Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO
Núm. 374120
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de las Illes Balears, y la publicación del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Globalia Servicios Corporativos S.L.U., de 29 de diciembre de 2020 (código de convenio 07100232012014)
Antecedentes
1. El 29 de diciembre de 2020 los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Globalia Servicios Corporativos SLU se reunieron para acordar ampliar la duración del periodo de vigencia prorrogada de su III convenio colectivo hasta el 30 de junio de 2021.
2. El 11 de febrero de 2021, el Sr. Antonio de la Fuente Fernández, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Globalia Servicios Corporativos SLU de 29 de diciembre de 2020 en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de las Illes Balears.
2. Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión catalana es su traducción.
4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
Palma, 27 de julio de 2021
La directora general de Trabajo y Salud Laboral Virginia Abraham Orte Por delegación del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo (BOIB 97/2019)
ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL IV CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA GLOBALIA SERVICIOS CORPORATIVOS, S.L.
En Palma de Mallorca, siendo las 11:00 hrs. del día 29 de diciembre de 2020, reunidos por medios telemáticos y, en concreto, por video conferencia mantenida, previa convocatoria realizada; de un lado, en representación de la empresa David Guzmán y Mari Luz Moreno; y de otro lado, en representación de la parte social, por la organización sindical SPV, María Malo, María Jesus de la Fuente, María Antonia Barceló y Fermín Martínez; y por la organización sindical UGT D. Patricio Assef.
Dándose inicio a la reunión, la parte social expone a la empresa que, a la vista de la persistencia en estos momentos del difícil y crítico escenario en el que nos encontramos, derivado de la grave crisis de emergencia sanitaria como consecuencia del COVID-19, que ha sobrevenido y se ha prolongado de forma sostenida durante prácticamente todo el año 2020, motivando la actual situación excepcional y extraordinaria en la que nos encontramos, a nivel mundial, se entiende como razonable y, por ello, así se solicita a la parte empresarial, la ampliación durante unos meses adicionales, del período de ultraactividad acordado previamente por ambas partes en fecha 21/01/2019, y que hasta el momento, permite la extensión de la vigencia prorrogada del convenio hasta el día 31/12/2020. Todo ello, a fin y efecto de tratar de facilitar al máximo, y en la medida de lo posible, las actuaciones negociadoras del IV convenio colectivo, que están en curso.
La parte empresarial, coincidiendo con la valoración anteriormente expuesta por la representación social, accede a alcanzar un acuerdo conjunto, por el que ambas partes decidan extender la vigencia prorrogada del actual convenio colectivo durante el plazo máximo de seis meses, y en concreto, hasta el próximo día 30/06/2021, inclusive.
Por tanto, considerando ambas partes como suficiente y razonable el plazo antes mencionado de seis meses, ACUERDAN ampliar la duración del período de vigencia prorrogada del III convenio colectivo de la empresa Globalia Servicios Corporativos, S.L. hasta el día 30/06/2021.
A continuación, ambas partes designan a D. Antonio de la Fuente, para que notifique a la Dirección General de Trabajo la comunicación del presente acuerdo de prórroga, alcanzado.
Por último, a fin y efecto de facilitar la firma de este acta, las partes convienen que la firmen dos personas de la empresa y una persona por cada organización sindical que integra el banco social de esta comisión negociadora, debido a las actuales limitaciones de movimiento existentes, para que el acuerdo adquiera plena validez y eficacia jurídica. Todo ello, obviamente, sin perjuicio de que, con posterioridad, el documento pueda ser firmado por el resto de las personas.
Ambas partes dan por concluida la reunión a las 12:00 hrs., procediéndose a la firma de la presente acta en el lugar y fecha arriba indicados.
Por la EMPRESA: POR LA PARTE SOCIAL. Por la organización sindical SPV. Por la organización sindical UGT.