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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO

Núm. 379510
Decreto de la presidenta del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial por el que se encarga la gestión del expediente de contratación del servicio de inserción publicitaria del Consorci Serra de Tramuntana al Consell de Mallorca

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Texto

La presidenta del Consorci Serra de Tramuntana, en fecha 23 de agosto de 2021, dictó el siguiente decreto:

“ Antecedentes

1. En fecha 20 de junio de 2017, el presidente del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial decreto encomendar la gestión de la contratación del servicio de inserción publicitaria del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial al Consell de Mallorca (BOIB núm. 94, de 1 de agosto de 2017). De esta encomienda de gestión, el Consorci Serra de Tramuntana formalitzó en fecha 4 de mayo de 2018, el contrato de servicio de inserción publicitaria del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial (Exp. GP 1/2017-lote 3) con una duración de dos años y uno más de prórroga.

2. Vista la próxima finalización del contrato a principios del año 2022, y debido a que el Consell de Mallorca está tramitando un nuevo expediente de contratación del servicio relativo a la inserción publicitaria en los medios de comunicación por el Consell de Mallorca, que consiste en la gestión de anuncios publicitarios en cualquier soporte o formato: prensa y otras publicaciones, cuñas de radio, espots de televisión y cine, medios de comunicación digitales y redes sociales.

3. En fecha 20 de agosto de 2021, el jefe de servicio jurídico del Servicio de Gestión de Parajes Culturales, emitió un informe jurídico en el que manifestaba que es más beneficiosos y eficiente para ambas instituciones contratar el servicio de manera conjunta y, por tanto, se considera aconsejable adherirse al contrato que se tramitarà por el Consell de Mallorca.

Consideraciones jurídicas

El Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial es un organismo creado por el Govern de les Illes Balears y por el Consell de Mallorca, que está adscrito a la institución insular.

El Pleno del Consell de Mallorca, por acuerdo de fecha 9 de septiembre de 2010, aprobó los Estatutos del Consorci Serra de Tramuntana (BOIB núm. 58 de 19 de abril de 2011).

El artículo 4 de los Estatutos dispone que el Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial tiene como finalidad primordial las propias que se deriven del régimen de declaración de la Serra de Tramuntana como Patrimoni Mundial.

El apartado u) del artículo 9 de los Estatutos dispone que el presidente es competente para ejercer las funciones que no estén atribuidas expresamente a ningún otro órgano del Consorci.

El artículo 11 (Encomienda de gestión) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, previsto que se puede encargar la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público a otros órganos o entidades de la misma administración o de otra diferente, por razones de eficacia.

El párrafo 3 del artículo 11 mencionado dispone que la encomienda de gestión entre órganos administrativos o entidades de derecho público que pertenecen a la misma administración se ha formalizado en los términos que establece su normativa propia y, en su defecto, por acuerdo expreso de los órganos o las entidades intervinientes. En todo caso, el instrumento de formalización de la encomienda de gestión y de la resolución se tienen que publicar, para que tengan eficacia, en el diario oficial correspondiente.

Por todo ello, decreto:

DECRETO

1. Encomendar la gestión de la contratación del servicio de inserción publicitaria del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial al Consell de Mallorca.

El Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial adjudicará el contrato y lo formalizará, de conformidad con la propuesta de la Mesa de Contratación del expediente de referencia del Consell de Mallorca.

2. Notificar esta resolución a la Dirección Insular de Comunicación del Departamento de Presidencia i a la lntervención General del Consell de Mallorca.

3. Publicar esta resolución en el Butlletí Oficial de les llles Balears, al efecto del artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.”

 

Palma, 24 de agosto de 2021

El jefe de servicio jurídico del Servicio de Gestión de Parajes Culturales (por ausencia de la secretaria delegada, BOIB núm. 131, de 25 de julio de 2020) Pere Josep Rosiñol Andreu