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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 381840
Extracto de las bases de la convocatòria de subvenciones a asociaciones de comerciantes y empresarios del municipio de Felanitx

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Art. 1.- Objeto

El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de subvenciones, dentro de los límites presupuestarios previstos, a favor de aquellas entidades que lleven a cabo actividades relacionadas con la promoción y la dinamización del comercio y de los distintos sectores de actividad al término municipal de Felanitx.

Estas ayudas económicas están destinados a fomentar y sufragar la realización de actividades de interés público y social que tengan por objeto dinamizar el comercio urbano de proximidad en Felanitx y los distintos sectores de actividad, realizadas entre el 16 de octubre de 2020 y el 15 de octubre de 2021.

2.- Finalidad de las subvenciones

De acuerdo con las previsiones del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente año, estas subvenciones deberán fomentar proyectos / actividades de interés público o social que tengan por finalidad:

Promoción y la dinamización del comercio y de los distintos sectores de actividad en el término municipal de Felanitx.

3.- Período de ejecución

Las subvenciones concedidas al amparo de estas bases deberán destinarse a financiar proyectos o actividades desarrolladas durante el período de 1 de septiembre del ejercicio anterior a la convocatoria el 31 de agosto del año de la convocatoria.

4.- Requisitos de los beneficiarios / as y forma de acreditarlos

1. Podrán ser beneficiarios / as de estas subvenciones las personas jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y que cumplan alguno de los requisitos que a continuación se detallan:

- Entidades privadas sin ánimo de lucro inscritas en el registro de entidades del Ayuntamiento de Felanitx.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que no se encuentren al corriente de sus obligaciones de justificación de subvenciones de ejercicios anteriores con el Ayuntamiento de Felanitx.

La concurrencia de esta circunstancia se comprobará directamente por el Ayuntamiento de Felanitx en la fase de instrucción del procedimiento de concesión.

5.- Documentación a aportar

Para poder participar en la convocatoria abierta se deberá presentar la siguiente documentación, según modelos normalizados anexos:

- ANEXO 1: instancia haciendo constar la demanda de acogerse a la convocatoria abierta y declaración responsable en la que se ponga de manifiesto:

1) Concurrencia de los requisitos para poder obtener la condición de beneficiario / a de acuerdo con el artículo 13 Ley 38/2003 General de Subvenciones.

2) Compromiso del cumplimiento de las condiciones impuestas para el otorgamiento de la subvención.

3) Cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social. De acuerdo con lo establecido por el artículo 28 de la Ley 39/2015, los documentos acreditativos del cumplimiento de estas obligaciones serán consultados u obtenidos directamente por el Ayuntamiento de Felanitx en cualquier momento del procedimiento, siempre y cuando entidad no se oponga expresamente o aporte directamente el documento en el momento de presentar la solicitud.

4) Subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar las que se obtengan en el futuro.

5) Inscripción en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Felanitx y acreditación de su vigencia y representación

De acuerdo con los términos previstos en la normativa de régimen jurídico de las administraciones públicas, los interesados ​​no deberán aportar aquellos documentos que ya se encuentren en poder de este Ayuntamiento. En este sentido, para las entidades inscritas en el Registro de Entidades Municipal los documentos identificativos de representación de la entidad se sustituyen por una declaración jurada de vigencia de la documentación que consta en el referido registro, de lo contrario, con la solicitud de subvención se acompañará la siguiente documentación:

1) Fotocopia del DNI del / de la representante legal

2) Fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la entidad peticionaria.

3) Escritura de constitución y Estatutos.

4) Poderes de representación y / o certificado expedido por el / la Secretario / a de la entidad que acredite la representación legal del / de la solicitante.

- ANEXO 2: Memoria descriptiva del proyecto / actividad por lo que se solicita la subvención.

- ANEXO 3: Presupuesto de ingresos y gastos previsto por el proyecto / actividad por lo que se solicita la subvención.

- Otra documentación específica exigida en la convocatoria

Cada entidad sólo podrá presentar una instancia de solicitud para participar en la convocatoria abierta de subvenciones, y por tanto, cuando una entidad solicite la concesión de la subvención para desarrollar más de una actividad de interés público o social, al mismo tiempo de presentar los modelos normalizados, deberá tener presente lo siguiente:

- En el ANEXO 2 se deben identificar y describir por separado cada una de las actividades para las que se solicita subvención, así como los objetivos o resultados que se pretenden conseguir con cada una de ellas.

- En cuanto al presupuesto de ingresos y gastos del ANEXO 3 deberá presentar uno diferenciado por cada una de las actividades, es decir, se deberá presentar tantos modelos normalizados de presupuestos como actividades para las que se solicita subvención, identificando cada una con claridad incorporando su denominación en el campo "Nombre de la actividad".

Del presupuesto total de las actividades para las que se solicita subvención, es decir, de la suma de los presupuestos individuales de ingresos y gastos de cada una de las actividades, se deberá informar en el ANEXO 2 al apartado 5. Resumen del presupuesto de las actividades, previsto a tal efecto.

- En la instancia de solicitud del ANEXO 1 en el campo de "Importe solicitado" se hará constar el importe total de subvención solicitado, es decir, la suma del importe de subvención solicitado para cada una de las actividades por parte de la entidad.

Anexo 5, declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios.

6.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes

Las entidades solicitantes podrán presentar las peticiones en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan, pero no presupone la concesión automática de la subvención, que se resolverá una vez estudiada la propuesta de actividad y valorada en función de los criterios generales de estas normas.

7.- Rectificación de defectos u omisiones en la documentación

En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá a la entidad solicitante, para que, en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación, proceda a su rectificación o a las enmiendas necesarias, con la indicación de que si no lo hace así se entenderá desistido de su solicitud.

 

Felanitx, 13 de julio de 2021

El alcalde Jaume Montserrat Vaquer