Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 293992
Notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza de determinados tributos del Ayuntamiento de Ses Salines correspondientes al ejercicio 2021
1. Según lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de notificación colectiva de las correspondientes liquidaciones, se pone en conocimiento de los contribuyentes que quedan expuestos en la sede del Ayuntamiento de Ses Salines durante el periodo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, los padrones correspondientes al ejercicio 2021 del impuesto sobre actividades económicas; del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial derivado de la instalación o existencia de portadas, balcones, elementos constructivos cerrados, terrazas, miradores, marquesinas, toldos, paramientos y otras instalaciones semejantes sobre la vía pública o que sobresalgan de la línea de fachada, de la tasa por la instalación de anuncios o letreros ocupando terrenos de dominio público local o visibles desde las carreteras, caminos vecinales y demás vías públicas locales; de la tasa por la prestación de los servicios de recogida de residuos sólidos urbanos, transporte, transferencia, tratamiento y eliminación de los mismos y de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial mediante la reserva de entrada de vehículos a través de las aceras (vados), reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, y carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
Contra las liquidaciones contenidas en los padrones se podrá interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones (art. 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
2. A los efectos previstos en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio), se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados del Ayuntamiento de Ses Salines que la Agencia Tributaria de las Illes Balears (a la que corresponde la función recaudatoria) procederá al cobro, en período voluntario, del impuesto sobre actividades económicas; del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial derivado de la instalación o existencia de portadas, balcones, elementos constructivos cerrados, terrazas, miradores, marquesinas, toldos, paramientos y otras instalaciones semejantes sobre la vía pública o que sobresalgan de la línea de fachada, de la tasa por la instalación de anuncios o letreros ocupando terrenos de dominio público local o visibles desde las carreteras, caminos vecinales y demás vías públicas locales; de la tasa por la prestación de los servicios de recogida de residuos sólidos urbanos, transporte, transferencia, tratamiento y eliminación de los mismos; de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial mediante la reserva de entrada de vehículos a través de las aceras —vados—, reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, y carga y descarga de mercancías de cualquier clase y de otras tasas y precios público correspondientes al ejercicio 2021, en el plazo y en las formas que se indican a continuación:
A) PLAZO DE PAGO: del 1 de agosto al 1 de octubre de 2021, ambos inclusive.
B) FORMAS DE OBTENCIÓN DEL AVISO DE PAGO:
— Por Internet:
— De forma presencial: en la oficina de recaudación situada en la plaza Mayor, 1, 07640 Ses Salines, así como en cualquier oficina de recaudación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (se pueden consultar los datos y los horarios de las oficinas en la página web www.atib.es > Tributos locales > Oficinas de recaudación, o en el teléfono 971 717 000). Solicite cita previa, que se puede hacer por Internet (www.atib.es > Cita previa) o en el teléfono 971 678 404.
Los días 12 y 13 de agosto y 9 y 10 de septiembre, también se podrá obtener el aviso de pago o el documento de ingreso en el Centro Cívico de la Colonia de Sant Jordi, en horario de 8.30 a 13.30 horas.
C) FORMAS DE PAGO:
— Por Internet, en www.atib.es > Tributos locales > Pago de tributos locales de cobro periódico, mediante el servicio de banca electrónica de las entidades colaboradoras en el pago telemático o mediante tarjeta de crédito o de débito, con independencia de la entidad emisora de la misma.
— En cualquier oficina de las siguientes entidades bancarias colaboradoras: CaixaBank; Banca March; BBVA; Banco Santander; Targobank; Banco Sabadell; Colonya, Caixa de Pollença; Cajamar – Caja Rural; Ibercaja; Deutsche Bank.
— En los cajeros automáticos de CaixaBank y BBVA.
— Los recibos cuyo pago hubiese sido domiciliado en una entidad bancaria serán remitidos a las respectivas entidades para su cargo en las cuentas de los contribuyentes a partir del día 16 de septiembre de 2021. Se recuerda la conveniencia de hacer uso de las modalidades de domiciliación de pago y de gestión de abono de los recibos a través de entidades bancarias, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Recaudación (artículos 25.2 y 38).
3. Se advierte a los contribuyentes que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario señalado anteriormente se iniciará el periodo ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.
Palma, 13 de julio de 2021
El Administrador tributario
Justo Alberto Roibal Hernández (Por suplencia por motivo de vacancia de la Dirección de la ATIB –art. 5.3 de la Orden de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2016 por la que se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de las Illes Balears; BOIB núm. 163, de 29/12/2016–)