Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 297376
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de las Illes Balears, y la publicación del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo sectorial de Hostelería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 22 de junio de 2021 (código de convenio 07000435011982)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El 22 de junio de 2021 los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo sectorial de Hostelería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se reunieron para acordar la prórroga de la exoneración a las empresas de la obligación de realizar aportaciones económicas a la Fundación para la Prevención de riesgos laborales en el sector de la Hosteleria de las Illes Balears (FPHIB) mediante las cuotas empresariales de la seguridad social hasta el 30 de septiembre de 2021, así como otros asuntos.

2. El 6 de julio de 2021, el Sr. José Carlos Sedano Almiñana, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo sectorial de Hostelería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de 22 de junio de 2021 en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de las Illes Balears.

2. Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Paritaria y que la versión catalana es su traducción.

4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica

La Directora General de Trabajo y Salud Laboral

Virginia Abraham Orte

Por delegación del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo

(BOIB 97/2019)

 

ACTA 24

COMISIÓN PARITARIA DEL XV CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE HOSTELERÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

(CÓDIGO CONVENIO 07000435011982)

ASISTENTES

REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

Por la Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM).

María FRONTERA HJORNGAARD

Carmen MARÍ CASA

Juan Carlos GARCÍA OLIVER

María José AGUILÓ CERDÀ (asesora)

Carlos SEDANO ALMIÑANA (asesor)

Ángela SALVADOR RUBIO (asesora)

Por FEDERACIÓN HOTELERA DE MENORCA (ASHOME).

Azucena JIMÉNEZ RUIZ (telemática)

Por FEDERACIÓN EMPRESARIAL HOTELERA DE IBIZA Y FORMENTERA (FEHIF).

Manuel SENDINO LÓPEZ (telemático)

Por la Asociación Mallorquina de Cafeterías, Bares y Restaurantes (ASOCIACIÓN RESTAURACIÓN MALLORCA).

Alfonso ROBLEDO PLANET

Miguel PLANAS FONT (asesor)

REPRESENTACIÓN SINDICAL:

Por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT) Unión General de Trabajadores.

José GARCÍA RELUCIO

Esther MARTÍN MOLINA

Por la Federació de Serveis de Comisions Obreres de les Illes Balears (FS-CC.OO.).

Silvia MONTEJANO COFRECES

Ángeles SANCHEZ ÚBEDA

En Palma, Mallorca (Illes Balears), siendo las 11.10 horas del día 22 de junio de 2021, se reúnen las personas al margen izquierdo relacionadas, tanto presencial como telemáticamente, según como en cada caso se indica, que han sido previamente convocadas para esta sesión, como miembros designados de la Comisión paritaria del Convenio colectivo reseñado en el encabezamiento del acta, así como los asesores que se mencionan.

Levanta el acta de la reunión Dña. Carmen Marí Casañ, de la FEHM, quien actúa como Secretaria de la Comisión, en virtud del acuerdo de rotación en esta función fijado en el acta 8 de la Comisión, de fecha 11 de octubre de 2017 («BOIB» nº 140, 16/noviembre/2017).

La Asociación Balear de Ocio Nocturno y Entretenimiento (ABONE) comunica el cese del Sr. Jesús Sánchez Riutort, asumiendo la presidencia el Sr. Miguel Pérez-Marsa Roca. En este acto delega su representación en la Asociación Mallorquina de Cafeterías, Bares y Restaurantes.

El orden del día de la reunión es el siguiente:

Punto 1. TRASPOSICIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS (FPHIB), DE 2 DE JUNIO DE 2021, POR EL QUE SE PRORROGA, HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021, LA EXONERACIÓN A LAS EMPRESAS DE LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR APORTACIONES ECONÓMICAS A DICHA FUNDACIÓN.

Punto 2. COMUNICACIONES EN MATERIA DE NOVACIONES DE CONTRATACIONES FIJAS DISCONTINUAS A FIJO ORDINARIO.

Punto 3. CONSULTAS A LA COMISIÓN PARITARIA.

Punto 4. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Así, aprobado el orden del día, se procede a su estudio, debate y resolución.

Punto 1. TRASPOSICIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS (FPHIB), DE 2 DE JUNIO DE 2021, POR EL QUE SE PRORROGA, HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021, LA EXONERACIÓN A LAS EMPRESAS DE LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR APORTACIONES ECONÓMICAS A DICHA FUNDACIÓN.

En el seno de la Comisión permanente de la FPHIB se acordó, en fecha 7 de mayo de 2020, exonerar a las empresas de la obligación de realizar aportaciones económicas a la FPHIB, a través de las cuotas empresariales de seguridad social, durante el periodo 1 de abril de 2020 a 30 de septiembre de 2020, de lo que se dio cuenta en la reunión de la Comisión paritaria celebrada en la misma fecha, 7 de mayo de 2020, nº 20, publicada en el «BOIB» núm. 106, de 6-6-2020, trasponiéndose dicho acuerdo.

En el mismo se contemplaba la posibilidad de prórrogas ulteriores, para el supuesto de prolongarse la situación que lo motivaba, enmarcado en el contexto de crisis sanitaria global, causada por la pandemia derivada del COVID-19.

Así, en reunión de la Comisión permanente de la FPHIB celebrada el 2 de octubre de 2020 se acordó prorrogar la suspensión del pago de las aportaciones económicas a la FPHIB, hasta el 31 de enero de 2021 (acta publicada en el «BOIB» núm. 191, de 7-11-2020); y en reunión de la Comisión permanente de fecha 4 de febrero de 2021, se acordó una nueva prórroga de dicha suspensión entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 2021 (publicada en el «BOIB» núm. 64, de 18-5-2021).

El Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, ha acordado prorrogar los expedientes de regulación de empleo hasta el día 30 de septiembre de 2021, así como diferentes supuestos en los que se prevé la exoneración de cuotas empresariales a la Seguridad Social hasta dicha fecha. Consecuentemente, y como ya ha sucedido en las tres ocasiones anteriormente indicadas, la Comisión permanente de la FPHIB consensuó el día 2 de junio de 2021, prorrogar la exoneración a las empresas de la obligación de realizar aportaciones económicas a la Fundación, a través de las cuotas empresariales de seguridad social, hasta el 30 de septiembre de 2021.

Ello se entiende sin perjuicio de que durante las fechas exoneradas se produzcan vencimientos de plazos de ingreso de aportaciones, las cuales deberán ser ingresadas.

Punto 2. COMUNICACIONES EN MATERIA DE NOVACIONES DE FIJO DISCONTINUO A FIJO ORDINARIO.

Se da cuenta de que la representación de la entidad “CLIFF PORTALS, S.L.” informó a la Comisión paritaria a través de la sede del Tribunal de Arbitraje y Mediación de las Illes Balears (TAMIB), en fecha 5-3-2021, de la novación transitoria de contrataciones fijas discontinuas a fijas ordinarias. Se adjunta al acta la documentación, que ya fue circulada por correo electrónico el mismo día antes indicado a los miembros de la Comisión.

Punto 3. CONSULTAS A LA COMISIÓN PARITARIA.

Consulta la empresa “DESARROLLOS INMOBILIARIOS Y RENTAS, S.L.” qué actuaciones deben llevar a cabo con motivo de haber realizado la actualización de salarios para los meses de abril y mayo de 2021, sin tener en cuenta el acuerdo en el seno de la mesa negociadora del Convenio, alcanzado en fecha 21 de mayo de 2021.

Al no cumplirse el requisito de que dicha consulta sea realizada a través de una de las organizaciones negociadoras del Convenio colectivo, según se acuerda en la disposición quinta del Reglamento de dicha Comisión, se ha procedido a comunicar al remitente dicho defecto de procedimiento.

Punto 4. RUEGOS Y PREGUNTAS.

No hay ruegos y preguntas, por lo que se da por finalizada la reunión.

Se suscribe el acta por un solo representante de las organizaciones presentes; la misma será registrada ante la autoridad laboral (REGCON), mandatando para ello a D. Carlos Sedano, asesor de la FEHM, solicitando asimismo la publicación de la misma en el «BOIB».

No habiendo más asuntos que tratar, y siendo las 11.20 horas, se da por finalizada la reunión.

FIRMAS: