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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA

Núm. 360534
Adjudicación de la convocatoria de subvenciones para la recuperación de espacios arqueológicos y paleontológicos en la isla de Mallorca para el año 2021

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Texto

En la sesión de 4 de agosto de 2021, el Consejo Ejecutivo ha acordado lo siguiente:

“La Convocatoria de subvenciones para la recuperación de espacios arqueológicos y paleontológicos en la isla de Mallorca para el año 2021, se da en el marco de las competencias asumidas por el Consejo Insular de Mallorca, en virtud de la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia patrimonio histórico, promoción sociocultural, animación sociocultural, depósito legal de libros y deportes (BOIB n.º 159, de 29/12/1994). Con la aprobación de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, las competencias en materia de patrimonio histórico se consideran como propias de acuerdo con su artículo 70. Entre estas competencias se encuentra la de velar por la conservación del patrimonio cultural. El artículo 73 establece que corresponden a los consejos insulares, en las materias que este Estatuto los atribuye competencia propia, el ejercicio de la actividad de fomento.

La Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares en el título IX sobre medidas de fomento y difusión, y más concretamente en el artículo 81 sobre el principio de colaboración, dice que las administraciones públicas colaborarán con los propietarios y titulares de derechos sobre bienes culturales para conservarlos, recuperarlos y difundirlos. El artículo 22.3 establece que los poderes públicos promoverán, por todos los medios a su alcance, la conservación, la consolidación y la mejora de los bienes integrantes del patrimonio histórico de titularidad pública y privada. Entre las medidas de fomento se encuentra la inversión cultural en forma de ayudas en la conservación, la restauración, la mejora y la puesta en valor del patrimonio histórico.

La Convocatoria se aprobó por acuerdo del Consejo Ejecutivo a la sesión de día 21 de abril de 2021 y se publicó, por conducto de la BDNS, en el BOIB n.º 55 de 27/04/2021. Autorizando el gasto total de dos cientos setenta mil euros (270.000,00 €) como cantidad global del presupuesto del año 2021, que se destinan a la Convocatoria de subvenciones para la recuperación de espacios arqueológicos y paleontológicos en la isla de Mallorca para el año 2021, a cargo de las aplicaciones presupuestarias: 20 33620 78911 (con reserva de crédito 220210000131) por importe de noventa mil euros (90.000,00 €) destinada a particulares; 20 33620 76200 (con reserva de crédito 220210000130) por importe de noventa mil euros (90.000,00 €) destinada en ayuntamientos, y 20 33620 75300 (con reserva de crédito 220210000129) por importe de noventa mil euros (90.000,00 €) destinada en universidades.

Vista el acta de la Comisión Técnica de Evaluación, reunida el día 20 de julio de 2021 para examinar los expedientes y valorarlos.

Visto el informe de 27 de julio de 2021, emitido por el secretario técnico de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística en el cual hace constar que los beneficiarios cumplen con todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones.

Visto el informe jurídico, de 27 de julio de 2021, emitido por el jefe del Servicio Jurídico de Patrimonio Histórico.

Visto el informe fiscalizado de conformidad de 30 de julio de 2021.

Visto el artículo 36.10 del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno de día 12 de abril de 2018 (BOIB n.º 89, de 19 de julio de 2018), con la corrección de errores materiales aprobados por el Pleno de 12 julio de 2018 (BOIB n.º 89, de 19 de julio de 2018) y de acuerdo con lo establecido en la base 23.4 de ejecución del presupuesto 2021, corresponde al Consejo Ejecutivo, entre otros: otorgar concesiones, aprobar y resolver subvenciones, así como autorizar y disponer gastos de cuantía superior a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €).

Por todo lo expuesto, la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística, eleva al Consejo Ejecutivo, la siguiente propuesta de

ACUERDO

I.- Excluir las siguientes solicitudes por los motivos que se exponen:

• Exp. 5 (SEGEX 767137T): Proyecto de intervención y consolidación de los restos arqueológicos del camino de Sa Vinyeta, presentado por el Ayuntamiento de Deià. El objeto de esta convocatoria de subvenciones no es la financiación de campañas de excavación, salvo de aquellas intervenciones puntuales para poder realizar actuaciones de conservación-restauración. El conocimiento que se tiene del elemento y el contexto del mismo, imposibilita en este estadio la intervención por su consolidación, la reintegración de elementos y definirlas en un panel explicativo.

• Exp. 12 (SEGEX 767347K): Proyecto del yacimiento de la Cova del Molí d'en Gaspar por mejora de accesibilidad, presentado por el Ayuntamiento de Sineu. Las características de los trabajos previstos no se ajustan al espíritu de la convocatoria de ayudas, puesto que no tienen una motivación propiamente patrimonial sino de adecuación urbanística.

• Exp. 16 (SEGEX 768901T): Proyecto de catalogación y conservación de los materiales de la Vileta, presentado por el Ayuntamiento de Sa Pobla. Las actuaciones previas de estudio de los materiales, así como la adecuación de los espacios no se ajustan a la convocatoria. Si bien las tareas de conservación de los materiales entran dentro del objeto, estas requieren de un trabajo previo, que a día de hoy no está ejecutado y que no sería subvencionable.

II.- Denegar las siguientes solicitudes por no llegar a la puntuación mínima requerida en el punto 10.2 de la Convocatoria (10 puntos):

Nº EXP.

Nº SEGEX

SOLICITANTE

CIF

PROYECTO

PUNTUACIÓN

Exp. 15

768117E

Ay. Sant Llorenç des Cardassar

P0705100F

Proyecto de intervención anual en el Talaiot de na Pol, recuperación y adecuación del espacio arqueológico, Sa Coma. Fase 2

8,5

Exp. 27

769153T

Ay. Porreres

P0704300C

Proyecto recuperación y adecuación del yacimiento arqueológico del Talaiot de Baulenes

8,5

Exp. 1

765930R

Aj Santanyí

P0705700C

Proyecto de consolidación, adecuación y restauración del yacimiento arqueológico de Na Nova, Cala Lombards

8

Exp. 10

767268A

Associació per a la salut mental Gira-Sol

G07729908

Proyecto de limpieza, sondeos a terreras y documentación de los hipogeos de la edad del bronce de Son Sunyer, polígono 30 parcela 116 Palma

7,5

Exp. 9

767218F

Ay. Puigpunyent

P0704500H

Proyecto musealización del Talaiot de Sa Casa des Gegant, polígono 30 parcela 116

7

Exp. 18

768178P

Ay. Pollença

P0704200E

Proyecto de limpieza y recuperación del espacio arqueológico del Pedret de Bóquer.

5

III.- Conceder las subvenciones por un importe total de doscientos treinta mil quinientos nueve euros con treinta y dos céntimos (230.509,32 €), repartidos de la siguiente manera:

- a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 75300, por importe de diez mil seiscientos ochenta y seis euros con diez céntimos (10.686,10 €)

- a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78911, por importe de veinte mil setecientos cuarenta y ocho euros con setenta y ocho céntimos (20.748,78 €)

- a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 76200 por importe de ciento noventa y nueve mil setenta y cuatro euros con cuarenta y cuatro céntimos (199.074,44 €)

Anular la autorización del gasto de la parte no comprometida por importe de 79.313,90€ (operación contable A 220210016197, con referencia número 22021000491) de la aplicación presupuestaria 20 33620 75300, para acrecentar la aplicación presupuestaria 20 33620 76200 (con referencia 22021000492) y autorizar por importe de 79.313,90 €.

Anular la autorización del gasto de la parte no comprometida por importe de 69.251,22€ (operación contable A 220210016199, con referencia número 22021000493) de la aplicación presupuestaria 20 33620 78911, para acrecentar la aplicación presupuestaria 20 33620 76200 (con referencia 22021000492), autorizar por importe de 29.760,54€ y revertir en la aplicación presupuestaria el importe restante de 39.490,68€.

Aplicación presupuestaria

Importe autorizado

Referencia

Importe a acrecentar

20 33620 75300

90.000,00 €

22021000491

- 79.313,90 €

20 33620 78911

90.000,00 €

22021000493

- 29.760,54 €

20 33620 76200

90.000,00 €

22021000492

+ 109.074,44 €

IV.- Adjudicar y disponer un gasto total por importe de doscientos treinta mil quinientos nueve euros con treinta y dos céntimos (230.509,32 €) a cargo de las aplicaciones presupuestarias que se imputarán a los beneficiarios y por los importes siguientes:

- A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 75300 destinada en las universidades o centros de investigación:

Exp.

Beneficiario

CIF

Proyecto

Presupuesto (€)

Solicitado (€)

Subvencionable (€)

Puntos

Concedido (€)

Exp. 2

(ICP) Institut Català de Paleontologia Miquel Crusafont

G64361322

Restauración de un esqueleto completo de un reptil captorínido del Permiano inferior del yacimiento del torrente de na Nadala recuperado el año 2019

10.686,10

10.686,10

10.686,10

12,25

10.686,10

 

 

 

 

 

 

 

Total

10.686,10

- A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78911 destinada a particulares:

Exp.

Beneficiario

CIF

Proyecto

Presupuesto (€)

Solicitado (€)

Subvencionable (€)

Puntos

Concedido (€)

Exp. 7

Associació per a la salut mental Gira-Sol

G07729908

Adecuación y museización del yacimiento de Na Galera (Palma) Associació Gira-sol.

13.955,41

13.955,41

12.748,78

12,50

12.748,78

Exp. 8

Margalida Canet Oliver

43144776L

Proyecto acondicionamiento y mantenimiento de los talaiots de Son Oliver

12.056,25

8.000,00

8.000,00

10,00

8.000,00

 

 

 

 

 

 

 

Total

20.748,78

En relación al exp. 7 se ha minorado un 40%, del presupuesto de los carteles que finalmente no se colocarán y que afectan a las partidas siguientes: “Producción paneles y placa”, reducción por importe de 1.085,63 € y “Diseño gráfico”, reducción por importe de 121,00 €. El total de la reducción asciende a 1.206,63 €.

- A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 76200 destinada en los ayuntamientos:

Exp.

Beneficiario

CIF

Proyecto

Presupuesto (€)

Solicitado (€)

Subvencionable (€)

Puntos

Concedido (€)

Exp. 21

Ay. Costitx

P0701700G

Proyecto recuperación del espacio arqueológico Es Turassot

13.584,00

13.584,00

13.584,00

18,00

13.584,00

Exp. 4

Ay. Felanitx

P0702200G

Conservación, restauración y puesta en valor del yacimiento arqueológico Clossos de Can Gaià

16.999,70

14.000,00

14.000,00

17,00

14.000,00

Exp. 19

Ay. Montuïri

P0703800C

Proyecto conservación, consolidación y restauración del yacimiento arqueológico de Son Fornés

14.488,65

14.488,65

14.000,00

15,00

14.000,00

Exp. 23

Ay. Alaró

P0700100A

Recuperación del yacimiento de Sa Bastida, “poda”, tala y topografía

10.975,72

10.975,72

10.975,72

14,25

10.975,72

Exp. 28

Ay. Andratx

P0700500B

Proyecto conservación y consolidación del espacio arqueológico del yacimiento de Son Mas

11.729,14

11.729,14

11.729,14

14,00

11.729,14

Exp. 3

Ay. Artà

P0700600J

Ejecución de conservación y puesta en valor del R25 de ses Païsses, Artà

14.968,00

14.968,00

14.000,00

13,50

14.000,00

Exp. 20

Ay. Manacor

P0703300D

Proyecto recuperación del espacio arqueológico y puesta en valor de s'Hospitalet Vell

15.770,30

14.000,00

14.000,00

13,50

14.000,00

Exp. 25

Ay. Manacor

P0703300D

Proyecto recuperación del espacio arqueológico y puesta en valor de Son Peretó

14.211,00

14.000,00

9.139,90

12,50

9.139,90

Exp. 22

Ay. Ses Salines

P0705900I

Proyecto recuperación del espacio arqueológico del Poblat Talaiòtic de los Antigors

9.813,10

9.813,10

9.813,10

12,50

9.813,10

Exp. 11

Ay. Sencelles

P0704700D

Proyecto de restauración de los talaiots de Can Xim y adecuación para la visita, Cas Canar, fase I

16.446,00

14.000,00

14.000,00

12,00

14.000,00

Exp. 26

Ay. Porreres

P0704300C

Proyecto recuperación del espacio arqueológico y puesta en valor del yacimiento Talaiot des Pagos

14.852,00

14.000,00

14.000,00

11,50

14.000,00

Exp. 16

Ay. Sant Llorenç des Cardassar

P0705100F

Proyecto de limpieza y mantenimiento de restos y elementos del recorrido del Poblat Talaiòtic de s'Illot, Sa Coma

16.163,18

16.163,18

14.000,00

10,50

14.000,00

Exp. 17

Ay. Sóller

P0706100E

Proyecto de puesta en valor y punto de interpretación del Poblat Talaiòtic en el Vall de Sóller. Creación de una aula educativa en el yacimiento del Puig den Canals

8.000,00

8.000,00

8.000,00

10,00

8.000,00

Exp. 13

Ay. Llubí

P0703000J

Proyecto Transformación Mundo Rural, Es Racons

13.550,00

13.550,00

13.550,00

10,00

13.550,00

Exp. 14

Ay. Inca

P0702700F

Proyecto de limpieza de vegetación y puesta en valor del yacimiento arqueológico de Son Mas des Potecari (sudeste del túmulo. Estructura I)

15.681,60

14.000,00

14.000,00

10,00

14.000,00

Exp. 6

Ay. Felanitx

P0702200G

Conservación-restauración y puesta en valor de los yacimientos arqueológicos de Can Roig Nou y Son Maiol

13.999,70

13.999,70

10.282,58

10,00

10.282,58

 

 

 

 

 

 

 

Total

199.074,44

En relación al exp. 4, no se considera objeto de subvención la partida “Técnico arqueólogo (actuación arqueológica subsidiaria)” por valor de 2.843,50 €, al no tratarse estrictamente de una intervención arqueológica subsidiaria a espacio previamente excavado. No obstante, el presupuesto del proyecto es superior a los 14.000,00 €, que como máximo se puede subvencionar.

En relación al exp. 25, no es objeto de subvención el coste total de los “antropólogos”, puesto que no se puede considerar su intervención como una excavación subsidiaria, la suma de las dos partidas asciende a 2.720,00 €. Se reduce un tercio del coste de las partidas que se corresponden con las “tareas de reposición del empedrado”: arqueólogo, reducción por importe de 887,24 €; restaurador, reducción por importe de 806,59 €, y peón de arqueología, reducción por importe de 657,27 €. El importe total reducido es de 5.071,10 €.

En relación al exp. 14, el sondeo propuesto no está directamente vinculado con la consolidación del tramo S del túmulo, y, por lo tanto, no sería estrictamente una intervención arqueológica subsidiaria. Se reduce proporcionalmente las tareas de los técnicos y la tarea número 4 correspondiente al sondeo. Cada tarea se estima en un 20 por ciento de los trabajos de los arqueólogos que afectan a las siguientes partidas: “Dirección arqueológica. Trabajo campo. Redacción proyecto y memoria final”, reducción por importe de 484,00 €; “Dirección arqueológica. Trabajo campo. Gestión de materiales”, reducción por importe de 484,00 €, y “Técnico arqueólogo. Trabajo de campo y digitalización planimetría”, reducción por importe de 387,20 €. El total a reducir es de 1.355,20 €. No obstante, el presupuesto del proyecto es superior a los 14.000,00 € que como máximo se puede subvencionar.

En relación al exp. 6, el proyecto no dispone de suficientes datos para determinar cuáles son las actuaciones de conservación-restauración concretas y necesarias, que, además, afectan a la instalación de un cartel interpretativo. No es objeto de subvención la partida “Actuaciones de consolidación y restauración del yacimiento” por importe de 2.113,87 €. Se reducen proporcionalmente las siguientes partidas: “Asistencia técnica trabajo piedra en seco” reducción por importe de 1.300,75 €, y “Fabricación e instalación de los paneles” reducción de 302,50 €. La reducción total del presupuesto es de 3.717,12 €.

Hay que recordar que la instalación de cartelería y del logo del Consejo Insular de Mallorca son de obligado cumplimiento a los efectos de dar publicidad a la subvención otorgada conforme al artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones, y los puntos 3, 14.3 a) y 15 de la Convocatoria.

V.- Ordenar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Se adjunta tabla de puntuaciones desglosada por criterios que forma parte integrando del presente acuerdo.”

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurrido tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante, cabe ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, 10 de agosto de 2021

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística (Por delegación de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística. Resolución de 23/07/2019. BOIB núm. 109 de 8/8/2019)

Documentos adjuntos