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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA

Núm. 387884
Extracto de la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 23 de agosto de 2021 por la que se aprueba la ampliación del crédito presupuestario consignado en Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 5 de octubre de 2018 por la que se convocan las ayudas del año 2018 para la conservación y la rehabilitación de edificios de viviendas o de viviendas, o para su mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de esta convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de esta convocatoria el propietario único o los copropietarios conjuntamente de edificios de viviendas o viviendas; las comunidades de propietarios de edificios de viviendas o las agrupaciones de comunidades de propietarios; los propietarios que, de forma agrupada, no hayan otorgado el título constitutivo en régimen de propiedad horizontal; las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios de viviendas y las cooperativas.

Segundo

Finalidad

Estas ayudas tienen por objeto o finalidad financiar la ejecución de obras para conservar y rehabilitar edificios de viviendas o viviendas, o mejorar su seguridad de utilización y la accesibilidad, en los siguientes tipos de inmuebles:

a) Las viviendas unifamiliares aisladas, entre medianeras o agrupadas en hilera, ya sean urbanas o rurales.

b) Los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, en los que se intervenga tanto en los elementos comunes como en el interior de las viviendas.

c) Las viviendas individuales ubicadas en edificios de viviendas de tipología residencial colectiva.

 

Tercero

Bases reguladores

El día 29 de junio de 2017 se publicó, en el BOIB n.º 79, la Orden del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 22 de junio de 2017, por la que se establecen las bases reguladores para la concesión de subvenciones estatales o autonómicas en materia de vivienda, que gestione o establezca la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estas bases prevén que las convocatorias que se dicten a su amparo se aprobarán con una resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de vivienda y se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Cuarto

Importe

El importe del crédito estatal de la convocatoria será de 2.403.666,43 € para el año 2021.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será el establecido en el punto decimosexto de la convocatoria.

 

Esta ampliación de crédito presupuestario no implicará la ampliación del plazo de presentación de solicitudes.

 

Palma, 23 de agosto de 2021

El consejero de Movilidad y Vivienda ​​​​​​​Josep Marí i Ribas