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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 305362
Proyecto de reparcelación

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de día 28 de junio de 2021 , entre otros, se adoptó el siguiente acuerdo, cuya parte dispositiva dicetextualmente:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación por el sistema de compensación de la Unidad de Ejecución UE 2.06 de las NNSS, condicionado al cumplimiento de las determinaciones de los informes técnico y jurídico transcritos.

SEGUNDO.- Que se proceda a la publicación en el BOIB del acuerdo de aprobación definitiva y en la pàgina web municipal, donde constará el contenido íntegro del proyecto aprobado, comunicándolo por citación personal a los titulares interesados. La eficacia del proyecto de reparcelación requerirá la notificación de su aprobación definitiva a todas las persones titulares intereresadas y acreditación que se ha realizado, si es el caso, el pago o depósito de las indemnizaciones correspondientes. A los efectos de la inscripción del acuerdo de aprobación definitiva del proyecto se tendrá que verificar previamente el cumplimiento de lo que se dispone en el articulo 243 del “Reglament per a l'illa de Mallorca de la Llei 2/2014”.

Contra este Acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, solo se podrá interponer el recurso de reposición previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 sobre PAC, ante el Alcalde, en el plazo de un mes, contado a partir del díasiguiente al de la notificación expresa del Acuerdo.

Dicho recurso de reposición, se entenderá desestimado transcurrido otro mes sin que se notifique su resolución.

Contra la resolución del recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrà interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si fuera expreso, si no fuera expreso, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

 

Marratxí, 19 de julio de 2021

El regidor de Urbanismo

Joan Francesc Canyelles Garau