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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 294183
Aprobación inicial proyecto de obra "proyecto ejecutivo para la instalación de pantalanes flotantes y fondeos de bajo impacto en el estany des peix-Formentera" previo a la aprobación del expediente de contratación (exp. 2020/3893 de medioambiente)

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Texto

Se hace público que la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera en sesión de carácter ordinario del día 24 de junio de 2021, se adoptó el siguiente acuerdo:

“PRP2021/512 PROPUESTA DE APROVACIÓN INICIAL PROJECTE DE OBRA "PROYECTO EJECUTIVO PARA LA INSTALACIÓN DE PANTALANES FLOTANTES Y FONDEOS DE BAJO IMPACTO EN EL ESTANY DES PEIX-FORMENTERA" PREVIO A LA APROVACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (EXP. 2020/3893 DE MEDIOAMBIENTE) 

El Sr. ANTONIO J. SANZ IGUAL, Conseller de Medio Ambiento y Servicios de Inspección, presenta para su aprobación la siguiente propuesta de acuerdo:

Visto el proyecto de obra “Proyecto ejecutivo para la instalación de pantalanes flotantes y fondeos de bajo impacto en el Estany des Peix-Formentera” encargado a Tragsatec y firmado por Jesús Francisco de la Torre Macias, el 23 de mayo de 2021.

Visto el informe favorable de supervisión y de comprobación del cumplimiento de la normativa sectorial urbanística y medioambiental del proyecto "Proyecto ejecutivo para la instalación de pantalanes flotantes y fondeos de bajo impacto en el Estany des Peix-Formentera" emitido por el técnico Sr. Héctor Martínez Company, el 25 de mayo de 2021

(...)

En cumplimiento del artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, se considera que el proyecto se ajusta a la legislación general de contratos de las administraciones públicas, así como de forma específica a los requisitos de la legislación urbanística, la de protección medioambiental y la de patrimonio histórico.

Considerando que las obras proyectadas son de primer establecimiento, reforma o gran reparación, resulta preceptiva la publicación del proyecto de obra por un plazo no inferior a 15 días (art.232 LCSP y art. 149 de la Ley 20/2006).

Considerando la propuesta de clasificación del redactor del proyecto, en base a lo previsto en el Reglamento de la Ley de Contratos, aprobado por Real Decreto 1098/2001.

Visto el artículo 8.1.n de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consells insulares, en relación a la disposición adicional 2ª, apartado 1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público, que dispone que el Pleno será competente para resolver cuando el importe de la contratación supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto y en cualquier caso la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea ​​superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada, tal como lo exige el artículo 174.3 del Texto refundido de la Ley de haciendas locales aprobada por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Queda acreditado que el proyecto, con un coste de licitación de 1.259.204,18 €, no supera los 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni los seis millones de euros, esto como tampoco, los cuatro años de ejecución.

Igualmente, hay que considerar que para la ejecución de la obra el Consell Insular de Formentera dispone de una subvención a cargo del impuesto de Turismo Sostenible (ITS) por el importe de 652.154,00 € (BOIB núm. 134, 27 de octubre de 2018).

Consta publicación del convenio de colaboración entre la administración y el gobierno de las Islas Baleares y el Consell Insular de Formentera para la ejecución y gestión de las instalaciones de pantalanes flotantes y fondeos ecológicos a Estany des Peix, ubicado en el parque natural de Ses Salines de Ibiza y Formentera una vez firmado por ambas partes (BOIB núm. 48, de 13 de abril de 2019) donde se reconoce entre las actuaciones a realizar por el Consell insular de Formentera, la ejecución del proyecto (punto 4 a)).

Consta remisión copia Resolución 06/17/20 relativa a la solicitud de concesión administrativa PM/FO-1 / CMAAP formulada por la Conselleria de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca del Gobierno de las Islas Baleares con destino a la ordenación de los fondeos al Estany des Peix TM Formentera. Cnc02 / 19/07/0019, NRGE 2020/13555, de 14 de julio de 2020, donde constan "Pliego de condiciones generales para concesiones demaniales en las playas, zona marítimo-terrestre y mar territorial aprobada por Orden Ministerial de 8 de noviembre de 1.985, publicado en el BOE de 19 de noviembre de 1.985, con las modificaciones necesarias para super adaptación a la Ley 22 / 1.988, de 28 de julio, de Costas, informada favorablemente por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 1.989. " y los "Pliego de Condiciones Particulares y Prescripciones (PCPP)".

Visto que el acuerdo del Pleno de fecha 8 de julio de 2019, delegó en la Comisión de Gobierno, con carácter general las contrataciones a que se refiere el artículo 8.1.n de la Ley de consejos insulares en relación a la disposición adicional 2ª, apartado 1 de la Ley 9/2017, 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (y así sale publicado en el BOIB núm. 102, de 25 de julio de 2019).

Visto que la competencia para aprobar los proyectos corresponde al mismo órgano que tiene las atribuciones para aprobar la contratación de fondo, y que así sale al artículo 33.2.m de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, cuando habla de las competencias del Pleno de la Diputación en relación al propio artículo 41.3 de esa misma Ley (sobre aplicación de esa normativa a los consejos insulares).

Consta informe jurídico elaborado por los Servicios Jurídicos del Consell Insular de Formentera, con la conformidad del secretario habilitado nacional de la corporación, de fecha 1 de junio de 2021.

(...)

Se somete a consideración de la Comisión de Gobierno la siguiente,

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.- APROVAR INICIALMENTE el proyecto de obra “PROYECTO EJECUTIVO PARA LA INSTALACIÓN DE PANTALANES FLOTANTES Y FONDEOS DE BAJO IMPACTO EN EL ESTANY DES PEIXFORMENTERA”.

Segundo.- PROCEDER A LA INFORMACIÓN PÚBLICA del proyecto por un plazo de 15 días mediante publicación al BOIB y al perfil del contratante del Consell de Formentera alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) a los efectos de que se puedan presentar alegaciones.

Tercero.- Ordenar a los SSTT del Consell que, un vez aprobado definitivamente el proyecto, previa la tramitación del expediente de contratación de la obra, se lleve a cabo el replanteo previo del proyecto de obras, con el correspondiente comprobación de la realidad geométrica del proyecto y de la disponibilidad de los terrenos necesarios para la normal ejecución. Una vez realizado el replanteo se incorporará el proyecto que contienen entre otros los pliegos de prescripciones técnicas, y el acta de replanteo previo al expediente de contratación.

Cuarto.-  Hacer constar que el presente acuerdo de aprobación de proyecto de obras es un acto de trámite previo al procedimiento de contratación, y que en consecuencia no es susceptible de recurso en vía administrativa o contencioso administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer los correspondientes recursos contra los que ponen fin al procedimiento ".

(...)”

El proyecto se puede consultar a través del link:

https://contrataciondelestado.es/wps/wcm/connect/9d86de67-93a3-4b66-b1b3-df6b1a02cd24/DOC20210701090344Proyecto_Formentera_v20210521F.pdf?MOD=AJPERES

y de manera presencial en las oficinas del área de Medio Ambiente y Servicios de Inspección del Consell Insular de Formentera en la calle Mallorca nº15 07871 Sant Ferran, TM Formentera.

Se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, a fecha de la signatura electrónica (12 de julio de 2021)

La presidenta Alejandra Ferrer Kirschbaum