Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE PALMA
AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-
Núm. 312970
PalmaActiva. Anuncio notificación acuerdo inicio procedimiento de reintegro de subvención expediente número 2054
La Junta de Gobierno, en sesión de fecha 9 de junio de 2021, JGL 20210609_01_023, acordó: “Iniciar el procedimiento de reintegro sobre el beneficiario de la subvención, Manpreet Kaur con NIE ****4570G, y número de expediente 2054, dado que del informe emitido por el técnico competente, de fecha 18 de mayo de 2020, se desprende que se ha producido una justificación incorrecta de la subvención recibida, dado que no se ha presentado la documentación requerida de forma completa y no se ha justificado el mantenimiento de la actividad empresarial durante los 6 meses siguientes a la fecha de finalización del estado de alarma.”
No ha sido posible la notificación, por carta certificada con acuse de recibo, a la persona interesada y de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación de este anuncio.
Queda a disposición de la persona interesada la citada notificación, que podrá recoger, durante los 10 días siguientes al de la publicación del anuncio en el BOIB, en la sede de PalmaActiva, área de Promoción Económica, Comercio, situada en la calle Socorro, 22, CP 07001 de Palma.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, puede presentarse recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación, y en este caso no se puede interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro de este Organismo o a las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de uno de octubre antes mencionada. Se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, según lo que establece el artículo antes mencionado 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, según las competencias determinadas en los artículos 8 y 10 de la ley 29/98, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de recibir esta notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Palma, 21 de julio de 2021
La gerente de PalmaActiva
Susana Rincón Otero