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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 339823
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la cual se autoriza la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del Centro de Minusválidos Psíquicos de Son Tugores (Exp. SP 128/2021)

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Texto

En el dia de la firma electrónica (29 de julio de 2021) la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. En fecha 9 de mayo de 1991, el Consejo de Gobierno acordó la cesión gratuita de uso del Centro de Minusválidos Psíquicos de Son Tugores por un periodo de treinta años a favor del Consorcio para la Protección y Acogida de Disminuidos Psíquicos Profundos de Baleares (en adelante Consorcio Aprop).

2. En fecha 9 de mayo de 2021, finalizó la duración de la cesión de uso a favor del Consorcio Aprop, que ha manifestado su voluntad de seguir desarrollando su gestión al centro de Son Tugores.

3. El artículo 64 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril), establece que, si bien como regla general la cesión gratuita de uso no puede exceder los veinte años, transcurrido este plazo podrán autorizarse prórrogas por periodos no superiores a cinco años cada prórroga, a instancia motivada del cesionario y hasta un máximo de veinte años más de cesión de uso.

3. En fecha 13 de julio de 2021, el secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes emitió informe favorable sobre la prórroga de cesión gratuita de uso de la finca «Son Tugores» a favor del Consorcio Aprop por un plazo de dos años, a contar desde el 9 de mayo de 2021.

4. Los números de los activos en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears son el 100000002278 – 0 (terreno) y 100000002336-0 (construcción) con referencia catastral 07040A013000080000RG, inscripción en el Registro de la Propiedad núm. 7 de Palma (folio 7, tomo 1.778, libro 921, inscripción 2a y finca núm. 53.637).

5. En fecha 14 de julio de 2021, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores un oficio de la jefa del Departamento Jurídico de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes en el cual se adjunta una resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se insta la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores a iniciar el expediente de prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la finca «Son Tugores» a favor del Consorcio Aprop.

6. En fecha 27 de julio de 2021, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó resolución de inicio del expediente de que se trata.

8. En fecha 28 de julio de 2021, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.

Fundamentos de derecho

1. El Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 9 de mayo de 1991, por el cual se acordó la cesión gratuita de uso del Centro de Minusválidos Psíquicos de Son Tugores por un periodo de 30 años a favor del Consorcio para la Protección y Acogida de Disminuidos Psíquicos Profundos (APROP).

2. Los artículos 63 y 64, por remisión de los artículos 72, 87.g), y 88.f), incluidos en la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. Los artículos 128, 129 y 130, por remisión del artículo 142, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

​​​​​​​4. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

5. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

6. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, por el cual se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

7. El Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 36, de 16 de marzo).

Propuesta de Resolución

Propuesta a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores para que dicte resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del Centro de Minusválidos Psíquicos de Son Tugores a favor del Consorcio para la Protección y Acogida de Disminuidos Psíquicos Profundos de Baleares (Consorcio APROP).

2. Establecer que la cesión de uso se prorroga por un periodo de dos años, a contar desde el 9 de mayo de 2021.

3. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

4. Anotar las características de la cesión de uso en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, en el día de la firma electrónica (2 de agosto de 2021)

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau La directora general proponente Catalina Ana Galmés Trueba