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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 345507
Extracto de la convocatoria de ayudas por la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales y para la reactivación de la actividad económica balear afectada por el COVID-19

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (identificador): 578436

En conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto de la cual se puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones.

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Son beneficiarios de las ayudas:

- Para los Programas I, II y IV: Pueden ser beneficiarias de las ayudas las cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales, legalmente constituidas, con domicilio fiscal y centro de trabajo donde se realiza la actuación en la comunidad autónoma de las Islas Baleares, e inscritas en los registros de cooperativas y de sociedades laborales de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular.

- Para el Programa III: Pueden ser beneficiarias de las ayudas las microcooperativas legalmente constituidas, con domicilio fiscal y centro de trabajo donde se realiza la actuación en la comunidad autónoma de las Islas Baleares, e inscritas en los registros de cooperativas y de sociedades laborales de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular.

Segundo. Finalidad:

El objeto de esta convocatoria de ayudas es la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales y la reactivación de la actividad económica balear afectada por el COVID-19, de acuerdo con los programas siguientes:

Programa I: Mantenimiento de los puestos de trabajo.

Va destinado a subvencionar aquellas cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales que mantengan los puestos de trabajo que tenían en la fecha de solicitud de la ayuda, y así, reactivar la actividad económica balear afectada por el COVID-19.

El puesto de trabajo se tiene que mantener un mínimo de 6 meses, a partir de la resolución de concesión de la subvención de ayudas.

Programa II: Incorporación de socios trabajadores o de trabajo.

Se dirige a la incorporación de personas en situación de demanda de ocupación como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales, y así, reactivar la actividad económica balear afectada por el COVID-19.

Programa III: Creación de microcooperativas.

Fomenta la creación de microcooperativas mediante la subvención de los gastos de puesta en funcionamiento, para la reactivación de la actividad económica balear afectada por el COVID-19.

Programa IV: Inversiones en nuevas tecnologías.

Financia inversiones en nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales, para la adaptación a la nueva normalidad y para la reactivación de la actividad económica balear afectada por el COVID-19.

Tercero. Importe:

El importe de la ayuda será el siguiente en función del Programa:

Para los gastos del Programa I:

A) Si la sociedad cooperativa, sociedad microcooperativa o sociedad laboral no tiene trabajadores contratados, se subvenciona con 2.000€.

B) Si la sociedad cooperativa, sociedad microcooperativa o sociedad laboral tiene contratados entre 1 y 3 trabajadores, se subvenciona con 2.500€.

C) Si la sociedad cooperativa, sociedad microcooperativa o sociedad laboral tiene contratados más de 3 trabajadores, se subvenciona con 3.000€.

Para los gastos del Programa II:

A) 4.000 € por cada persona de género masculino incorporada como socio que no pertenezca a ninguno de los colectivos mencionados en los apartados siguientes.

B) 5.000 € por cada persona de género masculino joven hasta 30 años incorporado como socio.

C) 6.000 € por cada persona incorporada como socio que pertenezca a alguno de los colectivos siguientes:

1. Personas de género femenino.

2. Personas de género masculino de 45 o más años.

3. Personas en situación de paro de larga duración. Se entiende que se encuentra en situación de paro de larga duración si consta inscrita en demanda de ocupación en el servicio de ocupación correspondiente durante un plazo de 12 meses dentro de los 18 meses anteriores a la suscripción del contrato.

D) 8.000 € por cada persona en situación de exclusión social que se incorpore como socio.

E) 10.000 € por cada persona con discapacidad que se incorpore como socio.

F) Si la persona que se incorpora como socio es víctima de violencia de género, las cuantías indicadas se tienen que incrementar en 500 €.

Para los gastos del Programa III:

Se subvenciona el 100% de los costes totales soportados que se enumeran en el apartado 4.3 de la convocatoria, con el límite por empresa de mil euros (1.000 €).

Para los gastos del Programa IV:

La cuantía de la subvención es del 50% del coste subvencionable sin que en ningún caso se puedan superar los límites siguientes:

A) Inversiones por la mejora tecnológica encaminada a potenciar el comercio electrónico (IVA excluido) con un máximo de 2.000€ de ayuda por cooperativa, microcooperativa o sociedades laborales.

B) Implantación de software de gestión: se subvenciona el 50% del gasto (IVA excluido) con un máximo de 1.000 € de ayuda por cooperativa, microcooperativa o sociedades laborales.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes:

1. Las solicitudes se tienen que presentar a partir del día 1 de septiembre de 2021 hasta el día 15 de octubre del 2021.

2. El periodo subvencionable comprende del día 1 de octubre de 2020 en el día 30 de septiembre de 2021, ambos incluidos.

 

Palma, 4 de agosto de 2021

El secretario general de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Jaume Colom Adrover (Por delegación de competencias del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo BOIB 97/2019)