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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MARIA DE LA SALUT

Núm. 356822
Delegación de las funciones de la Alcaldía en el segundo Teniente de Alcalde

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Expediente núm.: 693/2021

Procedimiento: delegación de funciones

Asunto: delegar en el segundo Teniente de Alcalde Sr. Gabriel Ferriol Bergas la totalidad de las funciones de la Alcaldía durante el periodo vacacional del Sr. Alcalde

Documento firmado por: el Sr. Alcalde

El Sr. Bernat Quetglas Jordà, en su condición de Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Maria de la Salut,

HACE SABER

Que, por resolución de Alcaldía núm. 236, de 6 de agosto de 2021, se aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:

«Primero.- Delegar en el segundo Teniente de Alcalde Sr. Gabriel Ferriol Bergas la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, des de la fecha de la firma de la presente resolución hasta el 15 de agosto de 2021.

Segundo.- La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceras personas.

Tercero.- El segundo Teniente de Alcalde Sr. Gabriel Ferriol Bergas deberá informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para esto, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el periodo de referencia, y con carácter previo de las decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Cuarto.- La delegación conferida en la presente resolución requerirá para su eficacia la aceptación del segundo Teniente de Alcalde Sr. Gabriel Ferriol Bergas, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el plazo de tres días hábiles, a contar des del siguiente al que le sea notificada la presente resolución.

Quinto.- La presente resolución será publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, dando cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Sexto.- En lo no previsto expresamente en esta resolución, se aplicarán directamente les previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les Bases del Régimen Local, y del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en tales normas»

Lo que se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo que se prevé en el artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

 

Maria de la Salut, document firmado electronicamente (9 de agosto de 2021)

El alcalde presidente Bernat Quetglas Jordà