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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 312903
Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2021 del consejero de Medio Ambiente y Territorio de convocatoria de subvenciones para la financiación de inversiones relativas a la prevención, reducción y gestión de residuos en las Islas Baleares para los años 2021, 2022 y 2023
BDNS (Identif.): 575457
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.bi 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de las ayudas para las actuaciones objeto de subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades locales y las empresas públicas que se dediquen a la gestión de residuos en el ámbito territorial de las Islas Baleares.
Segundo. Objeto:
Esta convocatoria tiene por objeto establecer la convocatoria de subvenciones para mejorar la prevención y gestión de residuos municipales mediante ayudas para mejorar los centros de recogida de las Illes Balears y adecuarlas a la normativa vigente, construir nuevos puntos limpios y adquirir puntos limpios móviles, financiar campañas de sensibilización de residuos, financiar la redacción de planes y programas de prevención y gestión de residuos municipales, instalar papeleras para permitir la recogida selectiva de ciertas fracciones en las calles, fomentar el compostaje doméstico y comunitario, financiar la recogida selectiva a nivel municipal del residuo textil y fomentar la organización de eventos por parte de los municipios con residuo cero.
Asimismo esta convocatoria tiene por objetivo contribuir a la implementación del programa establecido en el Plan Director Sectorial de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de las Illes Balears financiando la retirada de amianto de edificios públicos.
Las actuaciones se detallan a continuación:
Tercero. Bases reguladoras:
Orden del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de 3 de octubre 2017 (BOIB núm. 123/2017, de 7 de octubre), que establece las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de inversiones relativas a la prevención, la reducción y la gestión de residuos.
Cuarto. Cuantía:
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 2.180.000 euros repartidos entre los años 2021, 2022 y 2023, desglosados de la manera indicada en la tabla siguiente y con cargo a las partidas presupuestarias que figuran en las equivalentes de las sucesivas aplicaciones presupuestarias.
Año |
Cuantía |
Partida presupuestaria |
2021 |
150.000 € |
15601 G/571A01 46001 00 |
2021 |
150.000 € |
15601 G/571A01 76001 00 |
2022 |
670.000 € |
15601 G/571A01 46001 00 |
2022 |
270.000 € |
15601 G/571A01 76001 00 |
2023 |
670.000 € |
15601 G/571A01 46001 00 |
2023 |
270.000 € |
15601 G/571A01 76001 00 |
2021 |
150.000 € |
15601 G/571A01 46001 00 |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Se tiene que presentar la solicitud de acuerdo con el modelo que se adjunta Anexo I, que está disponible en la página web <http://www.residus.caib.es>.
Se prevén dos plazos para la presentación de las solicitudes. Aquellas entidades que, teniendo en cuenta los plazos de ejecución y justificación previstos en el punto 15 de esta convocatoria, deseen acogerse al pago previsto para el año 2021, deberán presentar la documentación para solicitar la subvención en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Para las actuaciones que se hayan de finalizar y ejecutar posteriormente el 2021 el plazo para presentar las solicitudes y la documentación indicada es de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. La documentación, dirigida al consejero de Medio Ambiente y Territorio, se presentará en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio o por las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Otros datos:
El reconocimiento de la obligación se realizará una vez se haya justificado suficientemente la realización de la actividad subvencionada, mediante la presentación de la cuenta justificativa presentada por el beneficiario.
Palma, 22 de julio de 2021
El consejero de Medio Ambiente y Territorio
Miquel Mir Gual