Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO
Núm. 383776
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se modifica la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 16 de diciembre de 2020 por la que se aprueba mediante el procedimiento anticipado de gasto la convocatoria extraordinaria de ayudas por la compra y/o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por el COVID-19
Antecedentes
1. En fecha 17 de diciembre se publicó en el BOIB n.º 210 la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 16 de diciembre de 2020 por la que se aprobó mediante el procedimiento anticipado de gasto la convocatoria extraordinaria de ayudas por la compra y/o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por la COVID-19.
2. El 19 de diciembre de 2020 se publicó la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se modifica la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 16 de diciembre de 2020 por la que se aprueba mediante el procedimiento anticipado de gasto la convocatoria extraordinaria de ayudas por la compra y/o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por la COVID-19.
3. Esta convocatoria acabó el pasado 31 de julio, tal como indicaba esta (Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 16 de diciembre de 2020 por la que se aprueba mediante el procedimiento anticipado de gasto la convocatoria extraordinaria de ayudas por la compra y/o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por la COVID-19, BOIB n.º 210, de 17 de diciembre de 2020, punto 5.- epígrafe 4.). Actualmente, se ha observado que los cálculos que se hicieron sobre el importe medio de los purificadores y previsión de número de beneficiarios ha sido claramente excesivo.
4. Esto ha supuesto un sobrante presupuestario importante, alrededor de varios millones de euros. Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 2 de agosto de 2021 se ha acordado que parte del importe remanente del total de 5.000.000 euros, destinados a la financiación de la «Convocatoria de subvenciones a la inversión en sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por la COVID-19, y mantener la actividad en los restaurantes y bares de las Islas Baleares» se quieren destinar a ciertas políticas de reactivación económicas, para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, en el ámbito competencial de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo; en concreto se quiere financiar parcialmente la licitación de la AETIB relativa a la póliza de seguro de asistencia a viajes para la prolongación de estancias para el COVID-19, para los turistas nacionales e internacionales no residentes que se desplazan a las Islas Baleares durante el año 2021 y, cubrir presupuestariamente ciertos errores en la asignación de gastos con financiación afectada relativos a la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras y la extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomos afectados directamente por la COVID-19 (BOIB núm. 122, de 11 de julio de 2020) , dado que se han imputado ciertos gastos en la partida presupuestaria de los fondos provenientes de los Consejos Insulares y ayuntamientos (128 imputarse a la partida de los fondos provenientes de la CAIB (12801 / G / 413G01 / 47000/00 FF21021) y viceversa.
Esta acción tiene por objeto garantizar y proteger nuestras empresas, en especial los autónomos, las micropymes, las pymes e indirectamente los trabajadores y trabajadoras, aportando recursos económicos a estos para poder hacer frente a la difícil situación económica que se lleva arrastrando desde principios de 2020.
5. El mencionado Acuerdo de Consejo de Gobierno decidió modificar parcialmente el destino previsto en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2020, por el que se decide que un importe de 5.000.000 euros correspondientes al proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, se destinen a la financiación de la convocatoria de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de subvenciones a la inversión en sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por la COVID-19, y mantener la actividad en los restaurantes y bares de las Islas Baleares. Concretamente el destino de 1.069.234 euros de los fondos previstos en el citado Acuerdo se destinará a las siguientes medidas:
- Un importe de 749.234,00 euros para financiar parcialmente la licitación de la AETIB relativa a la póliza de seguro de asistencia a viajes por la prolongación de estancias por la COVID-19, para los turistas nacionales e internacionales no residentes que se desplazan a las Islas
- Un importe de 320.000,00 euros para resolver ciertos errores en la asignación de gastos con financiación afectada relativos a la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se han aprobado bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomos afectados directamente por la COVID-19
6. Para atender las medidas previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 2 de agosto de 2021 hay que modificar el apartado 3.1 de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 16 de diciembre de 2020 por la que se aprueba mediante el procedimiento anticipado de gasto la convocatoria extraordinaria de ayudas para la compra y/o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por la COVID-19, para hacer una disminución de 1.069.234 euros en su importe.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB número 196, de 31 de diciembre).
2. La Orden del consejero de Turismo de día 20 de junio de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de turismo (BOIB num.96, de 25 de junio de 2005)
Por todo lo expuesto, dicto la siguiente:
Resolución
Primero. Modificar el apartado 3.1 primer párrafo de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 16 de diciembre de 2020 por la que se aprueba mediante el procedimiento anticipado de gasto la convocatoria extraordinaria de ayudas para la compra y / o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por COVID-19 en los siguientes términos:
«1 El crédito inicialmente asignado a esta convocatoria es de cinco millones de euros (5.000.000 €), con cargo a la partida presupuestaria 12801 / G / 413G01 / 77000/00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares 2021.
Se hace un ajuste a la baja de este importe por 1.069.234 euros ".
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril), y el artículo 124 de la Ley 39/2105, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).
Palma, en fecha de la firma electrónica (26 de agosto de 2021)
El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Iago Negueruela Vazquez