Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 312598
Decreto de organización del Consejo Insular de Mallorca por el cual se modifica el Decreto de día 26 de enero del 2021 por el cual se determina la organización del Consell Insular de Mallorca.
Esta presidencia ha decretado:
“Hechos
1. En fecha 1 de enero de 2021 se hizo efectiva la integración del personal y de los recursos del Consorcio TIC Mallorca en la estructura del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local.
2. Como consecuencia de esta integración, el Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local tiene en su presupuesto el programa 49175 Programa TIC Mallorca. Dado que este programa incluye la económica 20600, que corresponde a alquiler de equipos informáticos, y que de acuerdo con la actual redacción del Decreto de organización, es el Departamento de Presidencia el que tiene las atribuciones de alquiler de equipos informáticos.
3. Es necesario hacer una reestructuración de las atribuciones del departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local y del Departamento de Presidencia.
Fundamentos de derecho
1. En el artículo 62 del Estatuto de autonomía se dice que los consejos insulares establecen su organización de acuerdo con la Constitución o el dicho Estatuto.
2. En el artículo 9.2 f) de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, se establece que corresponde al presidente o presidenta fijar las atribuciones de los diferentes órganos de cada departamento.
3. En el artículo 13.4 de esta misma ley se dice que el Reglamento orgánico del consejo tiene que determinar los criterios mínimos de organización de los departamentos, los cuales se tienen que desplegar en el decreto del presidente o presidenta a que hace mención el dicho artículo 9.2 f), que, a su vez, tiene que establecer con precisión las atribuciones de los diferentes órganos de cada departamento, incluidas, si procede, las de carácter resolutorio en cuanto a las consejeras y los consejeros ejecutivos, a las directoras y los directores insulares y a las secretarias y los secretarios técnicos.
4. En el artículo 40.2 del Reglamento orgánico del consejo dice que la creación, la extinción y la modificación del número, de la denominación y de las atribuciones de los departamentos se hace mediante el Decreto de organización de la Presidencia. En este decreto se establece con precisión las atribuciones de los órganos de cada departamento, incluidas, si procede, las de carácter resolutorio en cuanto a los consejeros ejecutivos y a las consejeras ejecutivas, directores y directoras insulares y secretarios técnicos y secretarias técnicas. El contenido de estas resoluciones se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y se comunica al Pleno en la primera sesión.
En virtud de todo el que se ha expuesto:
DECRETO
Artículo único. Modificación del Decreto organización del Consejo Insular de Mallorca de 26 de enero de 2021, en el sentido siguiente:
1. Se modifica la letra r del artículo 4, que queda redactada:
r) Proveer del material informático necesario las diversas áreas del Consejo de Mallorca, salvo las que correspondan en el programa TIC Mallorca, y gestionarlo, dotar de la infraestructura de comunicaciones de voz y datos. Apoyar a usuarios del sistema.
2. Se modifica la letra m del artículo 9, que queda redactada:
m) Ofrecer servicios y aplicaciones informáticas de forma centralizada que mejoren la gestión municipal y reduzcan costes a los ayuntamientos. Alquilar equipos informáticos correspondientes en el programa TIC Mallorca.
Disposición final única
Vigencia
Este Decreto entra en vigor el mismo día de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
Palma, 20 de julio de 2021
El Órgano Resolutorio
Catalina Cladera Crespí