Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 311226
Anuncio convocatoria subvenciones en materia de ayudas para estudiantes de estudios superiores del municipio de Eivissa curso 2020/2021
Extracto de la resolución del día 7 de juny de 2021 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa, por la que se convocan subvenciones en materia de ayudas para estudiantes de estudios superiores del municipio de Eivissa curso 2020/2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, texto íntegro de la cual puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/573987)
Primero. Personas beneficiarias
Pueden ser personas beneficiarias de estas ayudas los/las estudiantes que cumplan los requisitos siguientes:
1. Estar empadronado en el municipio de Eivissa con una antigüedad mínima de 2 años continuados a contar del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
2. No haber cumplido los 31 años a contar del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
3. Estar matriculado en el curso 2020/2021 de los estudios establecidos en el punto segundo, con los siguientes mínimos:
a) Estudios universitarios de grado y enseñanzas artísticas superiores: 50 créditos. Cuando se trate del resto de créditos para conseguir la titulación, se exigirá estar matriculado de un mínimo de 24 créditos.
b) Ciclos formativos de grado superior: el 100 % del curso.
4. Haber aprobado, en el curso 2020/2021, los siguientes mínimos:
a) Estudios universitarios de grado y enseñanzas artísticas superiores: el 80 % de los créditos matriculados.
b) Ciclos formativos de grado superior: el 100 % del curso.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es la concesión por parte del Ayuntamiento de Eivissa de ayudas para estudiantes de educación superior del municipio de Eivissa para el curso 2020/2021. Los estudios objeto de estas ayudas tienen que ser títulos oficiales cursados en centros de toda España y con validez en todo el Estado español. En concreto, son objeto de ayudas:
a) Estudios presenciales y no presenciales cursados en Eivissa o fuera de la isla.
1. Estudios universitarios de grado.
2. Enseñanzas artísticas superiores (título superior).
3. Ciclos formativos de grado superior.
Los estudios no presenciales se considerarán siempre como cursados en Eivissa.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases específicas reguladoras de las ayudas para estudiantes de estudios superiores del municipio de Eivissa están publicadas en el BOIB nº 54 de fecha 24 de abril de 2021, en la página web municipal (http://www.eivissa.es) y en la sede electrónica (https://eivissa.sedelectronica.es).
Cuarto. Importe
Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 90.000,00 € con cargo en las partidas 33700 48100 y 33700 48101 del ejercicio presupuestario 2021.
Se otorgarán un máximo de cien ayudas repartidas de la siguiente manera:
a) cincuenta ayudas de 700,00 € para los estudiantes que realicen los estudios en Eivissa:
-veinticinco para estudiantes de grado y de enseñanzas artísticas superiores.
-veinticinco para estudiantes de ciclos formativos de grado superior.
En caso de que no se cubran la totalidad de las ayudas para estudiantes de grado/ enseñanzas artísticas superiores o de ciclos formativos de grado superior, pueden otorgarse independientemente del hecho que los estudios cursados sean de un tipo o del otro.
b) cincuenta ayudas de 1.100,00 € para los estudiantes que realicen los estudios fuera de la isla de Eivissa:
-veinticinco para estudiantes de grado y de enseñanzas artísticas superiores.
-veinticinco para estudiantes de ciclos formativos de grado superior.
En caso de que no se cubran la totalidad de las ayudas para estudiantes de grado/ enseñanzas artísticas superiores o de ciclos formativos de grado superior, pueden otorgarse independientemente del hecho que los estudios cursados sean de un tipo o del otro.
Así mismo, en caso de que no se cubran la totalidad de las ayudas destinadas en las categorías de los apartados a) o b), pueden otorgarse independientemente del hecho que los estudios sean cursados en Eivissa o fuera de la isla de Eivissa.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.
Eivissa, en el día de la firma electrónica a (9 de julio de 2021)
El alcalde
Rafal Ruiz Gonzalez