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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 345502
Extracto de la convocatoria extraordinaria de ayudas públicas por medio del fomento de la economía social y del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción para la reactivación de la actividad económica balear afectada por el COVID-19

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (578341): De conformidad con aquello previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto de la cual se puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Son beneficiarios de las ayudas:

Para el Programa I: Mantenimiento de los puestos de trabajo de personas en situación de exclusión social de las empresas de inserción para la reactivación de la actividad económica balear afectada por el COVID-19.

Las empresas de inserción inscritas definitivamente como tales en el Registro de Empresas de Inserción de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, que además, tengan su domicilio fiscal y centro de trabajo donde prestan servicios las personas en situación de exclusión social en la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

Para el Programa II: Mantenimiento de los servicios de intervención y acompañamiento de las empresas de inserción para la reactivación de la actividad económica balear afectada por el COVID-19.

A) Las empresas de inserción inscritas definitivamente como tales en el Registro de Empresas de Inserción de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, y además cuenten con servicios de intervención y acompañamiento propios y tengan su domicilio fiscal y centro de trabajo en la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

B) Las empresas promotoras de las empresas de inserción inscritas definitivamente como tales en el Registro mencionado, y que proporcionen servicios de intervención y acompañamiento a la empresa de inserción que han promovido mediante el contrato de servicios correspondiente y tengan su domicilio fiscal y centro de trabajo en la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

Segundo. Finalidad:

El objeto de esta resolución es aprobar la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la economía social y del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción para la reactivación de la actividad económica balear afectada por el COVID-19.

Tercero. Importe:

El importe de la ayuda será el siguiente:

Para los gastos del Programa I: La cuantía de las subvenciones correspondientes al puesto de trabajo ocupado por una persona en situación de exclusión social que realice una jornada laboral completa y esté dada de alta en la Seguridad Social, es el 40% del salario bruto, excluida la Seguridad Social.

Para los gastos del Programa II: La cuantía de las subvenciones correspondientes a los puestos de trabajo ocupados por técnicos de producción y técnicos de acompañamiento es del 30% del salario bruto, excluida la Seguridad Social, con un máximo de 7.000 euros para cada técnico de producción y de 9.000 euros para cada técnico de acompañamiento.

En el caso de contratos de trabajo a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente.

El importe de las subvenciones concedidas no puede ser en ningún caso de una cantidad que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o bonificaciones de otras administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superen el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.

Cuarto. Plazos

1. El plazo para iniciar y llevar a cabo las actividades que se pueden subvencionar comprende: los salarios brutos de los trabajadores en situación de exclusión social, así como de los técnicos de producción y acompañamiento de las empresas de inserción, generados del día 1 de octubre de 2020 hasta el día 30 de septiembre de 2021.

2. El plazo para presentar las solicitudes es desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta día 8 de octubre de 2021, las personas interesadas tienen que presentar solicitudes de forma electrónica mediante el Registro Electrónico Común (REC), y tienen que adjuntar la solicitud específica del procedimiento que estará disponible a la Sede Electrónica de esta Administración, firmada electrónicamente.

 

Palma, 3 de agosto de 2021

El secretario general de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Jaume Colom Adrover (Por delegación de competencias del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo BOIB 97/2019)