Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 302487
Decreto de la presidenta del Consejo Insular de Menorca núm. 184/2021, de 16 de julio, relativo a la suspensión de las reuniones de los órganos colegiados durante el mes de agosto de 2021 (exp. 0306-2021-1)
El art. 113, apartado primero, del Reglamento orgánico del Consejo Insular prevé que, a pesar de que el Pleno tendrá sesiones ordinarias, al menos con carácter mensual, este último órgano podrá habilitar a la presidencia para suspender la realización de la sesión ordinaria correspondiente durante el período de vacaciones , siempre que no menoscabe la gestión de los asuntos insulares.
Dado que en el acuerdo del Pleno de 22 de julio de 2019, por el que se establece la periodicidad, el día y la hora de las reuniones ordinarias del Pleno, se habilita expresamente a la presidencia para que pueda suspender las sesiones ordinarias en período de vacaciones en los términos previstos en el Reglamento orgánico;
Teniendo en cuenta, finalmente, que el artículo 111.3 del citado Reglamento orgánico establece la aplicación supletoria de las normas que regulan el funcionamiento y el régimen de sesiones del Pleno al resto de órganos colegiados del CIM;
RESUELVO
Primero. Suspender las reuniones ordinarias de los órganos colegiados del Consejo Insular de Menorca durante el mes de agosto, excepto las reuniones del Consejo Ejecutivo correspondientes a los días 2 y 30 de agosto de 2021. Sin perjuicio de que puedan reunirse en el caso de que lo requiera la buena gestión de las competencias insulares.
Segundo. De conformidad con la previsión contenida en el punto segundo del decreto de presidencia núm. 424/2019, de 10 de julio, durante este periodo corresponderá a la presidencia la resolución de los asuntos competencia del Consejo Ejecutivo, sin que se vea alterado, por este hecho, el régimen de recursos aplicables. De las resoluciones adoptadas se dará cuenta al Consejo Ejecutivo en la siguiente sesión que se celebre.
Tercero. Publicar esta resolución en el BOIB, en el tablón de edictos de la corporación y comunicarla a los interesados, sin perjuicio de que tenga efectos desde la fecha de su adopción.
Maó, 16 de julio de 2021
Por delegación de la presidenta
La secretaria
Rosa Salord Olèo
(Decreto 427/2019, de 11 de julio)
(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)