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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 315516
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 19 de julio de 2021, relativo a la renovación del Concierto social del servicio residencial de acción educativa especial para menores de edad en situación de guarda o tutela del Consejo Insular de Menorca formalizado con AMADIBA (exp. 1852-2018-000001)

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Texto

1. El servicio residencial de acción educativa especial es un servicio especializado para jóvenes con graves problemas emocionales y de conducta, con los que la intervención debe contextualizarse en un marco terapéutico para dar respuesta a las necesidades específicas de cada menor. La parte terapéutica en este contexto no se limita a que los menores reciban asistencia por parte de profesionales de psicoterapia, sino que se incorpora en el diseño global y en el modelo de trabajo socio educativo del acogimiento residencial diferente de nuestro servicio de acogida para a personas menores de edad en situación de guarda o tutela con necesidades residenciales a medio y largo plazo que ofrece el Centro de Atención a la Infancia y Familia.

2. En la sesión de carácter ordinario del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de 30 de julio de 2018 se aprobó la convocatoria del Concierto social para el servicio residencial de acción educativa especial para menores de edad en situación de guarda o tutela, por el procedimiento de urgencia previsto en la disposición transitoria primera del Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el que se establecen los principios generales a los que deben someterse los conciertos sociales.

3. En sesión de carácter ordinario del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de 17 de septiembre de 2018, se acordó adjudicar el Concierto social para una plaza del servicio a la entidad AMADIBA y el 19 de septiembre se firmó el documento de formalización de dicho concierto entre el CIM y AMADIBA.

4. Mediante RE núm. 21582 de 19 de septiembre de 2018, AMADIBA aportó la correspondiente declaración responsable en la que manifestaba que seguía cumpliendo los requisitos para prestar este servicio y ponía a disposición dos plazas más en caso de necesidad por parte del Consejo Insular de Menorca.

5. En fecha 11 de octubre de 2018, mediante el informe emitido por el Servicio de Infancia y Familia del CIM, se constata la necesidad urgente de incrementar una plaza más por parte del Consejo Insular de Menorca del servicio residencial de acción educativa especial para menores de edad en situación de guarda o tutela

6. Con RS núm. 14885 de 10/14/2018, se requirió a la entidad AMADIBA que manifestara si estaba dispuesta a asumir la ampliación con 1 plaza más el concierto social formalizado el 19 de septiembre de 2018.

7. Con RE núm. 24.294 de 10/18/2018, la entidad AMADIBA manifestó la voluntad de ampliar el concierto social formalizado el 19 de septiembre de 2018 con una plaza más.

8. En sesión de carácter ordinario del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de 29 de octubre de 2018, se acordó ampliar con una plaza más el Concierto social del servicio residencial de acción educativa especial para menores de edad en situación de guarda o tutela del Consejo Insular de Menorca con AMADIBA, y el 2 de noviembre se firmó el documento de formalización de la ampliación de dicho concierto entre el CIM y AMADIBA.

9. En sesión de carácter ordinario del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de 22 de julio de 2019, se acordó la primera renovación del Concierto social de acción educativa especial para menores de edad en situación de guarda o tutela del Consejo Insular de Menorca, formalizado con la entidad AMADIBA el 9 de agosto del 2019.

10. En sesión de carácter ordinario del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 3 de agosto de 2020, se acordó la segunda renovación del Concierto social de las dos plazas del servicio residencial de acción educativa especial para menores de edad en situación de guarda o tutela del Consejo Insular de Menorca con AMADIBA, desde el 19 de septiembre de 2020 hasta el 18 de septiembre de 2021.

11. A día de hoy todavía hay 2 menores de edad en situación de guarda o tutela del Consejo Insular de Menorca en el centro de AMADIBA concertado.

12. El artículo 7.1 de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que «La duración de los acuerdos de acción concertada será 'establecida en cada acuerdo, con un máximo de diez años. Sin embargo, se pueden renovar de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente y las normas presupuestarias, siempre que se mantenga la demanda de prestación del servicio».

13. El artículo 21 del Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el que se establecen los principios generales a los que deben someterse los conciertos sociales, establece que los requisitos de la renovación de conciertos son los siguientes:

a. Los conciertos se renovarán siempre que la Administración competente, previo informe, justifique la necesidad para cubrir la demanda del servicio, y haya consignaciones presupuestarias disponibles.

b. Las entidades de iniciativa privada y el servicio concertado deben continuar cumpliendo los requisitos que determinaron la aprobación del concierto que se debe renovar.

c.  La duración de la renovación puede ser, como máximo, por el mismo período que el del concierto inicial. 

14. El artículo 22 del Decreto 48/2017 mencionado regula el procedimiento de renovación de conciertos formalizados, por lo que se debe tener en cuenta lo siguiente:

- El procedimiento de renovación de conciertos se puede iniciar de oficio, hasta un mes antes de que finalice el concierto social, o a instancia de parte. En este último caso las entidades de iniciativa privada que quieran renovar un concierto social para un determinado servicio lo solicitarán a la Administración competente con una antelación de seis meses.

15. La disposición final primera de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares establece que «Por motivos de urgencia o cuando se trate de servicios de implantación reciente, siempre que no se puedan satisfacer las necesidades de la población con otros servicios idóneos, la administración, previa acreditación de estas circunstancias, puede suscribir acuerdos de acción concertada con las entidades de iniciativa privada que tengan autorizados los servicios. Estos conciertos se celebrarán por un año y se pueden ampliar y renovar si, en este periodo, los servicios obtienen la acreditación o si subsisten las necesidades que motivaron la formalización ».

16. Dada la experiencia de concertación de dos (2) plazas del servicio residencial especializado de acción educativa especial para menores de edad en situación de guarda o tutela del Consejo Insular de Menorca, el análisis de costes derivada de la convocatoria del concierto recomendaba la concertación del servicio cuando deban atender pocos casos de estos perfiles, y se constata la demanda constante pero reducida y fluctuante en pocos casos.

17. El informe técnico de fecha 22 de junio de 2021 plantea la necesidad de renovar de oficio el concierto social por un (1) año más.

Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Bienestar Social,

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los siete miembros asistentes (señora Mora Humbert, señor Maria Ballester, señora Torrent Bagur, señor Pastrana Huguet, señor Juaneda Mercadal, señora Gomis Luis y señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Renovar el Concierto social de 2 (dos) plazas del servicio residencial especializado de acción educativa especial para menores de edad en situación de guarda o tutela del Consejo Insular de Menorca formalizado con la entidad AMADIBA, con NIF núm. G07758667, por un importe máximo de 141.225,80 € (ciento cuarenta y un mil doscientos veinte y cinco euros con ochenta céntimos), IVA excluido, desde el 19 de septiembre de 2021 hasta el 18 de septiembre de 2022.

Segundo. Autorizar y disponer un gasto añadido máxima de 141.225,80 € (ciento cuarenta y un mil doscientos veinte y cinco euros con ochenta céntimos), IVA excluido, a favor de la entidad AMADIBA, con NIF núm. G07758667, para prestar el servicio residencial de acción educativa especial para menores de edad en situación de guarda o tutela del Consejo Insular de Menorca, de acuerdo con la distribución máxima siguiente por anualidades:

Año

Cuantía

Partida presupuestaria

2021

39.852,76 €

23123 2279910

2022

101.373,04 €

23123 2279910

Tercero. Requerir a la entidad AMADIBA una declaración responsable en la que manifieste que sigue cumpliendo los requisitos exigidos para poder concertar el servicio en el momento de formalizar el concierto, de acuerdo con lo previsto en el punto 8.3. de la convocatoria.

Cuarto. Formalizar la renovación del concierto social mediante la firma del modelo de documento administrativo del concierto social aprobado en la sesión de carácter ordinario del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de 17 de septiembre de 2018, que se regirá por las estipulaciones contenidas en los presentes acuerdos y por el Pliego general de condiciones técnicas.

Quinto. Notificar los presentes acuerdos a la entidad interesada.

Sexto. Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la web del Consejo Insular de Menorca, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el que se establecen los principios generales a los que deben someterse los conciertos sociales.

 

Maó, 21 de julio de 2021

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)