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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 303000
Acuerdo del Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de 13 de julio de 2021, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de 31 de mayo de 2021 por la cual se establecen medidas y pautas de actuación para la reincorporación progresiva de los empleados de la Agencia Tributaria de las Illes Balears

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Texto

1. El Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, a propuesta del Administrador Tributario de la ATIB (por vacante de la Dirección de la ATIB, art. 5.3 de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 12/22/2016. BOIB núm. 163, de 29/12/2016), en la sesión de 13 de julio de 2021, adoptó, sin perjuicio de la ulterior aprobación del acto, entre otros, el siguiente acuerdo que, transcrito literalmente, dice:

“Aprobar el Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de 31 de mayo de 2021, por el que se establecen medidas y pautas de actuación para la reincorporación progresiva de los empleados de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y su publicación en el BOIB, en los términos que constan en el Anexo de este Acuerdo."

2. Ordenar la publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 15 de julio de 2021

El administrador tributario

Justo Alberto Roibal Hernández

(Por vacante de la Dirección de l'ATIB. Art.5.3 Orden 22/12/16. BOIB núm. 163 de 29/12/16)

 

ANEXO

Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de 31 de Mayo de 2021, por el que se establecen medidas i pautas de actuación para la reincorporación progresiva de los empleados de la Agencia Tributaria de las Illes Balears

Normativa

1. La resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad publicada en el BOIB 60 de 5 de mayo, en su anexo I, establece las medidas para la reincorporación presencial del personal de servicios generales a partir del 8 de mayo, día del final del Estado de Alarma.  La desescalada  se efectuará ordenadamente hasta el 10 de junio, fecha en la que deberá estar todo el mundo reincorporado.

2. Comisión de seguimiento de la CAIB del 5 de mayo de 2021.

3. Comité de Seguridad y Salud, en sesión extraordinaria del 12 de mayo de 2021

Hechos

La ATIB consta con una plantilla de 144 personas, de las cuales 61 personas están teletrabajando, y de ésas, 14 son personal vulnerable con informe de Prevención de Riesgos Laborales.

Este personal está distribuido:

-De los 13 trabajadores de Eivissa, teletrabajan 4 (2 de los cuales son vulnerables)

-De los 14 trabajadores de Menorca teletrabajan 8 (2 de los cuales son vulnerables)

-De los 18 trabajadores de la calle Aragón de Palma teletrabajan 6 (1de los cuales es vulnerable)

-De los 99 trabajadores de la calle Ca'n Troncoso de Palma teletrabajan 43:

 
  • Transmisiones: 12 teletrabajando (4 vulnerables)

  • Sucesiones: 10 (2 vulnerables)

  • Auditorias: 1 teletrabajando

  • Impuesto turístico: 3 teletrabajando

  • Informática: 2 teletrabajando

  • Presentación: 6 teletrabajando (2 vulnerables)

  • Recaudación: 1 teletrabajando

  • Servicios Jurídicos: 1 teletrabajando

  • UGE: 1 teletrabajando

  • Valoraciones: 6 teletrabajando (1 vulnerable)

A pesar de haber dotado a todo el personal de medidas de protección contra la COVID 19, algunos servicios no cumplen la seguridad interpersonal mínima de 2m.

Dado el gran avance del plan de vacunación, se proponen las siguientes medidas para aquellos servicios que no cumplan la normativa del espacio interpersonal de 2 metros:

  • Aplazar la reincorporación al servicio presencial del personal hasta máximo el 1 de setiembre de 2021.

  • Entretanto, se hará una incorporación gradual a medida que el funcionario reciba la 1ª dosis de vacuna, salvo los vulnerables que tendrán que esoerar a la vacunación completa.

  • El 10 de junio se incorporarán todos aquellos funcionarios que ya estén vacunados previa comunicación a su jefe de servicio.

  • Durante los meses de verano, los jefes de servicio organizarán los turnos de vacaciones de su personal de manera que el servicio quede cubierto presencialmente.

  • Esta planificación deberá  entregarse a RR.HH.

  • El día 1 de septiembre, salvo los vulnerables no vacunados o con justificación médica, todo el personal debe estar trabajando en turno presencial.