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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 308026
Convocatoria subvenciones para la concesión de cupones de consumo para la promoción y reactivación del comercio local del municipio de Pollença. (Base de datos nacional de subvenciones núm. 575874)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Extracto de la convocatoria.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3bi 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo de las bases se puede consultar en el BOIB de ese mismo día.

OBJETIVO

Teniendo en cuenta que la crisis sanitaria provocada por la Covidien-19 ha supuesto un alto coste económico y social para los comercios y empresas del municipio, el área de comercio del Ayuntamiento de Pollença quiere seguir apostando por poner en marcha medidas dirigidas a fortalecer la economía local y el aumento de las ventas.

Con este objetivo, se desarrollan las presentes bases para poner en marcha una campaña de cupones de compra para los ciudadanos y ciudadanas del municipio que se podrán emplear los comercios del término municipal de Pollença que se adhieran a la campaña, para conseguir así un aumento de las ventas así como también generar un nivel de consumo que equilibre la pérdida económica que han sufrido estos últimos meses.

En definitiva se pretende fomentar el desarrollo económico local del municipio de Pollença, de acuerdo con las competencias atribuidas al art.29.1.t) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, con el fin de aumentar la productividad y competitividad de los comercios.

Beneficiarios

Se consideran beneficiarios de estas ayudas los comercios y empresas del municipio de Pollença y las personas físicas mayores de 16 años que realicen compras en los comercios adheridos a la campaña.

4.1.- Las personas físicas son las receptoras del cupón de compra cuando realicen una compra en un establecimiento adherido.

4.2.-Los comercios y las pequeñas empresas con local abierto al municipio de Pollença. Las actividades económicas que se pueden acoger a la convocatoria para ser receptores de las compras con cupones deben tener el título que le habilita para el ejercicio de la actividad y se encuadran en los epígrafes que figuran en el anexo 5 de las bases.

Asimismo, se excluyen del ámbito de esta convocatoria las empresas de gran implantación nacional o internacional de domicilio fiscal fuera de Pollença, así como las grandes superficies.

Podrán tener la consideración de entidades adheridas aquellos establecimientos comerciales de atención al público que reúnen los siguientes requisitos:

a. Tener domicilio social y fiscal en el municipio de Pollença.

b. Figurar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas

c. Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento, así como estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

d. No estar en ninguna de las circunstancias que le impidan adquirir la condición de persona beneficiaria de la ayuda económica, que establece el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276 de 18.11.2003).

e. Tener la condición de pequeña empresa, definida en esta convocatoria como aquella con una plantilla de máximo 10 trabajadores y con una facturación anual inferior a 1.000.000 de euros.

f. Disponer de título habilitante municipal para ejercer la actividad, expedido por el Ayuntamiento de Pollença (licencia de apertura y funcionamiento, declaración responsable de inicio y ejercicio de actividad, o similar).

 

En el caso de que hubiera algún incumplimiento o falta de veracidad en cuanto a la documentación por parte de los establecimientos adheridos, el Ayuntamiento de Pollença podrá cancelar la adhesión de los mismos en el programa de cupones de compra de Pollença, y aplicar las medidas derivadas del incumplimiento a que pueda dar lugar.

Cupones de compra

Los beneficiarios, previa compra en algún de los comercios adheridos a la campaña, deberán presentarse en las dependencias del Ayuntamiento de Pollença con el ticket de la primera compra realizada, para obtener un cupón de consumo.

El número de cupones de compra que realizará el Ayuntamiento será de 1000 cupones con un valor de 40 euros por cupón.

Cada empresa adherida a la campaña dispondrá del mismo número de cupones y por lo tanto el cliente deberá elegir en función de los cupones asignados a los comercios y que estén disponibles en el momento de la adquisición, previa comprobación de que esta persona cumple los siguientes requisitos:

a. Sólo podrán optar a recibir el cupón de compra las personas físicas mayores de 16 años.

b. Se podrá recibir un máximo de 1 cupón de compra por persona y sin que resulte reembolsable el importe no gastado.

c. Este cupón estará debidamente numerado con un código con el objetivo de relacionar cada cupón con la persona que lo ha recibido. Los cupones válidos y oficiales llevarán el sello del Ayuntamiento de Pollença.

d. El cupón de consumo tendrá un valor de 40 euros y se podrá consumir únicamente en los establecimientos adheridos a la convocatoria.

e. Los cupones deberán consumirse durante el período que indique la convocatoria y en una única compra.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince (15) días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y en la web del Ayuntamiento de Pollença.

Campaña de cupones de compra

El periodo de la campaña será de día 04 de octubre de 2021 a 06 de diciembre de 2021.

  

Pollença, 20 de julio de 2021

El alcalde

Bartomeu Cifre Ochogavia