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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 305477
Resolución de Alcaldía del Ajuntament de Son Servera, por la cual se informa que se ha agotado el crédito disponible en la convocatoria del procedimiento de concesión directa y a fondo perdido de ayudas para paliar los efectos de la Covid-19 en los sectores económicos del término municipal de Son Servera

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Texto

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Islas Baleares), ha resuelto mediante Decreto de Alcaldía núm. 2021-1054 de 16 de julio de 2021, lo siguiente:

 

 

"Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares).       

El 10 de marzo de 2021, el Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca acordó la concesión de subvenciones de la convocatoria 2021 dirigida a los ayuntamientos de Mallorca para paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la Covid-19 en los sectores económicos con RGE 2021-E-RC-1 949 de 25 de marzo de 2021, el cual fue publicado en el BOIB núm. 36, de 16 de marzo de 2021.

El 18 de marzo de 2021, se formalizó el Convenio de colaboración entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Ajuntament de Son Servera para conceder ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la Covid-19 en los sectores económicos.

El 28 de abril de 2021, el Pleno del Ayuntamiento acordó aprobar las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión directa y a fondo perdido de ayudas para paliar los efectos de la Covid-19 en los sectores económicos del término municipal de Son Servera, y se publicaron en el BOIB núm. 58 de 4 de mayo de 2021.

Las ayudas económicas reguladas en esta convocatoria se dotaron con un presupuesto de 296.800,47 euros. Cuantía resultante de las aportaciones siguientes: por una parte, 98.933,49 euros del propio Ayuntamiento de Son Servera; por otra parte, 98.933,49 euros provenientes del Consell de Mallorca; y finalmente, 98.933,49 euros provenientes del Gobierno de las Islas Baleares.

Del crédito destinado se han tramitado ayudas por un importe de 296.000 euros por lo que permanece un crédito disponible de 800,47 euros, insuficiente para poder hacer frente a ninguna otra de las solicitudes presentadas.

Por este motivo, es conveniente informar a los interesados ​​que se ha agotado el crédito y, en consecuencia, dar por finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Por todo ello,

​​​​​​​

RESUELVO

Primero.- Informar que se ha agotado el crédito disponible en la convocatoria del procedimiento de concesión directa y a fondo perdido de ayudas para paliar los efectos de la Covid-19 en los sectores económicos del término municipal de Son Servera (BOIB núm. 58 de 4 de mayo de 2021),  el objeto de la cual es conceder ayudas directas a personas físicas y jurídicas, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que tengan establecimiento abierto al público o desarrollen su actividad en el término municipal de Son Servera y que se hayan visto afectados por la crisis económica derivada de la crisis Sanitaria provocada por la Covid-19.

Segundo. - Dar por finalizado el plazo para presentar solicitudes.

Tercero. - Comunicar esta Resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

​​​​​​​Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente se puede interponer un recurso de reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Son Servera en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, o directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo competente. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

  

Son Servera, 16 de julio de 2021

La alcaldesa

Natalia Troya Isern