Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO
Núm. 393921
Extracto de la convocatoria de subvenciones Gaudeix l’illa Sènior
BDNS (Identif.): 582142
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web de la Fundació Mallorca Turisme www.fundaciomallorcaturisme.net:
Primero. Objeto de la convocatoria
El objeto de esta convocatoria es el fomento del sector turístico de Mallorca, mediante la concesión de ayudas a entidades que gestionan plazas de establecimientos de alojamiento turístico hotelero para que puedan alargar la temporada turística y mantener los establecimientos abiertos.
La finalidad de la convocatoria es la reactivación económica y social de Mallorca durante la crisis ocasionada por la Covid-19.
Segundo. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes, o cualquier tipo de unidad económica que, a pesar de no tener personalidad jurídica, gestionan alojamientos turísticos hoteleros. Requisitos:
- Estar de alta de actividades económicas y estar de alta en la Seguridad Social. Se acredita con la presentación del certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT (Agencia Estatal de la Administración Tributaria) del año en curso.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Seguridad Social, con el Consejo Insular de Mallorca y entes dependientes, y con la Fundació Mallorca Turisme.
- No haber sido sancionado para incumplir la normativa en materia de contención de la Covid-19.
- No haber despedido a ningún trabajador ni trabajadora afectados por los expedientes de regulación temporal del empleo (en ERTE).
- Tener como objeto social o actividad principal dedicarse a la gestión de plazas turísticas como propietario del establecimiento o como empresa encargada de la gestión de un establecimiento turístico.
- Pueden tener domicilio fiscal fuera de Mallorca, pero el establecimiento turístico que ofrece tiene que estar abierto en Mallorca.
- Tienen que disponer de seguro de responsabilidad civil por daños que puedan sufrir los alojados en el establecimiento.
- Tener los establecimientos e instalaciones abiertos hasta el 15 de noviembre de 2021.
- Aceptar la estancia en el establecimiento a una tarifa de 250 € por habitación, IVA incluido, con 2 noches/3 días, con entrada el martes por la mañana y salida el jueves por la tarde, con media pensión, para los dos ocupantes. Esta cuantía es subvencionada por la Fundació Mallorca Turisme al establecimiento. Los ganadores de los bonos tienen que satisfacer el Impuesto sobre Estancias Turísticas de las Islas Baleares, y el consumo fuera de la media pensión.
- Los días para disfrutar el bono son entre semana. Las actividades de las personas mayores en el establecimiento se desarrollan el martes, miércoles y jueves, a partir del 19 de octubre hasta el 15 de noviembre de 2021, por lo tanto se tiene que dormir en el hotel el martes y el miércoles. El hotel tiene que ofrecer 56 habitaciones las tres primeras semanas y 57 habitaciones la cuarta semana.
Tercero. Requisitos de los establecimientos turísticos
- Establecimiento turístico abierto a Mallorca.
- Tener las instalaciones del establecimiento abiertas, si la normativa sanitaria en materia de protección de la Covid-19 lo permite.
- La habitación que se tiene que ofrecer con el bono es la estándar (no hay problema si por falta de habitaciones estándar se ofrece una habitación de categoría superior).
- El establecimiento tiene que estar abierto hasta el 15 de noviembre de 2021, incluido.
- El establecimiento tiene que disponer de piscina y área de actividades o espacio equivalente.
- Las habitaciones del establecimiento que se ofrecen a los ganadores de los bonos tienen que ser para dos personas. Si el ganador del bono quiere una habitación mayor para ir con más personas el coste será a cargo del titular del bono.
- No pueden tener convenio firmado con una administración para acoger posibles contagios de Covid-19.
- El establecimiento tiene que disponer de 57 habitaciones o más.
- Con una categoría de hotel igual o superior a 3 estrellas (a efectos de esta convocatoria se entiende que también 3 claves o superior por apartamentos turísticos).
- La estancia en la habitación objeto de esta subvención incluye la media pensión (merienda y cena, no se incluyen bebidas, ni extras)
- Establecimiento turístico inscrito en la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, con licencia de actividades vigente.
Cuarto. Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, con modificación BOIB núm. 96, de 4 de agosto).
Quinto. Cuantía de la convocatoria
El presupuesto de gastos de la Fundació Mallorca Turisme para el año 2021 destina a esta convocatoria la cantidad de 450.000 €.
De esta cuantía corresponde al Gobierno de las Islas Baleares la cuantía de 225.000 € (50%) y al Consejo Insular de Mallorca la cuantía de 225.000 € (50%).
La cuantía exacta de la subvención que corresponde al beneficiario se tiene que determinar en la resolución de concesión, una vez recibidas las solicitudes de los beneficiarios de la subvención y el sorteo de las estancias. Si no hay cambios, renuncias o falta de solicitudes le corresponden cincuenta y seis mil doscientos cincuenta euros (56.250 €).
Sexto. Líneas de la subvención e importe subvencionable
Se ha distribuido el importe de la subvención por zonas para distribuir el impacto económico. El establecimiento pertenece a una línea en función de la localización del establecimiento en las comarcas antes mencionadas. En la solicitud se tiene que indicar la línea.
Importe subvencionable: el crédito de la convocatoria se distribuye en 1.800 bonos, que son 450 bonos por cada línea (112.500 €). Cada bono equivale a 250 € (IVA incluido). Máximo dos establecimientos por línea (225 bonos por establecimiento, que equivale a 56.250 € por establecimiento). Si en una línea no hay interesados o sólo hay un interesado, los bonos que queden serán para solicitantes de otras líneas empezando primero por la línea que tiene más solicitudes. Si hay un mismo número de solicitudes tiene que ser preferente lo que ha entrado antes en el registro con la documentación completa.
Séptimo. Concurrencia
El procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva según los criterios de valoración previstos en el punto 10 de la convocatoria. Para desempatar tiene preferencia la solicitud presentada antes en el registro electrónico de la Fundació Mallorca Turisme, una vez completo el expediente.
Octavo. Plazo para la presentación de solicitudes
El plazo para presentar la solicitud, documentación y anexos es de 15 días hábiles, a partir del lunes 6 de septiembre, a las 9.00 h, hasta el 24 de septiembre, a las 23.55 h, incluido.
Noveno. Lugar de presentación
Las personas interesadas tienen que formalizar la solicitud a través del Registro electrónico de la Fundació Mallorca Turisme:
https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/info.0
Este trámite sólo se puede hacer en línea, se tiene que cumplimentar la solicitud del catálogo de trámites «Convocatoria Gaudeix l'illa Sènior». Es obligatorio hacerla en línea utilizando el trámite creado para ello. No es válida ninguna otra forma de presentarla.
La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante.
Se tiene que presentar la solicitud con la documentación administrativa y técnica que se especifica en el texto completo de la convocatoria.
Décimo. Justificación
Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con el punto 15.2 de la convocatoria. En todo caso, el plazo acaba el 15 de diciembre de 2021.
Undécimo. Otros datos
Las personas que tienen que disfrutar de la estancia son escogidas mediante sorteo ante notario entre personas mayores de 65 años, o personas jubiladas y residentes en Mallorca.
Duodécimo. Consultas relacionadas con la convocatoria
Las personas interesadas con dudas relacionadas con la convocatoria pueden obtener información en la web de la Fundació Mallorca Turisme www.fundaciomallorcaturisme.net y mediante consultas al correo electrónico gaudeix@fundaciomallorcaturisme.com
Palma, 2 de septiembre de 2021
El director de la Fundació Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordá