Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 309838
Aprobación definitiva del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 08/21 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de créditos extraordinarios financiados con cargo al Remanente Líquido de Tesorería.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Expedient núm.: 6130/2021

PRIMERO. Aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito núm. 08/21,  financiado con cargo al  Remanente Líquido de Tesorería,   se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

 Estado de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario

Créditos finales

Progr.

Econ.

 

 

 

 

 334

62286

Certificado número 30 y importe pendiente de liquidación obras “Complejo socio-cultural Caló de s'Oli”

0,00 €

299.396,22 €

299.396,22 € 

 312

62228

Proyecto “Condicionamiento planta baja y exteriores Centre de Salud Cala de Bou”

 0,00 € 

110.199,54 €

110.199,54 €

334

47907

Subvención creación documental cultural musical Pitiüses

0,00 €

29.282,00 €

29.282,00 €

 

 

TOTAL

 0,00 €

438.877,76 € 

438.877,76 € 

 Esta modificación se financia con cargo al Remanente Líquido de Tesorería,  en los siguientes términos:

 Estado de Ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

 8

87

87000

Remanente Líquido de Tesorería 

438.877,76 €

 

 

 

TOTAL INGRESOS

438.877,76 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

SEGUNDO. MODIFICAR la Base 10ª de las Bases de ejecución del Presupuesto, donde se prevén las subvenciones nominales, y añadir la siguiente:

PARTIDA

NIF

BENEFICIARIO

CANTIDAD

47907

B64997646

TENDENCIAS TVONLINE SL

29.282,00 €

Contra los presentes acuerdos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Sant Josep de sa Talaia, en la fecha de la firma electrónica (21 de julio de 2021)

El alcalde

Angel Lluis Guerrero Domínguez