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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PETRA

Núm. 394190
Aprobación definitiva Ordenanza fiscal reguladora de la circulación municipal

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Texto

No se ha presentado ningún tipo de alegación, durante el periodo de exposición al público con respecto al acuerdo plenario de modificación de la ordenanza reguladora de la circulación municipal (BOIB nº84 de 26 de junio de 2021, fascículo 133, sección V, página 26 468, edicto núm.260559).

Es por lo anterior que se da por definitivamente aprobada la referida modificación, publicándose íntegramente el texto de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril (LBRL) y 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLRHL), a continuación:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA CIRCULACIÓN MUNICIPAL

De acuerdo con el R.D. Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, y el Real Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación y el artículo 85.3 del LPACAP, se acuerda:

Artículo primero.- Sanciones

Las sanciones, el sistema de pago, recursos y mermas en la cuantía, serán las que se indican en el Reglamento General de Circulación y en la Ley de Seguridad Vial.

Artículo segundo.- Velocidad máxima

Se establece la limitación de velocidad en todo el caso urbano a 30 Km / h.

Disposición final.- La presente Ordenanza entrará en vigor conforme indica la legislación vigente.

 

Petra, 10 de agosto de 2021

El alcalde Salvador Femenias Riera