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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Núm. 406853
Resolución del director general de Pesca y Medio Marino de 26 de agosto de 2021 por la cual se publica el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la Reserva Marina de las Islas Malgrats

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Texto

Antecedentes

1. El 14 de septiembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB núm. 126) la Resolución del director general de Pesca y Medio Marino de 11 de septiembre de 2019 por la cual se establece el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la Reserva Marina de las Islas Malgrats.

2. El 4 de agosto de 2021, el Servicio de Recursos Marinos comunicó a la Federación Balear de Cofradías de Pescadores (FBCP) que han transcurrido dos años desde la publicación del censo y les solicitó colaboración para actualizarlo.

3. El 12 de agosto de 2021, la FBCP comunicó al Servicio la propuesta de modificación del censo.

4. El 25 de agosto de 2021 se emitió el informe del Servicio de Recursos Marinos con relación a la propuesta de embarcaciones que se han de incluir en el censo.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 3.1 del Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por el cual se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Islas Baleares, establece que para estar incluido en el censo de embarcaciones de pesca profesional autorizadas, previsto en el artículo 8.5 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, es necesario pertenecer a las cofradías del ámbito territorial de la reserva o tener el puerto base en el ámbito territorial de la cofradía a pesar de no ser miembro, o tener el puerto base a menos de 24 millas de la reserva y demostrar habitualidad mediante la acreditación de actividad en la zona en el periodo de cinco años inmediatamente anterior.

2. El artículo 2.10.b) del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación ejerce, entre otros, la competencia en materia de recursos marinos.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Publicar el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la Reserva Marina de las Islas Malgrats por un periodo de dos años, que estará formado por las embarcaciones que figuran al anexo de esta Resolución.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 26 de agosto de 2021

El director general de Pesca y Medio Marino Juan Mercant Terrasa

 

ANEXO Censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la Reserva Marina de las Islas Malgrats

 

EMBARCACIÓ

MATRÍCULA

FOLI

PORT BASE

1

REME TONI TERCERO

3ª PM -1

1836

ANDRATX

2

MORON II

3ª PM -1

1871

ANDRATX

3

GERMANS TORRES

3ª PM -1

3-05

ANDRATX

4

SITO PRIMERO

3ª PM -1

1-96

ANDRATX

5

SCRAT

3ª PM -1

4-17

ANDRATX

6

MACARENA

3ª MH-2

174

PALMA

7

TERESA SEGUNDO

3ª PM-1

1-03

PALMA

8

ES VERGES

3ª PM-1

1841

PALMA

9

HERMANOS VERA

3ª PM-1

2013

PALMA

10

ELS GORRETES*

3ª PM-1

1975

PALMA

*Autorización condicionada al cambio de modalidad (artes menores)