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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 301864
Rectificación de las bases de la convocatoria de 6 plazas de Policía Local

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Texto

El Sr. Alcalde en funciones, mediante Decreto núm 2265/2021 de 16 de julio de 2021, ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO. Avocar para este caso concreto la competencia atribuida a favor de la Junta de Gobierno Local para la aprobación de las bases de convocatorias de procesos selectivos otorgada mediante Decreto 2034 de fecha 12 de julio de 2019.

SEGUNDO. ANULAR la rectificación realizada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 23 de junio de 2021 en su base quinta, apartado 5, “El Tribunal Calificador” a las bases que tienen que regir el proceso selectivo para proveer por el procedimiento ordinario, como personal funcionario de carrera, 6 plazas de Policía local, vacantes y dotadas presupuestariamente, correspondiente a la oferta de empleo público de 2021 por el sistema de acceso de Turno Libre y procedimiento de selección de oposición en los términos que se expresan a continuación:

Se modifica la base quinta, apartado 5, “El Tribunal Calificador”, manteniéndola con su texto inicial en el siguiente sentido:

Donde dice:

5. El Tribunal Calificador estará constituido por cinco miembros, y el mismo número de suplentes, su composición será publicada junto con la lista provisional de admitidos y excluidos debiendo estar formado por:

a) Presidente o Presidenta: Designado por el ayuntamiento entre el personal funcionario de carrera de experiencia reconocida.

b) Vocales:

- Un vocal propuesto por la Dirección General Emergencias e Interior, competente en materia de coordinación de policías locales.

- Un vocal propuesto por la Escuela Balear de Administración Pública.

- Un vocal designado por el Ayuntamiento.

c) Un Secretario o Secretaria: Persona designada por el Ayuntamiento con voz pero sin voto.”

Debe decir:

“5. El Tribunal Calificador estará constituido por cinco miembros, y el mismo número de suplentes, su composición será publicada junto con la lista provisional de admitidos y excluidos debiendo estar formado por:

a) Presidente o Presidenta: Designado por el ayuntamiento entre el personal funcionario de carrera de experiencia reconocida.

b) Vocales:

- Un vocal propuesto por la Dirección General Emergencias e Interior, competente en materia de coordinación de policías locales.

- Un vocal propuesto por la Escuela Balear de Administración Pública.

- Un vocal designado por el Ayuntamiento.

c) Un Secretario o Secretaria: Persona designada por el Ayuntamiento con voz y voto.”

TERCERO. MANTENER inalterable el resto de las Bases del proceso selectivo, publicadas en Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 70 del 29 de mayo de 2021, en todos sus términos

CUARTO. PUBLICAR la rectificación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Tablón digital de anuncios de la web municipal y sede electrónica de este Ayuntamiento [http://santantoni.sedelectronica.es]

QUINTO. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

 

Sant Antoni de Portmany, 16 de julio de 2021

El alcalde en funciones

Joan Torres Costa