Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 365922
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 10 de agosto de 2021 por la cual se modifican los requisitos para participar en el concurso-oposición establecido por la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 9 de julio de 2021 por la que se aprueban la convocatoria, las bases, el temario y el baremo de méritos, y se designa al tribunal calificador del concurso-oposición para cubrir las plazas vacantes de personal estatutario fijo de la categoría de higienista dental de área de atención primaria
Antecedentes
1.- El día 15 de julio de 2021 se publicó en el BOIB núm. 94 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 9 de julio de 2021 por la que se aprueban la convocatoria, las bases, el temario y el baremo de méritos, y se designa al tribunal calificador del concurso-oposición para cubrir las plazas vacantes de personal estatutario fijo de la categoría de higienista dental de área de atención primaria del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
2.- Es necesario modificar el punto 2.1.c del anexo 1 de la resolución mencionada, para cambiar los requisitos para participar en este concurso-oposición.
Fundamentos de derecho
1.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, d'1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, establece que éstas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2.- El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.
Por todo ello dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1.-Modificar el punto 2.1.c del anexo 1, Bases de la convocatoria, de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 9 de julio de 2021 por la que se aprueban la convocatoria, las bases, el temario y el baremo de méritos, y se designa al tribunal calificador del concurso-oposición para cubrir las plazas vacantes de personal estatutario fijo de la categoría de higienista dental de área de atención primaria y que figura en el anexo de esta resolución.
2.- Establecer la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, que será de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución.
3.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el portal web www.ibsalut.es.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición ante el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 10 de agosto de 2021
El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares Julio Miguel Fuster Culebras Por delegación de la consejera de Salud y Consumo (BOIB Núm. 191, de 7/11/2020)
ANEXO
-En el punto 2.1.c. del anexo 1, Bases de la convocatoria,
Donde dice
c.- Tener el título de técnica/técnico superior en higiene bucodental o una titulación equivalente o estar en disposición de obtenerla hasta el último día de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.
Debe decir
c.- Tener el título de técnica/técnico superior en higiene bucodental, o título de formación profesional de segundo grado -higienista dental-, o certificado acreditativo de habilitación profesional expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o estar en disposición de obtenerlo hasta el último día de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.