Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 336783
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de agosto de 2021 por el cual se modifica el Plan Consolidado de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19 y se determinan los niveles de alerta sanitaria por islas
Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de las Illes Balears de 9 de julio de 2021, se aprobó Plan Consolidado de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19, el cual supuso reunir en un único documento todas las disposiciones de prevención del contagio de la COVID-19 que eran aplicables a cada uno de los sectores de actividad que afectaban. Todo ello sin perjuicio que el Plan Consolidado deba de ser objeto de sucesivas modificaciones en el tiempo, en función de las necesidades que impongan las condiciones epidemiológicas coyunturales, o los cambios de planteamiento en las acciones de prevención que, el avance en el conocimiento de la COVID 19 y de la lucha contra esta enfermedad, aconsejen tomar.
A estas alturas, es muy patente que la situación epidemiológica del conjunto de las Illes Balears sigue la línea que se puso de manifiesto desde las primeras fechas del mes de julio.
La incidencia de la variante delta y su mayor capacidad de contagio la relajación de las medidas de contención de la transmisión de la enfermedad, y la coincidencia de una serie de fechas festivas, junto con la casi muy escasa vacunación entre la población de las franjas de menor edad, supusieron un precursor idóneo para la generación de un crecimiento repentino y altamente expansivo de la enfermedad entre el grupo de entre 14 y 29 años. Por otro lado, la actividad social de estos grupos de edad, especialmente en fechas vacacionales, favorece la transmisión del virus debido a la mayor facilidad para desarrollar una actividad social intensa, y si bien se está confirmando la hipótesis de que el porcentaje de los contagios dentro del grupo de edad 14-29 años, que generen cuadros de sintomatologías y consecuencias graves —no obstante producirse— es muy inferior a los que se dan en los grupos de edad superiores a los 45 años; no es menos cierto que estos contagios, después de iniciarse de forma muy focalizada en los grupos de menor edad, a estas alturas ya se vuelve a expandir entre los grupos de mayor riesgo, de tal modo que se puede afirmar, que solo gracias a la muy importante extensión que ha logrado, a estas alturas, el proceso de vacunación entre estos grupos de mayor riesgo, es por lo que no experimentamos unas consecuencias mucho más trágicas derivadas de esta expansión de contagios.
Por otro lado, la presión asistencial, tanto en planta como en las UCI hospitalarias, sigue un ritmo de crecimiento continuado, lo cual impone mantener las medidas restrictivas en cuanto al desarrollo de las relaciones sociales, que a estas alturas están en vigor o, si es necesario, endurecerlas.
Del informe emitido por el Comité Autonómico de Gestión de Enfermedades Infecciosas en fecha 30 julio de 2021 se desprende que, como consecuencia del seguimiento y análisis del riesgo sanitario que se ha realizado desde el día 14 de julio, la situación epidemiológica de las Illes Balears mantiene un crecimiento agudo de los indicadores de referencia (IA7, IA14 generales y referidos específicamente a personas mayores de 65 años, las tasas de positividad y la trazabilidad de los casos), los cuales se encuentran dentro de los márgenes de la situación de riesgo alto o extremo. Los indicadores asistenciales (porcentaje de ocupación de pacientes con COVID-19 de las camas de planta y de las camas de UCI ) también ascienden, si bien a estas alturas sigue dándose una cifra de ocupación de camas hospitalarias en relación al total de cifras de contagios activos mucho más contenida, que las ocupaciones de camas hospitalarias que, con la misma tasa de contagios activos, se producían a oleadas anteriores de la enfermedad, lo cual era por otro lado previsible, atendido el alcance logrado a estas alturas del proceso de vacunación.
Ahora bien, el porcentaje de ocupación de camas de críticos está experimentando un fuerte crecimiento en las islas. Así el informe del Comité destaca que:
«En en cuanto a la situación a nivel hospitalario, esta ha sufrido una agravación muy marcada en las últimas dos semanas. Así, la ocupación de camas por hospitalización por COVID-19 se encuentra de forma global en un nivel de riesgo mediano, situada a 9,19%, mientras que la ocupación de camas de cuidados críticos se encuentra en un nivel de riesgo muy elevado, con un 25,66%. A nivel de islas se aprecian diferencias significativas: así, mientras Mallorca presenta una ocupación de hospitalización en nivel de riesgo mediano (7,74%), Menorca se encuentran en situación de riesgo elevado (11,52%) e Ibiza (que incluye los ingresos procedentes de Formentera) se encuentra en riesgo muy elevado (18,11%). A su vez, la ocupación de camas de cuidados críticos se encuentra en situación de riesgo elevado en Mallorca (25,0%) e Ibiza (22,73%), mientras que en Menorca se encuentra en situación de riesgo muy elevado (42,86%). En líneas generales, se aprecia un aumento extremo del nivel de riesgo, dado que a día 30 de junio de 2021 ambos indicadores se encontraban en niveles de nueva normalidad.»
Así, globalmente, la comunidad autónoma presenta una incidencia acumulada a 14 días (IA14) por cada 100.000 habitantes en población general de 1005,3 y la de personas con más de 65 años es de 295,8. La tasa de positividad a 7 días es de 12,85%.
De este informe resulta que el día 28 de julio en Mallorca la incidencia (IA14) ha pasado desde los 454,5 casos el día 14 de julio a 903,3 casos el dia 28 del mismo mes y con las mismas referencias temporales, Menorca ha evolucionado de una IA14 de 1.050,8 a una IA14 de 811,4 en las mismas fechas; Eivissa, de 546,7 a 1750,0 y Formentera ha pasado de los 294,0 casos a 873,7.
Así es, hasta el punto que los niveles de IA14 que presentan las islas siguen siendo comparativamente superiores a la media de España (696,31) y al resto de países europeos.
Del mismo modo, el Comité Autonómico de Gestión de Enfermedades Infecciosas constata que en estos momentos la variante delta (90,3% de los casos) es totalmente dominante en el escenario epidemiológico, dejando en un papel casi testimonial la presencia del resto de variantes.
De esta forma el informe del Comité de Enfermedades Infecciosas patentiza, entre otros aspectos, que:
“Según el modelo predictivo a cuatro semanas vista diseñado por el Ministerio de Sanidad, actualizado a fecha 30 de julio, se pronostica que el pico de ocupación de camas UCI-COVID no se logrará antes del día 22 de agosto en las Illes Balears, llegando entonces a un 36,82% (riesgo muy elevado), mientras que el pico de ocupación hospitalaria COVID-19 no se lograría antes del día 16 de agosto, llegando a un 13,05% (riesgo elevado). Estas cifras son el resultado de, por un lado, una reducción progresiva en el porcentaje de casos sobre el total que acaba siendo hospitalizado gracias al efecto protector de las vacunas pero que, en presencia de un incremento extremo de la incidencia, no puede evitar que el número total de hospitalizados acabe aumentando, como resultado del contagio tanto de los subconjuntos no vacunados de la población como de la pequeña proporción de casos graves que se pueden dar en población vacunada, especialmente en los grupos más vulnerables.”
Destaca también la importancia de las medidas para proteger a las personas con mayor riesgo, como puede ser la gente mayor y usuarios de residencias:
“A pesar de la vacunación contribuye a proteger de forma extremadamente eficiente a los grupos de mayor edad, con una cobertura de vacunación más amplia, de forma que en estos grupos la incidencia se mantiene en magnitudes más moderadas, hay que remarcar que el hecho de ser el grupo más vulnerable a los efectos graves de la COVID-19 provoque que incidencias menores en este grupo impacten de forma más importante en los indicadores de hospitalización, especialmente a nivel de unidades de cuidados intensivos.”
“Así, la aparición de nuevos brotes en las últimas dos semanas a residencias de gente mayor en Mallorca, Menorca y Eivissa, ha provocado el ingreso hospitalario, a fecha 28 de julio, de 38 residentes.”
“Las residencias de gente mayor se han demostrado, a lo largo de la pandemia, como uno de los ámbitos de máxima vulnerabilidad frente a contagios por COVID-19. La convivencia estrecha entre usuarios y trabajadores, conjuntamente con la fragilidad de los usuarios por su edad avanzada, hacen que una vez se introduce un caso positivo dentro de este ámbito, los contagios se puedan propagar de forma muy rápida entre la mayoría de los usuarios, resultando en tasas elevadas de hospitalización y letalidad. Los contagios de los residentes se pueden dar a partir, fundamentalmente, de cuatro situaciones: contagio a partir de un trabajador infectado, contagio a partir de una visita a un residente, contagio durante las salidas de los residentes, y contagio a partir de otro residente. Dado que existen evidencias científicas de que los vacunas contra la COVID-19 no solo protegen de las consecuencias graves de la enfermedad, sino que también pueden disminuir de forma muy importante la transmisión entre personas (2,3), es fundamental que no solo los residentes estén vacunados, sino que también lo esté todo su entorno, para disminuir la probabilidad de contagio de este colectivo extremadamente vulnerable y, en caso de que por determinadas razones, estas personas no estén vacunadas, que se planteen medidas para asegurar que no se encuentren contagiadas (como serien el sometimiento en pruebas muy frecuentes de detección de infección activa por COVID-19, PDIAs) o la especial aplicación de las medidas de prevención de la transmisión de la COVID-19, especialmente el uso de mascarilla, mantenimiento de la distancia social y uso de espacios adecuadamente ventilados.”
Y finaliza con las siguientes conclusiones:
• Nos encontramos ante una situación en la qué, a pesar de parece haberse estabilizado el fuerte crecimiento de la transmisión de la COVID-19 de las últimas semanas, esta se mantiene en niveles muy elevados. Además, se ha intensificado el efecto de contagio de esta dinámica, inicialmente centrada básicamente en población joven hacia otros grupos de edad más vulnerables, con la reaparición, además, de brotes al ámbito de las residencias de gente mayor, y con proyección de que esta situación de incidencia elevada se pueda mantener durante las próximas semanas.
• El aumento de incidencia está relacionado con la relajación de las medidas de prevención, una mayor movilidad social y geográfica, y la explosión en las Illes Balears de la variante Delta, más transmisible y con cierta capacidad de evasión del efecto protector de las vacunas, especialmente por personas parcialmente vacunadas.
• La cobertura de vacunación de la población está aumentando rápidamente, superando ya el 71,9% de la población mayor de 12 años con una dosis y el 61% con pauta completa, pero todavía queda un porcentaje significativo de población vulnerable sin proteger y especialmente en riesgo en una situación de incremento de la transmisión de la enfermedad.
• El fuerte incremento a la incidencia se está traduciendo en una presión asistencial muy importante, a pesar de no sea equivaliendo a la observada en oleadas anterior (gracias al efecto protector de las vacunas). En las últimas dos semanas la ocupación hospitalaria por COVID-19 ha aumentado de forma muy significativa, y las predicciones son de que continúe aumentando hasta, al menos, la primera mitad del mes de agosto, llegando a lograr al pico el nivel de riesgo muy elevado en ocupación de camas de curas críticas y riesgo elevado en hospitalización total.
• Los actuales incrementos de ocupación ya están dando como resultado la activación de los planes de contingencia de los hospitales y la necesidad de suspender actividad quirúrgica no urgente.
• Aunque la mayoría de casos se concentran en gente joven, y estos tienen una menor incidencia de enfermedad grave en comparación con otros grupos de edad, hay que considerar el efecto que la Covid-persistente puede llegar a tener a medio y largo plazo en este grupo de población, así como el impacto a nivel sanitario y sociosanitario.
• El gran número de casos diagnosticados está generando situaciones de saturación tanto a nivel de la atención primaria como en los servicios de rastreo y seguimiento de casos y contactos, disminuyendo la eficiencia y la velocidad de la detección y aislamiento de nuevos casos. Esta pérdida de control sobre el rastreo podría favorecer, además, la entrada y diseminación de nuevas variantes más peligrosas.
• Las medidas de distanciación social han demostrado repetidamente a lo largo de la pandemia su eficacia para limitar la transmisión del SARS-CoV-2. Entre las medidas que se han mostrado más eficientes se encuentran las limitaciones en las reuniones sociales y familiares y las restricciones a las actividades en horario nocturno.
• En este sentido, se considera necesario limitar las reuniones sociales en horario nocturno entre personas no convivientes, dado el elevado riesgo de contagio que acompaña habitualmente a estas actividades, y especialmente en un momento en el que la incidencia en población joven se encuentra en nivel máximos, como herramienta fundamental para evitar que el aumento de la incidencia pueda llegar a niveles que comprometan la asistencia sanitaria de la población.
• Por otro lado, se considera necesario también establecer medidas que permitan limitar la generación de brotes en aquellos ámbitos de especial riesgo, bien sea por la vulnerabilidad de los implicados (como sería el caso de las residencias de gente mayor), bien por la capacidad de generación de acontecimientos de superdiseminación (como por ejemplo a acontecimientos multitudinarios o escuelas de verano). Entre estas medidas se propone la utilización de sistemas que certifiquen que los participantes en estas actividades se encuentren o bien inmunizados frente en la COVID-19 (por vacunación o infección previa) o bien que se han sometido a una PDIA con resultado negativo.”
Por todo esto, el Consejo de Gobierno, en su condición de responsable máximo de la política sanitaria en las Illes Balears, a propuesta de la consejera de Salud y Consumo, en la sesión de 2 de agosto de 2021, adoptó entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero. Disponer que desde la publicación de este Acuerdo hasta las 24.00 horas del día 23 de agosto de 2021, es aplicable a cada una de las Illes Balears el nivel de alerta sanitaria 4.
Segundo. Aprobar el Plan Consolidado de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19, que se anexa en este Acuerdo.
Tercero. Disponer que las medidas que contiene el Plan de Medidas desarrollado al anexo de este Acuerdo, esarán vigentes desde su publicación hasta que por parte del Gobierno de España se declare la finalización de la situación de crisis sanitaria de acuerdo con el actual artículo 2.3 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo. No obstante, si las circunstancias lo exigen, estas medidas pueden ser total o parcialmente eliminadas o modificadas por acuerdo del Consejo de Gobierno.
Cuarto. Notificar este Acuerdo a la Delegación del Gobierno en las Illes Balears, así como a la dirección operativa del Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (PLATERBAL) para la transición hacia una nueva normalidad derivada de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19.
Corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y a los ayuntamientos, en el ámbito de sus competencias, las funciones de vigilancia, inspección y control del cumplimiento correcto de las obligaciones que prevén este Acuerdo y el anexo, para garantizar su efectividad. A tal efecto, las administraciones mencionadas pueden solicitar la colaboración de las fuerzas y los cuerpos de seguridad del Estado. El incumplimiento de las medidas puede ser sancionado en conformidad con la normativa aplicable en materia de salud pública.
Quinto. Comunicar a la Dirección de la Abogacía este Acuerdo a fin de que, si lo considera oportuno, lo presente ante el órgano judicial competente al efecto que establece el artículo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Sexto. Publicar este Acuerdo y el anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Séptimo. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o, alternativamente, un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación, de conformidad con los artículos 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 2 de agosto de 2021
La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez