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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 370095
Convocatoria de una bolsa de trabajo de maestro/a de Educación Primaria (PQI)

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Texto

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), ha resuelto mediante el Decreto núm. 2021-1208 de data 16 de agosto, lo siguiente:

“Resolución de Alcaldía por la que se convoca un concurso para formar parte de una bolsa de trabajo, con carácter extraordinario, de una vacante de MAESTRO / A DE EDUCACIÓN PRIMARIA para cubrir con carácter laboral temporal, por obra y servicio, del Programa de Cualificación Inicial (PQI) auxiliar de restauración, del Área de los Servicios Educativos del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), de acuerdo a la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 18 de mayo de 2021 por la que se convocan ayudas económicas para desarrollar programas de cualificación inicial en corporaciones locales, mancomunidades de municipios, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro y entidades de economía social durante el curso 2021 a 2022.

Dicha bolsa será subsidiaria de la bolsa ya constituida mediante el Decreto de Alcaldía núm. 2018-1239, la cual queda vigente hasta la fecha 15 de septiembre de 2021. De forma que, primero se empleará esta y luego, en su caso, la consecuente de la convocatoria objeto de la presente.

Vista la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 18 de mayo de 2021 por la que se convocan ayudas económicas para desarrollar programas de cualificación inicial en corporaciones locales, mancomunidades de municipios, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro y entidades de economía social durante el curso 2021-2022, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 69, de 27 de mayo de 2.021.

Dada la necesidad y urgencia de constituir una bolsa de trabajo de una vacante de MAESTRO/A DE EDUCACIÓN PRIMARIA para cubrir con carácter laboral temporal por obra y servicio, el curso 2021-22 Programa de Cualificación Inicial (PQI) de auxiliar de restauración, del Área de Servicios Educativos del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears).

Visto el informe favorable del secretario accidental de fecha 11 de agosto de 2021 de las bases reguladoras de la convocatoria del procedimiento selectivo para la constitución de esta bolsa.

Dado el informe en conformidad, de fiscalización y crédito, de la interventora municipal de fecha 11 de agosto de 2021.

Por ello y de acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales

RESUELVO

Primero.- Aprobar la convocatoria, por el sistema de concurso, con carácter ordinario, de una bolsa de trabajo de una vacante de MAESTRO / DE EDUCACIÓN PRIMARIA para cubrir con carácter laboral temporal por obra y servicio, para los cursos del Programa de Cualificación inicial (PQI) de auxiliar de restauración, del Área de Servicios Educativos del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears).

Segundo.- Aprobar las bases que regirán esta convocatoria y que se adjuntan como anexo I de esta resolución, de acuerdo con el baremo de méritos que se especifica en el anexo II.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde / sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso - administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso - administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.

 

Son Servera, en el día de la firma electrónica (17 de agosto de 2021)

La alcaldesa Natalia Troya Isern

 

ANEXO I ​​​​​​​BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales

1.1 Se convoca un concurso, de una bolsa de trabajo de una vacante de MAESTRO DE EDUCACIÓN PRIMARIA para cubrir con carácter laboral temporal por obra y servicio, con un mínimo de 17'5 horas y un máximo de 37,5 horas de trabajo efectivo, para el curso 2021-2022 del Programa de Cualificación Inicial (PQI) de auxiliar de restauración, del Área de Servicios Educativos del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears).

1.2 El procedimiento de selección de los aspirantes se efectuará mediante convocatoria pública, que consistirá en la valoración de los méritos que se detallan en el anexo II de esta convocatoria.

1.3 El orden de prelación de la bolsa de trabajo quedará determinado por la calificación obtenida en el proceso selectivo. En caso de que se produzcan empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente los siguientes criterios:

 - Mayor puntuación obtenida en cuanto a cursos de formación.

 -  Mayores de 18 años en busca de la primera ocupación.

1.4 Dicha plaza está dotada, mensualmente, con el sueldo correspondiente al grupo A2: Complemento específico: 334'97 € y complemento de destino 288,19 euros / mensuales aproximado y siempre en función del número de horas efectivas de jornada de trabajo.

2. Funciones de la plaza

- Las funciones de la plaza quedan señaladas en la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 18 de mayo de 2021 por la que se convocan ayudas económicas para desarrollar los programas de cualificación inicial en corporaciones locales, organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro durante el curso 2021-2022, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 69, de 27 de mayo de 2.021.

- Colaborar y apoyar a los Servicios Educativos municipales, en cuanto a sus diferentes funciones, supuestos y trabajos.

3. Requisitos y condiciones de los aspirantes

Para participar en esta convocatoria, los interesados ​​deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos, los cuales deben estar en posesión durante todo el proceso selectivo:

a) Ser español o tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de alguno de los países que hayan suscrito un tratado internacional en los términos establecidos en la disposición adicional única de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener 16 años de edad cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de las titulaciones: diplomatura de maestro en educación primaria o su equivalente de grado.

Además de estar en posesión del nivel C1 de catalán y del diploma de capacitación para la enseñanza de la lengua catalana o del certificado de capacitación para la enseñanza en y de la lengua catalana expedidos por la Consejería de Educación y cultura.

d) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas. Igualmente, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública si se trata de aspirantes que no tengan la nacionalidad española, de acuerdo con lo establecido en la letra (a) de esta base.

e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad en que se incluyen las plazas ofrecidas.

f) Currículum vitae: se presentarán las titulaciones y / o certificaciones efectivamente presentadas en forma de original o fotocopia compulsada de los méritos a valorar.

4. Solicitudes

4.1 Las personas interesadas en participar en el concurso deben presentar una declaración responsable (modelo ANEXO III de las presentes) para la bolsa convocada mediante las presentes bases.

4.2 Las solicitudes deben presentarse en el registro del Ajuntament de Son Servera o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La solicitud tiene que registrarse y asimismo se debe sellar toda la documentación que se adjunte. Las personas que presenten la solicitud en un lugar diferente del registro del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears) deben enviar un correo electrónico al Servicio de Personal del Ajuntament de Son Servera (rrhh@sonservera.es) para notificar esta circunstancia con el justificante correspondiente en un plazo de dos días hábiles.

4.3 El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

4.4 Junto con la solicitud rellenada adecuadamente, las personas interesadas deben adjuntar:

a) Fotocopia auténtica del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en el caso de no ser español, del documento oficial acreditativo de la personalidad.

b) Original o fotocopia auténtica de los requisitos exigidos en la base 3 de las presentes y certificaciones o titulaciones de los méritos a valorar.

5. Admisión de aspirantes

5.1 En el plazo de 30 días, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicará en su electrónica (eadministracio.sonservera.cat) del Ajuntament de Son Servera, la resolución por la que se apruebe la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de dicha exclusión.

5.2 En todo caso, con el fin de evitar errores y, si se producen, posibilitar su subsanación en tiempo y en forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la lista de admitidos pertinente.

5.3 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez (10) días, a contar desde el día siguiente a dicha publicación, para subsanar el defecto o adjuntar el documento que sea preceptivo, y se les advertirá que se tendrá por no presentada la solicitud si no se cumple el requerimiento.

5.4 Finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, en su caso, las solicitudes, la Alcaldesa/Presidenta de la Corporación dictará resolución, que aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos. Esta resolución se hará pública en los mismos lugares indicados para la resolución provisional.

5.5 De ​​conformidad a lo dispuesto en los artículos 5 y 6.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales, se informa a los interesados ​​que los datos personales contenidos en la solicitud de admisión , documentación que se acompañe a esta o que se genere a resultas de esta convocatoria, son objeto de recogida para su tratamiento única y exclusivamente para el ejercicio de funciones propias de esta Administración, dentro del presente procedimiento selectivo para su convocatoria, tramitación, calificación y resolución, por lo que se informa que los datos se incorporarán a un fichero de datos de carácter personal, del cual es responsable este Ayuntamiento, y que en caso de que sea necesario a los efectos de cumplir con los principios de publicidad y transparencia del procedimiento, algunos datos personales de los aspirantes pueden ser publicadas en el BOIB o en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento. Que en este acto el Ayuntamiento informa a las interesadas / os del derecho de las personas físicas a acceder a sus datos, a rectificarlos y a cancelarlos. Estos derechos podrán ser ejercidos mediante escrito dirigido al responsable del fichero a la siguiente dirección postal: 07550 - Son Servera - Plaza de San Ignacio, 1. Que asimismo se me informa en este acto que los datos personales de personas físicas contenidas en la proposición sólo serán objeto de cesión o comunicación en los casos, condiciones, y con previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal.

6. Tribunales de valoración

6.1 Los órganos encargados de la selección son los tribunales de valoración que estarán formados por:

- Presidente/a: el/la secretario/a de la Corporación

- Vocales: Dos funcionarios de carrera o personal laboral fijo

- Secretario/a: funcionario/a de carrera o personal laboral fijo.

6.2 Los miembros de los tribunales de valoración deberán abstenerse de intervenir, y lo notificarán a la autoridad que los nombró, cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40 / 2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

6.3 Todos los miembros de las comisiones técnicas o tribunales percibirán dietas por la asistencia a las sesiones, de acuerdo con lo previsto en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, que establece las indemnizaciones de los miembros de los tribunales y de las comisiones técnicas de valoración de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración Baleares (BOE núm. 129, de 30 de mayo de 2002).

7. Valoración de méritos

7.1 Los méritos alegados se valorarán de acuerdo con el baremo que se adjunta como Anexo II, y que se estructura en tres bloques: experiencia profesional, cursos de formación y conocimientos de catalán.

 7.2 Los méritos a que se refiere el apartado anterior se acreditarán mediante la presentación del original o la copia compulsada de la siguiente documentación:

a) Experiencia profesional:

a.1 Servicios prestados a la Administración: mediante un certificado entregado por la administración pública que corresponda.

a.2 Trabajos realizados en empresas públicas o privadas: certificado de la vida laboral, con acreditación de la categoría y las funciones realizadas. En caso de que el certificado de vida laboral no acredite la categoría y las funciones realizadas, se deben presentar los contratos que acrediten estos extremos, en forma original o fotocopia compulsada.

b) Conocimientos orales y escritos de catalán: mediante la presentación de una fotocopia compulsada de certificados expedidos por el Instituto Balear de Administración Pública o expedidos u homologados por la Administración competente.

c) Cursos, seminarios, etc: certificado o diplomas acreditativos de los cursos realizados.

7.3 Los méritos se acreditarán con referencia a la fecha de finalización del plazo o plazos de presentación de solicitudes para los diferentes puestos ofertados. El hecho de no acreditar cualquiera de los méritos indicados en el plazo señalado supondrá que estos méritos no se valoren en la fase de concurso.

7.4 A los efectos previstos en la base 1.3 para el caso de que se produzcan empates, las circunstancias que se enumeran deberán acreditarse en el momento en que se presente la solicitud, salvo la circunstancia de la " mayor edad ", que se apreciará de oficio.

7.5 Concluida la valoración de los méritos, las comisiones técnicas harán públicas en el tablón de anuncios del Ajuntament de Son Servera y en cualquier otro medio que se considere oportuno la lista de puntuaciones obtenidas por los aspirantes con indicación del número de Documento Nacional de identidad (DNI). Esta lista se publicará por orden de mayor a menor puntuación total.

7.6 Los aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista, para alegar las rectificaciones pertinentes sobre la valoración provisional de méritos del concurso.

8. Resolución de la convocatoria

8.1 El plazo para la resolución del concurso será de seis meses contados desde el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes. La alcaldesa presidenta de la Corporación podrá ampliar este plazo hasta un mes más.

8.2 El tribunal de valoración elevará a la alcaldesa presidenta de la Corporación las listas definitivas de los aspirantes seleccionados, por orden de prelación.

8.3 La alcaldesa presidenta dictará la resolución oportuna, que ordene la publicación en el tablón municipal de anuncios de la Corporación, de la composición final de la bolsa con indicación de todos los integrantes, el orden de prelación y la puntuación obtenida.

9. Adjudicación

9.1 La oferta y adjudicación de puestos de trabajo se hará siempre según el orden de prelación de las personas incluidas en la bolsa correspondiente, siempre que cumplan los requisitos exigidos para ocupar el puesto de trabajo ofrecido.

9.2 Las personas interesadas tienen la obligación de incorporarse en la fecha que se resuelva. El Ajuntament de Son Servera, se compromete a notificárseles la fecha de inicio con 2 días de antelación y bastará mediante notificación telefónica o telemática.

9.3 El hecho de no incorporarse dentro de plazo al puesto de trabajo adjudicado, sin causa justificada, o la renuncia al nombramiento ofrecido implicarán que la persona afectada sea excluida de la bolsa correspondiente, salvo que concurra alguna de las circunstancias siguientes, oportunamente justificada:

a) Periodo de embarazo o el correspondiente a la maternidad o situaciones asimiladas.

b) Enfermedad

c) Ser víctima de violencia de género

10. Vigencia de la bolsa

La bolsa será vigente durante el plazo de tres (3) años.

​​​​​​​11. Forma de contratación

El tipo de contrato será de ámbito laboral por obra o servicio por un mínimo de 19 horas hasta un máximo de 37,5 horas semanales, para la cobertura de la duración de los cursos de la subvención reseñada del Programa de Cualificación Inicial) ( BOIB 69, de 27 de mayo de 2021).

12. Norma final

La realización de este proceso selectivo se ajusta a lo establecido en:

a) El artículo 103 de la Constitución española;

b) RDL 5/2015, de 30 de octubre, para el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público;

c) Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

d) Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

e) Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

f) Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

g) Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de la administración pública y procedimiento administrativo común.

h) Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, del texto refundido de las disposiciones legales vigentes de régimen local.

i) el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

j) Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 18 de mayo de 2021 por la que se convocan ayudas económicas para desarrollar programas de cualificación inicial en corporaciones locales, mancomunidades de municipios, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro y entidades de economía social durante el curso 2021-2022, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 69, de 27 de mayo de 2021.

 

ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS

I.

Experiencia profesional

1. Por trabajos en la Administración Local dentro del ámbito de los Servicios Educativos directamente relacionados con la plaza ofertada. (0'1 punto/mes trabajado)

Hasta un máximo de 5 puntos.

2. Por trabajos en otras Administraciones públicas directamente relacionados con la plaza. (0'1 punto/mes trabajado)

Hasta un máximo de 4 puntos.

3. Por trabajos dentro del ámbito de la empresa privada, directamente relacionados con la plaza ofertada y realizados en la Administración Local. (0'1 punto/mes trabajado)

Hasta un máximo de 3 puntos.

4. Por trabajos dentro del ámbito de la empresa privada, directamente relacionados con la plaza ofertada y realizados en otras Administraciones públicas. (0'08 puntos/mes trabajado)

Hasta un máximo de 2 puntos.

5. Por trabajos dentro del ámbito de la empresa privada, directamente relacionados con la plaza ofertada (0'08 puntos/mes trabajado)

Hasta un máximo de 1 punto.

 

II. Conocimientos de lengua catalana

2.Certificado C2, conocimientos superiores

1 punto

 

2. Certificado E, lenguaje administrativo

0.5 puntos

 

Se valorará solo un certificado, excepto en el caso de conocimientos de lenguaje administrativo, la puntuación del cual se acumulará a la del otro certificado que se aporte con una puntuación máxima de 1.5 puntos

 

 

III.

Cursos de formación

Diplomas o títulos referidos a cursos, seminarios, congresos y jornadas directamente relacionados con el trabajo a realizar de hasta 10 horas (0'1 punto/curso)

Hasta un máximo de 0.5 puntos.

Diplomes o títulos referidos a cursos, seminarios, congresos y jornadas directamente relacionados con el trabajo a realizar de más de 10 horas hasta 30 horas (0'15 puntos/curso)

Hasta un máximo de 1 punto.

Diplomas o títulos referidos a cursos, seminarios, congresos y jornadas directamente relacionados con el trabajo a realizar de más de 30 horas hasta 60 horas  (0'4 puntos/curso)

Hasta un máximo de 2 puntos.

Diplomas o títulos referidos a cursos, seminarios, congresos y jornadas directamente relacionadas con el trabajo a realizar de más de 60 horas  (0'6 puntos/curso)

Hasta un máximo de 3 puntos.

Diplomas o títulos de post grado directamente relacionados con el trabajo a realizar:

  • Hasta 250 horas: 1 punto.
  • De más de 250 horas hasta 500 horas: 1'5 puntos.
  • De más de 500 horas: 2 puntos.

Hasta un máximo de 3.5 puntos.

 

ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE

Nombre y apellidos

 

DNI núm.

 

Domicilio

 

Población

 

Código postal

 

Teléfono

 

Correo electrónico

 

MANIFIESTO:

Primero.- Que cumplo y acepto todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria para presentarme al concurso de una bolsa de una bolsa de trabajo de una cacante de MAESTRO/A DE EDUCACIÓN PRIMARIA, para cubrir con carácter laboral temporal por obra y servicio, para el curso 2021-22 del Programa de Cualificación Inicial de auxiliar de restauración de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, del Área de Servicios Educativos del Ayuntamiento de son Servera (Islas Baleares), de acuerdo con la Resolución de Alcaldía núm. _________________

​​​​​​​Segundo.- Que DECLARO BAJO JURAMENTO que no ha sido separado / a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, a las Comunidades Autónomas o las Entidades Públicas, y no encontrarme en situación de inhabilitación para el ejercicio de las Funciones públicas.

SOLICITO:

Ser aceptado / a para dicha convocatoria.

( ) Solicito certificación de servicios prestados al Ajuntament de Son Servera (señalar, si procede, esta opción).

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA: en forma de copia auténtica y/o original (señalar la casilla adecuada)

 

Documento nacional de identidad (DNI)

 

Titulación mínima exigida

 

Titulación de lengua catalana (C1)

 

Certificación de capacitación para impartir enseñanzas de lengua catalana en las Islas Baleares

 

Titulación méritos

Son Servera, ___________________________________________

LA ALCALDESA DEL AJUNTAMENT DE SON SERVERA (ILLES BALEARS)

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 5 y 6.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales, se informa a los interesados ​​que los datos personales contenidos en la solicitud de admisión, documentación que se acompañe a esta o que se genere a resultas de esta convocatoria, son objeto de recogida para su tratamiento única y exclusivamente para el ejercicio de funciones propias de esta Administración, dentro del presente procedimiento selectivo para la su convocatoria, tramitación, calificación y resolución, por lo que se informa que los datos se incorporarán a un fichero de datos de carácter personal, del cual es responsable este Ayuntamiento, y que en caso de que sea necesario a los efectos de cumplir con los principios de publicidad y transparencia del procedimiento, algunos datos personales de los aspirantes pueden ser publicadas en el BOIB o en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento. Que en este acto el Ayuntamiento informa a las interesadas / os del derecho de las personas físicas a acceder a sus datos, a rectificarlos y a cancelarlos. Estos derechos podrán ser ejercidos mediante escrito dirigido al responsable del fichero a la siguiente dirección postal: 07550 - Son Servera - Plaza de San Ignacio, 1. Que asimismo se me informa en este acto que los datos personales de personas físicas contenidas en la proposición sólo serán objeto de cesión o comunicación en los casos, condiciones, y con previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal.”​​​​​​​