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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 360090
Extracto de las bases de la convocatoria de ayudas por insularidad a familias con estudiantes que tuvieron que desplazarse fuera de la isla en el territorio nacional para cursar estudios que no se podían realizar en Eivissa durante el curso 2020-2021 aprobadas por la Junta de Gobierno Local de 28 de Julio de 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b) y 20.8a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans./).

Código identificador BDNS: 579157

Primero. Objeto

El objeto de estas bases es otorgar ayudas por insularidad a familias con estudiantes que tuvieron que desplazarse fuera de la isla en el territorio nacional para cursar estudios que no se podían realizar en Eivissa durante el curso 2020-2021.

Segundo. Personas beneficiarias

Pueden acogerse a esta convocatoria las familias con estudiantes que estén empadronados en el municipio de Sant Antoni de Portmany con una antigüedad mínima de tres años.

Tercera. Requisitos académicos

Los solicitantes deberán cumplir:

  • Que el estudiante esté empadronado en el municipio de Sant Antoni de Portmany con una antigüedad mínima de tres años.
  • Que el estudiante esté matriculado en todas las asignaturas en el primer curso.
  • Que, como mínimo, el estudiante esté matriculado en el 80 % de los créditos previstos en los Planes de Estudios en el resto de cursos.
  • Cuando se trate de estudiantes que estén terminando los estudios, deben estar matriculados de un mínimo de cuatro asignaturas o 38 créditos.
  • En el caso de doble matrícula se presentarán las dos para poder obtener la ayuda.
  • Los estudiantes de grado EEES (Espacio Europeo de Estudios Superiores) deberán estar matriculados a tiempo completo (60 créditos como mínimo).
  • Deben haberse aprobado en el curso anterior un mínimo de créditos, según la relación siguiente:

Cursos

Rama de conocimiento

Para obtener la ayuda

Primer curso

Todas

Haber aprobado el curso anterior al 100 %

Resto de cursos

Estudios técnicos,

Ingeniería y Arquitectura

Haber aprobado como mínimo el 65 % de los créditos matriculados en el curso anterior

Ciencias

Haber aprobado como mínimo el 70 % de los créditos matriculados en el curso anterior

Ciencias de la Salud

Haber aprobado como mínimo el 70 % de los créditos matriculados en el curso anterior

Ciencias Sociales y Jurídicas,

Artes y Humanidades

Haber aprobado como mínimo el 80 % de los créditos matriculados en el curso anterior

Ciclos formativos

Haber aprobado como mínimo el 90 % de los créditos matriculados en el curso anterior

Cuarta. Consignación presupuestaria y cuantía ayudas

El Ayuntamiento destina a las ayudas objeto de esta convocatoria la cantidad máxima de 15.000.- €, por tramitación de subvención anticipada con cargo a la partida 005-3260-489013 del ejercicio presupuestario del año 2021.

La dotación máxima de la ayuda será de 300.-€, excepto una ayuda de 500.-€ a la excelencia académica de grado universitario. En el caso de que el total de ayudas que se deban conceder supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.

Quinta. Solicitud, Documentación y Plazo Presentación

Los interesados pueden presentar las solicitudes, consultar la información y documentación requerida en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany (https://santantoni.sedelectronica.es/dossier), utilizando el trámite “Educación. Ayudas por insularidad para estudiantes del municipio de Sant Antoni de Portmany para el curso 2020-2021”, presencialmente en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento, previa cita al 971 340 111 o bien por cualquier otro medio de los mencionados en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones públicas.

Para informarse, orientarse y consultar las bases se puede acudir al Centro de Información Joven del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, c/ Ramón y Cajal 19, tel. 971 803 163, de lunes a viernes, de 9 a 14 h, así como en el sitio web municipal (www.santantoni.net)

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

 

Sant Antoni de Portmany, 9 de agosto de 2021

El alcalde Marcos Serra Colomar