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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 394535
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 30 de agosto de 2021, relativo a la aprobación de la convocatoria de ayudas al tejido empresarial 2021 (Exp. 3303-2021-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 582166

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b i 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/582166):

Primero. Beneficiarios

Para la línea 1: Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que tengan el domicilio fiscal y un establecimiento operativo en Menorca, que sean fabricantes, productores o artesanos, que respondan a la definición de persona empresaria autónoma, micro, pequeña o mediana empresa (PYME) y que estén dados de alta del impuesto de actividades económicas en las divisiones 2, 3 o 4 de la sección primera o la agrupación 86 de la sección segunda del Real decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el cual se aprueban las tarifas y la instrucción del impuesto sobre actividades económicas.

Para la línea 2: Las asociaciones empresariales que tengan como ámbito de actuación la isla de Menorca (toda y exclusivamente)

Segundo. Objeto

El objeto de estas ayudas de minimis es apoyar al tejido empresarial, asociativo y artesanal de Menorca para la asistencia a ferias y para la promoción de sus productos; apoyar a las microempresas, pequeñas o medianas empresas para la transformación del modelo de negocio a través de la digitalización de los activos y un mayor uso de la tecnología, y apoyar a la formación y al emprendimiento y a la reconversión industrial.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo de día 30.08.2021.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 1.100.000 € (un millón cien mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes y de justificación finalizará día 4 de octubre de 2021.

Sexto. Otros datos.

El crédito presupuestario máximo por líneas es:

- Línea 1: 1.080.000 €

- Línea 2: 20.000 €.

En relación con las actividades subvencionables de la línea 1, se subvencionarán con un máximo de 30.000 € o 20.000 € (según el reglamento que le sea de aplicación).

En relación con las actividades subvencionables de la línea 2, se subvencionarán con un máximo de 2.000 €.

Maó, documento firmado electrónicamente (3 de septiembre de 2021)

La secretaria Rosa Salord Oleo