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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 354068
Aprobación definitiva del acuerdo de corrección de errories de la modificación de crédito - suplemento de créditos y créditos extraordinarios, financiados con cargo al remanente de tesorería. Exp. Núm.: 4424/2021

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Texto

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisisón del 177.2 del Real Decreto Legistativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de corrección de errores del Pleno del día 06/04/2021 de modificación de crédito – suplemento de crédito y créditos extraordinarios, financiados con cargo al remante líquido de tesorería, tal como se detalla a continuación:

«PRIMERO. Rectificar el error material, de hecho o aritmétrico, de acuerdo con el se fija en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, del siguiente expediente:

Expediente:

4424/2021

Procedimiento:

Modificación de crédito, suplemento de crédito y crédito extraordinario

Resolución:

Acuerdo del Pleno

Fecha:

06/04/2021

Concretamente en el documento siguiente:

Documento:

Acuerdo del pleno de aprobación inicial de la modificación de crédito, suplemento de crédito y crédito extraordinario exp. 4424/2021

Fecha:

06/04/2021

Observaciones:

Error material en la transcripción de la aplicación presupuestaria

En este sentido, donde dice:

Tipo de Modificación

Orgánica

Programa

Económica

Concepto

Alta gastos

Crédito extraordinario

2

2310

4800060

CAIB – Convenio ayudes sector económico COVID-19

100.000,00

Debe decir:

Tipo de Modificación

Orgánica

Programa

Económica

Concepto

Alta gastos

Crédito extraordinario

1

4314

4790000

CAIB – Convenio ayudes sector económico COVID-19

100.000,00

Esta aprobación puede ser impugnada ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de esta Jurisdicción.

 

Alaior, 4 de agosto de 2021

El alcalde José Luis Benejam Saura