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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 324229
Extracto de la Convocatoria pública de subvenciones Memoria Histórica de la Concejalía de Educación para el ejercicio 2021 aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 21 de julio de 2021
BDNS: 577188
En conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de la cual se puede consultar el texto completo en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/577188) y en la página web de la Concejalía palmaeduca.cat
Primero. Objeto
El objeto de esta convocatoria es promover la realización de publicaciones, documentales y proyectos tanto escritos como audiovisuales centrados en el estudio y la difusión de temáticas relacionada con la memoria histórica de la ciudad que se consideren de utilidad pública o social y de interés general, que redunden en beneficio de los ciudadanos.
Segundo. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarías de las subvenciones las personas físicas y jurídicas de derecho privado o público con personalidad jurídica que puedan llevar a cabo los proyectos o las actividades que se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención y cumplan los requisitos y las obligaciones previstas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 10 y 11 de la Ordenanza municipal de subvenciones.
Tercero. Modalidades subvencionables
Son las que, de manera indudable, responden a la naturaleza de la actividad subvencionada, resultan estrictamente necesarias y se realizan en el plazo establecido. En concreto, serán subvencionables los gastos relativos a conceptos que inciden de manera directa en la edición de la obra, tanto respecto a los contenidos (investigación, recopilación, fotografía, digitalizaciones, entre otras) como respecto a la producción (diseño, maquetación, impresión, formatos digitales, entre otros).
No son gasto subvencionable los costes indirectos de luz, teléfono, internet o gasolina ni los gastos de transporte.
Cuarto. Cuantía
El importe total que se dedica a esta convocatoria es de 20.000 euros. Se subvencionará los proyectos que han logrado la puntuación mínima establecida, con un máximo de 3.000 euros. La subvención se asignará a los proyectos por orden de puntuación hasta agotar la partida económica. El importe de la subvención atribuida al último beneficiario, según la orden de prelación, no podrá ser superior al crédito que quede disponible.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes debidamente rellenadas y que se encuentran disponibles en la página web palmaeduca.cat, se pueden presentar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB en el plazo de 20 días naturales.
Las personas jurídicas tendrán que presentar las solicitudes junto con la documentación que se tiene que adjuntar, de manera telemática en el registro electrónico del Ayuntamiento de Palma.
Palma, 26 de julio de 2021
La jefa del servicio p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000 de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Esperanza Vega Terrón