Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 330750
Aprobación definitiva modificación de crédito 9/2021
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 28 de junio de 2021, de aprobación inicial de la modificación de crédito 9/2021, de suplemento de créditos con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, tal y como sigue a continuación:
Suplementos en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Modificaciones de crédito |
|
Progr. |
Económica |
|
|
2311 |
48000 01 |
Atenciones benéficas y asistenciales |
147.000,00€ |
2313 |
63300 01 |
Residencia. Maquinaria, instal. Técnicas y utillaje |
3.000,00€ |
|
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TOTAL |
150.000,00€ |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:
Suplementos en Aplicaciones de Ingresos
Aplicación |
Descripción |
Modificaciones de crédito |
|
Progr. |
Económica |
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870 |
00 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales |
150.000,00 |
|
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TOTAL |
150.000,00 |
Contra este acuerdo, en virtud de lo que dispone el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción.
Sin perjuicio de lo anterior, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Artà, 30 de julio de 2021
El alcalde Manuel Galán Massanet