Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 372341
Extracto de la aprobación por parte del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza de día 13 de agosto de 2021 de la convocatoria de ayudas a los ayuntamientos para el fomento del comercio y artesanía local, y el emprendimiento empresarial en la isla de Ibiza en las actividades realizadas en el período comprendido entre el día 14 de marzo de 2020 y 31 de julio de 2021
Núm. de identificación de la convocatoria (BDNS). Referencia IGAE: 580165
De conformidad con lo establecido en los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para fomento del comercio local y la emprendeduría empresarial de la isla de Ibiza de las actividades realizadas entre el día 14 de marzo de 2020 y el día 31 de julio de 2021.
Primero. justificación
El Consejo Insular de Ibiza quiere apoyar a los ayuntamientos en las actuaciones realizadas entre el día 14 de marzo de 2020 y el día 31 de julio de 2021, en respuesta a las necesidades del pequeño y mediano comercio de su municipio, en acciones de fomento de las actividades y programas de promoción y dinamización comercial y del espíritu emprendedor, además de las acciones realizadas de fomento de la artesanía. De esta manera se da continuidad a las ayudas otorgadas el año 2021, de acciones realizadas en el año 2020 y principios del 2021.
Segundo. Objeto y beneficiarios
El objeto de esta convocatoria es fijar el procedimiento de concesión de las ayudas económicas a los ayuntamientos de la isla de Ibiza que hayan realizado acciones de dinamización del comercio y artesanía local y emprendimiento empresarial en la isla de Ibiza en el periodo comprendido entre el día 14 de marzo de 2020 y 31 de julio de 2021.
Podrán obtener la condición de beneficiarios de las presentes ayudas todos los ayuntamientos de la isla de Ibiza que hayan realizado las acciones subvencionables anteriormente descritas, y estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consejo Insular de Ibiza y de las otras obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social impuestas por la normativa vigente así como que no incurran en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario establecidas en el artículo 13 de LGS, y al artículo 10 del TRLS.
Tercero. dotación económica
La cantidad económica destinada a esta convocatoria es de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL EUROS (175.000,00 €) con cargo a la partida 4220.46200, en la que se subvencionará el 60% de los gastos de las actividades solicitadas objeto de la presente convocatoria.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días a partir de día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.
Eivissa, 18 de agosto de 2021
El jefe de Sección de Cultura, Educación y Patrimonio José V. Garibo Redolat