias con la SS, con la administración pública de la CCAA, la AEAT y el Ayuntamiento de Andratx de la persona beneficiaria, tengan un importe inferior al del anticipo que le corresponda por la ayuda solicitada. En el caso de las deudas con el Ayuntamiento de Andratx se comprobará de oficio. Para el 20% restante, se deberá aportar de nuevo dicho certificado para comprobar que está al corriente de pago de las deudas señaladas y, en caso de no acreditar estar al corriente de dichas obligaciones, tendrá de devolverse el 80% adelantado.

 

Andratx, documento firmado electrónicamente (13 de septiembre de 2021)

El alcalde Antoni Mir Salvà