Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 375694
Concesión de una subvención nominativa al Grupo de Acción Local para el Desarrollo Rural y Pesquero de Ibiza y Formentera
De la concesión de una subvención nominativa al Grupo de Acción Local para el Desarrollo Rural y Pesquero de Ibiza y Formentera.
Aprobada por la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, en sesión de carácter ordinario de día 11 de agosto de 2021, celebrada de forma presencial, de la cual se transcribe el siguiente acuerdo.
(...)
PROPUESTA DE ACUERDO
1. Aceptar la justificación de la subvención 2020 mediante la presentación de los estados contables debidamente auditados presentados al Consejo Insular con fecha 12 de julio de 2021 con RGE. n.º 19.405, donde aportan documentación para hacer efectiva la aportación que tiene asignada el Consejo Insular de Formentera en los presupuestos por el ejercicio 2021 al Grupo de Acción Local para el Desarrollo Rural y Pesquero de Ibiza y Formentera.
2. Conceder una subvención nominativa al Grupo de Acción Local para el Desarrollo Rural y Pesquero de Ibiza y Formentera, por un importe de 19.000 €. Esta subvención nominal está incluida en el Plan Estratégico de subvenciones para el año 2020-2021 aprobado por Pleno en fecha de 22 de diciembre de 2020 (BOIB n.º 4, de 9 de enero de 2021), incluido en el Presupuesto General del Consejo Insular para el año presente 2021 (BOIB n.º 9, de 21 de enero de 2021). l, con cargo de la partida presupuestaria 2021.1.410.48000 al Capítulo IV de los presupuestos del 2021 del Consejo Insular de Formentera.
3. La gestión de la subvención se llevará a cabo según las siguientes condiciones:
• NORMATIVA APLICABLE: Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de subvenciones. Y bases de ejecución del Presupuesto.
• FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN: Desarrollo Rural.
• PLAZO DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA: Desde el 1 de enero hasta 31 de diciembre de 2021.
• PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: Antes de 30 de septiembre de 2022.
• FORMA DE JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN: Mediante presentación de estados contables auditados.
• IMPORTE DE GASTOS A JUSTIFICAR: La cuantía a justificar tendrá que ser como mínimo el importe de la cantidad concedida.
• MOTIVOS DE LA PÉRDIDA DE LA SUBVENCIÓN: La falta de justificación de la actividad o el objeto de la subvención supondrá la pérdida de la subvención.
• OBLIGACIÓN DE COMUNICAR la concesión otras ayudas o subvenciones públicas.
• PAGO: Anticipado.
• RÉGIMEN DE GARANTÍAS: Se exime de la presentación de garantías (arte.17.3.k) Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de subvenciones.
4. Autorizar y disponer el gasto con cargo al Capítulo IV de los presupuestos del Consejo Insular de Formentera, a favor del beneficiario Grupo de Acción Local para el Desarrollo Rural y Pesquero de Ibiza y Formentera con CIF G57135816 por el importe concedido.
5. Reconocer la obligación, ordenar el pago y pagar el importe íntegramente de la subvención y registrar la operación como pendiente de justificar hasta que el beneficiario no proceda a la justificación de la misma de acuerdo con las normas de la concesión.
6. Notificar la propuesta de acuerdo al Grupo de Acción Local para el Desarrollo Rural y Pesquero de Ibiza y Formentera con CIF G57135816.
7. Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios y en la web del Consejo Insular de Formentera.
8. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos.
La Comisión de Gobierno, en ejercicio de sus competencias, en base a aquello propuesto (que conforme a los artículos 35 y 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas supone la motivación de este acto), adopta, por unanimidad, el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Aprobar la propuesta transcrita que se da aquí por reproducida.
(...)
Lo cual se hace público para general conocimiento.
Formentera, 19 de agosto de 2021
La presidenta Alejandra Ferrer Kirschbaum