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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 381911
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de rectificación de error aritmético de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se constituyó la bolsa ordinaria de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, correspondientes a las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 25 de abril de 2019

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Texto

Antecedentes

1. En el BOIB núm. 108, de 14 de agosto, se publicó Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se constituyó la bolsa ordinaria de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 25 de abril de 2019

2. Se ha advertido un error aritmético en la composición de las bolsas correspondientes a las islas de Eivissa y Formentera en relación a la puntuación otorgada al aspirante proveniente del turno de la isla de Menorca, al no haberse aplicado a su puntuación la ponderación sobre las puntuaciones del primer ejercicio que se han aplicado a los aspirantes provenientes del turno de la isla de Mallorca. Este error afecta al orden de prelación de la bolsa, por lo que se debe corregir.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

3. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

5. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

6. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB extraordinario núm. 20 de 14 de febrero).

7. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB extraordinario núm. 20, de 14 de febrero).

8. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB extraordinario núm. 21, de 15 de febrero).

9. El artículo 5.2 del anexo del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.

10. La base 15 de la Resolución de 5 de marzo de 2019, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluida la oferta de empleo público aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno el 14 de diciembre de 2018

11. La base 18 de la Resolución de 25 de abril de 2019 por la que se aprobaron la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario, y el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso por el turno libre y por el turno de promoción interna vertical y por el turno de promoción interna cruzada, incluida la reserva para personas con discapacidad, en el cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

12. Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de 6 de agosto de 2021, por la que se constituye la bolsa ordinaria de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, correspondientes a las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 25 de abril de 2019 (BOIB núm. 108, de 14 de agosto)

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error aritmético advertido y volver a publicar, en los términos que se establecen en el anexo de esta Resolución, la composición de las bolsas ordinarias de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, integrada por los aspirantes que han participado en las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo mencionado y que han aprobado como mínimo uno de los ejercicios obligatorios del proceso selectivo y no han obtenido plaza, correspondientes a las islas de Eivissa y Formentera.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), y también en la web del Gobierno de las Illes Balears <http: //oposicions.caib. se>.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de super publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 25 de agosto de 2021

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez

 

ANEXO Bolsa ordinaria del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

EIVISSA. TURNO LIBRE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI

Apellidos, nombre

Exámenes aprobados

Puntuac.

Orden

Disc.

***6200*

CARRASCO MAYANS, SERGIO

1

5,818

1

N

***1893*

BONNIN GARAU, MARIA DEL PILAR

2

29,243

2

N

***1209*

ANDREU CAPO, DAVID

1

15,683

3

N

***3708*

MAYOR RAMIS, JAUME

1

15,075

4

N

***5047*

LLABRES SABATER, CARLOS

1

14,925

5

N

***6217*

MORELL BENNASSER, DAMIAN

1

14,545

6

N

***0173*

PRATS MORRO, MARC

1

14,395

7

N

***7652*

PUJOL MORRO, MARIA DELS ÀNGELS

1

13,333

8

N

 

 

 

 

 

 

FORMENTERA. TURNO LIBRE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI

Apellidos, nombre

Exámenes aprobados

Puntuac.

Orden

Disc.

***1209*

ANDREU CAPO, DAVID

1

15,683

1

N

***3708*

MAYOR RAMIS, JAUME

1

15,075

2

N

***6217*

MORELL BENNASSER, DAMIAN

1

14,545

3

N

***0173*

PRATS MORRO, MARC

1

14,395

4

N

***7652*

PUJOL MORRO, MARIA DELS ÀNGELS

1

13,333

5

N