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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 362485
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 2 de agosto de 2021, relativo a la aprobación de la segunda convocatoria de ayudas del programa Menorca, Música y Teatro correspondiente al año 2021 (exp. 1507-2021-000003)

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Texto

El objetivo del programa Menorca, Música y Teatro es la promoción de la actividad musical y teatral que desarrollan los grupos menorquines, a fin de ofrecerles un marco para dar a conocer su actividad y su creatividad, colaborando a mantener unas manifestaciones culturales arraigadas en la isla.

Así mismo, la finalidad del programa también es ofrecer a los beneficiarios un amplio abanico de actuaciones de grupos de teatro, corales, bandas de música, orquestas, grupos folclóricos, grupos de música popular, solistas o grupos de rock en los diferentes municipios de la isla.

Se prevé expresamente que se podrán conceder ayudas por actuaciones ya realizadas en el momento de la aprobación de la convocatoria, siempre que se hayan cumplido los requisitos establecidos en las bases;

Dado que las bases reguladoras del programa Menorca, Música y Teatro fueron aprobadas por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de día 29 de marzo de 2021 y fueron publicadas en el BOIB n.º 54 de 24 de abril de 2021;

Visto que las ayudas solicitadas en la convocatoria anterior están en plazo de justificación;

Visto el informe de oportunidad de la segunda convocatoria del año 2021 que consta en el expediente;

Como titular del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto de presidencia n.º 425/2019, de 10 de julio, (BOIB n.º 95 ext. de 11 de julio de 2019) en relación con los Decretos de Presidencia n.º 421/2019 y n.º 422/2019 de 9 de julio (BOIB n.º 93 ext. de 10 de julio de 2019).

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes,

El Consejo ejecutivo, por unanimidad de los cinco miembros asistentes (señora Mora Humbert, señor Maria Ballester, señor Pastrana Huguet, señor Juaneda Mercadal y señora Gomis Luis) y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar la segunda convocatoria de las ayudas en el marco del programa Menorca, Música y Teatro para el año 2021, que se regirá por las Normas de selección de los grupos y las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo en fecha 29 de marzo de 2021, publicadas en el BOIB n.º 54 de 24 de abril de 2021, de acuerdo con las condiciones siguientes:

a) Se modifica la base 3.1 para adaptar el periodo de las actuaciones a esta segunda convocatoria. Por lo tanto, queda redactada en los términos siguientes:

«3.1. Pueden ser objeto de subvención de este programa las actividades musicales y las artes escénicas que promuevan las entidades a que hace referencia la base quinta que tengan lugar entre el 1 de julio y el 31 de diciembre del año 2021, que presenten un interés cultural y artístico, que sean viables técnicamente y económicamente, y que vayan dirigidas a un público eminentemente local.»

Se modifica la base 5.1 para añadir como posibles beneficiarios las asociaciones y agrupaciones de comerciantes de ámbito insular. Por lo tanto, queda la redacción siguiente:

«1. Pueden beneficiarse de este programa los ayuntamientos de Menorca, las entidades culturales, las asociaciones de vecinos, los clubes de jubilados, las asociaciones de padres y madres de alumnos (APIMA), las fundaciones culturales, tanto públicas como privadas, y las asociaciones y agrupaciones de comerciantes de ámbito municipal e insular».

b) El importe máximo previsto para destinar a la convocatoria es de 23.000 euros (20.000 euros reservados del presupuesto del año 2021 más los 3.000 euros de remanente de la primera convocatoria de 2021), que serán atendidos con cargo a la partida 4-33400-4890009.

c) La fecha límite para realizar las solicitudes de las ayudas es el 30 de septiembre de 2021.

d) El órgano competente para la instrucción del expediente es el técnico de gestión cultural del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes David Andreu Capó, o la persona que lo sustituya.

d) Constituir la Comisión Evaluadora de las solicitudes presentadas, la cual estará compuesta por los siguientes miembros:

Presidente:

-Titular: el consejero de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, Miquel Àngel Maria Ballester

- Suplente: la directora insular de Cultura y Patrimonio, Raquel Marquès Díez

Vocales:

1) Titular: el técnico de gestión cultural del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, David Andreu Capó

Suplente: el técnico de gestión del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, Alejo Sintes Piris

2) Titular: la administrativa del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes Pepa Ojeda Sebastià, que actuará como secretaria

Suplente: un administrativo o administrativa del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes

3) Titular: el administrativo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes Jordi Torrent Torroja

Suplente: un administrativo o administrativa del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes

Segundo. La relación de grupos aprobada en la concesión de las ayudas de la primera convocatoria del programa Menorca, Música y Teatro del año 2021 será aplicable a esta segunda convocatoria.

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.

 

Maó, 11 de agosto de 2021

Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB n.º 97 de 16-7-2019)