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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 321759
Decreto de Alcaldía de reestructuración de las delegaciones genéricas a Tenientes de Alcalde y regidores del Ayuntamiento

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Texto

 

El artículo 25 de la ley 20/2006 Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares establece que la administración municipal se puede estructurar en departamentos dirigidos desde una tinència de Batlia o desde una concejalía delegada, en las materias que se los atribuyan expresamente.

El artículo 21.1 de la ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen local, así como el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales (ROF) facultan al Alcalde a delegar parte de sus competencias en la Junta de Gobierno Local y en Tenientes de Alcalde y Regidores.

Viste el Decreto de Alcaldía de fecha 20/06/2019 que obra en el expediente 1789/2019, donde al señor Antoni Simó Tomàs y Canyelles, actualmente primer teniente de alcalde se le otorgan las delegaciones de las áreas de Cultura, Planeamiento urbanístico y Patrimonio, que a la señora Catalina Munar y Etxaniz, se le otorgan las delegaciones de Medio ambiente y Sanidad y al Sr. Biel Payeras Torrandell se le otorgan las competencias de Participación Ciudadana e innovación

Aprovechando la relación laboral de los diferentes regidores y por tanto de la dedicación que disponen para gestionar sus áreas se plantea la realización de una serie de cambios a efectos de potenciar la gestión de las diferentes áreas creando la delegación específica de servicios urbanos que incluye las competencias de limpieza viaria y recogida de basuras del Ayuntamiento de sa Pobla.

PRIMERO.- Por todo esto vendo al efectuar las siguientes delegaciones genéricas :

SR. ANTONI SIMÓ TOMÁS I CAÑELLAS:

CULTURA: Incluyendo la dirección política del espacio cultural Can Planes ,de la Congregació, Can Cirera Prim y Es Rafal. Las relaciones con las entidades culturales y el archivo municipal.

PLANEAMIENTO URBANÍSTICO: Propuesta e impulso de expedientes de planeamiento urbanístico municipal y participación en representación del Ayuntamiento en los de carácter territorial o sectorial que puedan afectar en el Municipio, sin perjuicio de las competencias delegadas por la Alcaldía a la Junta de Gobierno Local ni a las competencias que por Ley están atribuidas al Pleno de la Corporación.

SERVICIOS URBANOS: incluye las competencias de limpieza viaria y recogida de basuras del Ayuntamiento de sa Pobla y relación directa con los contratistas de los contratos afectos a los servicio.

SRA. CATALINA MUNAR ETXANIZ:

MEDIO AMBIENTE: Espacios naturales. Educación Medio Ambiental, Campañas de Civismo y vigilancia de vertidos ilegales. Bienestar animal y tenencia responsable.

SANIDAD: Relaciones con IBSALUD, sanidad alimentaria y sanidad animal.

SR. BIEL PAYERAS TORRANDELL:

PARTICIPACIÓN CIUDADANA: Área de carácter transversal que implica el mantenimiento y la introducción de elementos de participación ciudadana en todos los ámbitos de la actuación municipal, con especial incidencia en la colaboración con la Concejalía de Ferias y Fiestas y responsabilidad política de sa Pobla Radio

INNOVACIÓN: Administración electrónica, simplificación de los procedimientos, software y equipación informática municipal

PATRIMONIO HISTÓRICO: Propuesta e impulso de los expedientes de naturaleza Patrimonial incluido el de aprobación definitiva del Catálogo de Protección del Patrimonio y sus modificaciones, sin perjuicio de las competencias que por Ley están atribuidas al Pleno de la Corporación.

 

SEGUNDO.- Las anteriores delegaciones incluyen las siguientes competencias:

a) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales correspondientes a cada área delegada (21.1.d. L 7/1985)

b) Disponer gastos propios de la correspondiente concejalía, de acuerdo con el procedimiento de contratación correspondiente, con un máximo de 2.000 € por gasto, iva excluido. (21.1.f)

TERCERO.- Las presentes delegaciones tendran efectos en el día de su firma y de ellas se dará cuenta al inmediato Pleno de la Corporación con posterioridad a la firma de esta resolución, se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y al portal de transparencia de la sede electrónica municipal al apartado 1,Institucional, 1,1 Organigrama y Funciones.

Lo manda y firma lo sr. Alcalde Llorenç Gelabert Crespí, a la fecha de la firma electrónica, yo el Secretario doy fe.

 

Sa Pobla, en el día de la firma electrónica (27 de julio de 2021)

​​​​​​​El alcalde Llorenç Gelabert Crespí