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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 292994
Departamento de Personal. Decreto 12054, de 23 de junio de 2021, del regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública de prestación de Servicios en Modalidad de teletrabajo

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Texto

El regidor del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública mediante decreto número 12.054, de fecha 23 de junio de 2021, dictó la siguiente resolución: 

ANTECEDENTES 

1. El artículo 18 del Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba el Acuerdo de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo publicado en el BOIB núm. 110 de 18 de junio de 2020 contempla la posibilidad de modificar los términos en que fue concedida.

2. El 8 de junio de 2021 el Equipo Coordinador de Teletrabajo se reunió para supervisar, comprobar y validar las nuevas propuestas de teletrabajo presentadas por las diferentes áreas.

3. Es por esto y de acuerdo con la propuesta definitiva presentada que se dicta una nueva resolución en los términos que acordó el Equipo Coordinador de Teletrabajo en la sesión celebrada el 8 de junio de 2021. 

NORMATIVA APLICABLE 

1. Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19- publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de 15 de mayo de 2020.

2. Resolución del Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública de 4 de mayo, de medidas a adoptar en los Centros de trabajo con motivo de la aprobación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

3. El artículo 69 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que dispone que la Administración tenderá a contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, la mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.

4. Acuerdo sindical de día 8 de junio de 2020.

5. Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba la reincorporación gradual y asimétrica de las empleadas y empleados públicos y el Acuerdo de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo publicado en el BOIB núm. 110 de 18 de junio de 2020 (Fascículo 95 - Sec. III. - Pág. 18958).  

Por todo esto, y teniendo en cuenta la delegación de competencias en los regidores y regidoras de Área, aprobada por Decreto de Alcaldía 12313, de 18 de junio de 2019, relativo a la organización de los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Palma, modificado por Decreto de Alcaldía núm. 13026, de 28 de junio de 2019, así como el Acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno de Palma en los titulares de las Áreas y Áreas delegadas acordado en fecha 31 de julio de 2019, la jefa que subscribe propone al Sr. regidor del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública que emita el siguiente: 

 

DECRETO 

1. Aprobar la relación de las nuevas solicitudes de personal del Ayuntamiento de Palma que, conforme a los informes emitidos por los o por las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 27 de abril de 2021, quedan autorizados para prestar servicios en la modalidad de teletrabajo a partir del 1 de julio de 2021 de acuerdo a los días recogidos de acuerdo con la siguiente lista:

 

 Relación de personas autorizadas para prestar sus servicios en régimen de teletrabajo

 

DNI

Núm. días teletrabajo

Días teletrabajo

1

18226122W

1

X

2

25132555H

1

X

3

28687024K

1

V

4

37342765B

1

MT

5

41515635Z

1

V

6

41521824Q

1

V

7

41522553D

1

L

8

41538247V

1

V

9

43002727H

1

V

10

43004407L

1

L

11

43017735F

1

J

12

43020689V

1

X

13

43029433K

1

X

14

43029583X

1

X

15

43037221N

1

L

16

43037383J

1

V

17

43045161V

1

X

18

43047232H

1

V

19

43048118F

1

V

20

43050988W

1

L

21

43076027V

1

L

22

43076196W

1

V

23

43090502W

1

L

24

43096761M

1

L

25

43098032B

1

X

26

43098858D

1

L

27

43116670L

1

V

28

43119524K

1

X

29

43121882X

2

X, J

30

43127934J

1

L

31

43128204F

1

X

32

43129700P

1

MT

33

43138308Z

1

L

34

43152571V

2

MT, J

35

43153197E

1

X

36

43154051W

1

V

37

43154500Z

1

MT

38

43157396N

1

J

39

43161343A

1

J

40

43167681Q

1

V

41

43168427A

1

J

42

43172438N

1

V

43

43175759K

1

X

44

43178101V

1

X

45

43182699S

1

J

46

43186054N

1

V

47

43192549K

1

J

48

43200660J

1

V

49

43218708Y

1

X

50

43219276E

1

X

51

44325440R

1

L

52

49868489G

1

J

53

73551903L

1

L

54

78202196B

1

V

55

78211824W

2

J, V

Establecer que, tal y como consta en el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba la reincorporación gradual y asimétrica de las empleadas y empleados públicos y el Acuerdo de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo (BOIB núm. 110 de 18/06/2020), esta autorización tiene una vigencia de 6 meses prorrogables desde su fecha de inicio. Esto sin perjuicio de que pueda ser revisada y modificada en cualquier momento de su ejecución bien por el titular del Área en que se presten los servicios o bien por el Área de Función Pública.  

2. Aprobar las modificaciones de los días de teletrabajo propuestos mediante los informes emitidos por los o por las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 8 de junio de 2021, a partir del 1 de julio de 2021, los cuales se recogen en la siguiente lista:  

 

DNI

Núm. Días TT

Días TT

1

03881067R

3

L, J, V

2

18231655S

2

MT, J

3

18231655S

1

J

4

29139026G

4

L, X, J, V

5

37340840H

2

L, V

6

43037842N

2

MT, J

7

43043607G

1

L

8

43047018B

3

L, J, V

9

43051332R

1

MT

10

43056912S

1

J

11

43061467Q

1

V

12

43128371J

1

L

13

44329771P

1

X

3. Ratificar la pérdida de efectos de la autorización para prestar servicios en modalidad de teletrabajo a la trabajadora con DNI 43078647S debido a un cambio de puesto de trabajo, a partir del día del cambio de puesto. 

4. Aprobar la autorización para prestar sus servicios en la modalidad de teletrabajo, de dos días, los martes y viernes, tal y como dice el informe favorable emitido por la persona responsable del Área, a la trabajadora con DNI 43078647S a partir del 28 de julio de 2021, fecha en la que hará tres meses que ocupa este nuevo puesto de trabajo, ya que el Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 8 de junio de 2021 ha considerado que dado que el cambio se ha realizado a un Departamento diferente al que se encontraba y que la situación de la pandemia ha mejorado considerablemente es conveniente que esperen los 3 meses que establece el artículo 15.b del acuerdo de teletrabajo. 

Establecer que, tal y como consta en el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba la reincorporación gradual y asimétrica de las empleadas y empleados públicos y del Acuerdo de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo (BOIB núm. 110 de 18/06/2020), esta autorización tiene una vigencia de 6 meses prorrogables desde su fecha de inicio. Esto sin perjuicio de que pueda ser revisada y modificada en cualquier momento de su ejecución bien por el titular del Área en que se prestan los servicios o bien por el Área de Función Pública. 

5. Ratificar la pérdida de efectos de la autorización para prestar servicios en modalidad de teletrabajo a la trabajadora con DNI 43077522V debido a un cambio de puesto de trabajo, a partir del día del cambio de puesto. 

6. Aprobar la autorización para prestar sus servicios en la modalidad de teletrabajo, de dos días, los martes y viernes, tal y como dice el informe favorable emitido por el responsable del Área, a la trabajadora con DNI 43077522V a partir del 1 de agosto de 2021, fecha en la que hará tres meses que ocupa este nuevo puesto de trabajo, ya que el Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 8 de junio de 2021 ha considerado que dado que el cambio se ha realizado a un Departamento diferente al que se encontraba y que la situación de la pandemia ha mejorado considerablemente es conveniente que se esperen los 3 meses que establece el artículo 15.b del acuerdo de teletrabajo. 

Establecer que, tal y como consta en el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba la reincorporación gradual y asimétrica de las empleadas y empleados públicos y del Acuerdo de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo (BOIB núm. 110 de 18/06/2020), esta autorización tiene una vigencia de 6 meses prorrogables desde su fecha de inicio. Esto sin perjuicio de que pueda ser revisada y modificada en cualquier momento de su ejecución bien por el titular del Área en que se prestan los servicios o bien por el Área de Función Pública. 

7. Aprobar de oficio las prórrogas durante 6 meses más de la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo con las mismas condiciones, ya que se acordó en la reunión del equipo coordinador de día 27 de abril de 2021 que en los casos de no remitirse ninguna propuesta de modificación, las condiciones actuales se entenderán prorrogadas de oficio y así modificada en cualquier momento de su ejecución, bien por el titular del Área en que se presten los servicios o bien por el Área de Función Pública.  

Estas prórrogas se recogen en las siguientes listas de DNIs. 

1ª. Fecha de inicio de la prórroga 01/07/2021: 

05896460L

06984719X

 09288761G

 13165276F

 16546713F

 18215498G

 18218933N

 18220392E

 18221526Y

18223880Z

 18225648B

 18231748Q

 18233573R

 18234031E

 18235611S

 18236623S

 18237618K

20825276H

 24362738B

 24380527K

 28966590E

 29201843P

 33448548Q

 34064751A

 34064844G

34064878S

 34066498W

34066583H

 34066611T

 34067925A

 34068291R

 34069435H

 34069781L

34069869S

 34069872H

 34069893Q

 34069909D

 35077801H

 36966096J

36967066V

 37337222B

37337677Y

 37337806C

 37338306Z

 37340171Q

 37341058Y

 38121779S

 41516250P

 41516304Q

41517165A

 41522172L

 41522882Q

 41536341C

 42962136E

 42966220N

 42970083B

 42970115C

42971495C

 42973051N

 42973303B

 42973724H

 42975456W

42978741K

 42979518Q

 42983604P

42983851W

42983938C

 42984387D

 42984879H

 42985322R

 42985688E

 42988547Y

 42989008F

42989991R

 42990384A

 42990849P

 42992424L

 42994152E

 42994852D

 42996566K

 42998696N

42998778W

42999407X

 42999445W

42999629W

42999843D

 42999853L

 42999996R

 43000271T

43001305E

 43001754B

 43002251W

43004409K

 43005312G

 43005690Z

 43006107V

 43006884N

43007076C

 43007621J

43007782J

43007972L

 43008746B

 43008874R

 43008896T

 43011034E

43011559H

 43011576N

 43011693Z

 43012716W

43012777V

 43013112F

 43013193L

 43013607L

43013760B

 43014168M

43014217P

 43014873C

 43015235Z

 43015388Y

 43015462B

 43016043V

43016426D

 43017199T

 43017407R

 43017412Y

 43017414P

 43017972Z

 43018167W

 43018180S

43019935E

 43020673R

 43020761C

 43021717X

 43022247B

 43022975A

 43024474F

 43024684X

43025222L

 43026695C

 43026702G

 43026705F

 43027220Q

 43027965W

43028421K

 43029706H

43030804N

 43031301A

 43033038S

 43033266J

43033446D

 43033746X

 43035603G

 43035774Z

43036178G

 43037568Z

 43037945T

 43039393E

 43039603W

43040327J

43041544B

 43042718N

43043042Z

 43044843K

 43045263G

 43045991L

 43046406C

 43048493Z

 43048677Z

 43048678S

43050086C

 43050407L

 43050466D

 43050975N

 43051215E

 43051647V

 43051701W

 43051703G

43051857C

 43052012Z

 43052018C

 43052213P

 43052318K

 43052428Q

 43054092R

 43054972F

43055057T

 43055098H

 43055609T

 43056300R

 43056474Z

 43057246G

 43057399L

 43057432Y

43057760N

 43058562D

 43059338A

 43059871F

 43061614W

43061659R

 43062852K

 43062968E

43063246R

 43064089Q

 43064559A

 43064611D

 43064953Y

 43065155R

 43065796K

 43068011M

43068034M

43069248T

 43069304X

 43069624P

 43070038P

 43070513T

 43070875V

 43071872W

43071905N

 43072963N

 43074538T

 43075398D

 43075461A

 43075512P

 43075776L

 43076319X

43077196J

43080253B

 43080364F

 43081311B

 43081694A

 43081723D

 43082811Q

 43082895P

43083286P

 43083397G

 43083927M

43086627Z

 43087794P

43088763B

 43089537A

 43092197H

43093381Y

 43093400W

43093881T

 43094231M

43094923F

 43094924P

 43094925D

 43096497V

43096603P

 43096674X

 43096985E

 43097690Z

 43097843Y

 43100639L

 43100913V

 43101482B

43101830Z

 43102802C

 43103324J

43103611R

 43104326A

 43104569Q

 43105204F

 43105460X

43106533W

43107500A

 43107734F

 43108894V

 43109844R

 43111019A

 43111577D

 43112109N

43112434S

 43112754J

43112922C

 43112962Z

 43113117P

 43113150H

 43113225R

 43113253Y

43113541H

 43114316B

 43114334Y

 43114691H

 43115228A

 43115644M

43115856X

 43116030T

43116204J

43116292D

 43116439H

 43116450Y

 43117910V

 43118279H

 43118352E

 43119071M

43121629X

 43121809Y

 43122151A

 43122301S

 43122409P

 43122686D

 43124119Q

 43124587R

43125713T

 43126333E

 43126355K

 43126502F

 43127040Q

 43127382J

43127420M

 43127564B

43127655X

 43128279J

43128762J

43132476R

 43133097R

 43133806C

 43133918V

 43133993T

43136101S

 43137156N

 43137224B

 43137260R

 43138048F

 43139979Y

 43140806M

 43141247D

43143743K

 43143996K

 43145816R

 43146127J

43146951D

 43147638Y

 43148141A

 43148673Y

43148962L

 43149211S

 43149302Z

 43150508R

 43151415B

 43151759X

 43152237M

 43152682J

 43153648J

43153857S

 43154166W

43155683R

 43158876C

 43159098N

 43160356M

 43160501N

43162114S

 43164239R

 43164250N

 43164407P

 43165334S

 43165880D

 43167073Y

 43169225L

43170701T

 43176197E

 43178758F

 43180055Q

 43182864L

 43186050P

 43189317D

 43192745X

43193924Q

 43211552ª

 43211997B

 43717574W

44325832W

44326277X

 44327641V

 44328953H

44329072E

 44395735P

 44853376H

 45317607V

 45420922Q

 46065188Y

 46621325A

 46736347W

46748243F

 46950644P

 47881141V

 52190772T

 71126868N

 75129421J

78194503T

78198614V

78199693S

 78200172B

 78200702N

 78201350Q

 78204100Y

 78205101H

78206554E

 78209577D

78209883Q

 78212014P

 78212255L

 78213941A

 78214006E

78214089J

78214137S

 78214161Q

78214952W

78215140Y

 

 

2a. Fecha inicio de la prórroga 01/08/2021: 

08113482W

 43031895E

43049138S

43082933T

43104028G

43111602B

43187147R

3a. Fecha inicio de la prórroga 01/09/2021: 

43037842N

43064904A

43082914G

43088374J

43095807V

43121913H

48420337R 

8. Aprobar las modificaciones de días de teletrabajo propuestos mediante los informes emitidos por los o por las responsables de las diferentes áreas y prorrogar durante 6 meses más la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo. Todo esto, sin perjuicio de que pueda ser revisada y modificada en cualquier momento de su ejecución, bien por el titular del Área en que se presten los servicios o bien por el Área de Función Pública, y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 8 de junio de 2021, a partir del 1 de julio de 2021, los cuales se recogen en la siguiente lista: 

 

DNI

Núm. días TT

Días TT

1

16038247W

2

L, X

2

18231886Q

2

J, V

3

18232051C

1

V

4

18233379Z

2

L, MT

5

18236257V

2

X, V

6

34068106T

2

J, V

7

37337593Z

2

MT, V

8

41454897L

2

L, MT

9

41520931C

1

J

10

42981889H

3

L, X, V

11

42986362Y

2

J, V

12

42988807J

2

MT, J

13

42989155Q

1

X

14

43004232M

2

MT, J

15

43004951B

2

X, V

16

43008763M

1

L

17

43009779D

1

L

18

43014869Q

2

L, V

19

43020783L

2

X, J

20

43026119L

1

L

21

43036978E

2

MT, J

22

43037488A

2

X, V

23

43041463E

1

J

24

43048099B

2

J, V

25

43057159D

2

L, V

26

43058950Y

2

L, X

27

43063557J

2

J, V

28

43065033V

2

X, V

29

43066094C

2

L, MT

30

43068489T

2

L, V

31

43069100J

1

V

32

43069341R

2

J, V

34

43074627C

2

L, MT

35

43077141G

2

L, V

36

43093126G

2

X, J

37

43105884C

2

X, V

38

43109311C

2

J, V

39

43109356L

2

L, MT

40

43111606S

2

MT, V

41

43122218R

1

L

42

43127864N

1

L

43

43128406W

2

L, MT

44

43133285M

1

MT

45

43154890J

2

L, MT

46

43155004N

1

L

47

43235055T

1

L

48

43544408A

2

MT, V

49

78198849E

3

MT, X, J

50

78202231T

1

L

51

78203888R

2

X, V

52

78205488Z

2

J, V

9. Aprobar las modificaciones de los días de teletrabajo a la trabajadora con DNI 43107938G propuestos mediante el informe emitido por el o por la responsable del Área y aumentándolos a 5 días mientras esté vigente el informe del examen de salud o se aporte otro. Todo esto, sin perjuicio de que pueda ser revisada y modificada en cualquier momento de su ejecución, bien por el titular del Área en que se prestan los servicios o bien por el Área de Función Pública, y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 8 de junio de 2021, a partir del 1 de julio de 2021.  

10. Ratificar la pérdida de efectos de la autorización para prestar servicios en modalidad de teletrabajo debido a cambios de puesto de trabajo, ceses, excedencias o jubilaciones, a partir del día del cambio de la situación administrativa, los cuales se recogen en la siguiente lista de DNIs:

37342531F

41500991K

41503211X

43038201A

43059551D

43097564A

41459820C

43021415F

43040459F

43077522V

43078647S

43054019C

43121969M

43123850T

41398511Y

 

 

 

 

 

 

11. Ratificar la pérdida de efectos de la autorización para prestar Servicios en modalidad de teletrabajo propuestos mediante los informes emitidos por los o por las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 8 de junio de 2021, a partir del 1 de julio de 2021, los cuales se recogen en la siguiente lista de DNIs: 

12368427Q

18231841V

 42974874H

 42987581Y

 43001177D

 43001780Z

 43034616R

43035732H

 43045920V

 43051516R

 43065294W

 43072500D

 43075953N

 43090007J

43091016X

 43095139Q

 43104424D

 43110065S

 43122343B

 43146199Q

 

12. Ratificar la no prórroga de la autorización para prestar Servicios en modalidad de teletrabajo propuestos mediante los informes emitidos por los o por las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 8 de junio de 2021, a partir del 1 de julio de 2021, los cuales se recogen en la siguiente lista de DNIs: 

34065576T

42972543X

 42965415N

 43070151Y

 43022622H

 43163346M

43122896N

43081120G

 43024988S

43111546R

 43131347E

 41538343K

 43014467M

39362789Z

43088716X

 43139861A

 44328538V

43151077H

 43000607Z

 43045734S

 43128840E

78206990K

 42996345F

 43049084F

 34069724P

43053890Y

 43110007A

 43050300G

42985586N

 43061058K

 43033830W

42956296R

 43032680W

43081257A

 43072166C

18232298Z

44135117A

 43056917C

 34065306Y

 36583000M

 43017387G

43121381S

 26205047C

43054586N

 78207760D

 42999908M

43080962F

 78220169K

 43069836J

43087679P

43118720E

 43159309Q

 43092597G

 43004061H

 78209506F

 43139460Q

05243427W

43067681C

 43118209V

 52575243A

 43017857Z

 43104382J

45586469D

43008819S

43045347L

18237895E

 42989972M

43073003Y

 43078838E

 43090715P

78210079M

43104539D

 43129169Y

42988228D

 43100018L

 43136493Q

 43118884W

43055965B

50411726G

 43001768W

 47925105M

18232619J

50693157F

 43012325W

43041464T

43131429N

 46143178A

 42979958L

 43087759L

43113916W

43040323D

43117681H

41538896E

 43049527J

43007423E

 43019290K

 43071337L

43086648N

43161381H

43152393T

 43140580D

 44326904Q

 78208951G

 18216314S

 20825651W

36012625F

43052971F

43016481H

 30474115N

 43024658F

 43019618G

 43061057C

43118723W

44996504V

44326478G

 42962179L

 41521305A

 43097221M

43061880S

43012930D

 43014562P

42996096B

 50458674D

 43052482R

 43018959N

 43057208N

43005652E

 43017731A

43069525R

43046821K

 43132226G

 43048172S

 43059790H

42970178Z

 43105138X

43106738T

 43057154G

22519762W

43037217P

 25381708N

36963053Y

 32793139S

43077493B

 43029753L

 13794555Y

43205020A

 43018246N

42984891F

 43044247T

43066385N

 43078995H

 41441452Y

 43090019W

43010316V

43134243C

 43123413T

 

 

 

 

 

13. Ratificar la finalización de la autorización para prestar Servicios en modalidad de teletrabajo propuesto mediante el informe emitido por la responsable del área donde dice que: “dado que las siguientes trabajadoras han manifestado que quieren volver a trabajar presencialmente y, por tanto, renuncian a seguir con la modalidad de teletrabajo: la trabajadora con DNI 37336780Y, con efectos a partir del 1 de agosto de 2021, y la trabajadora con DNI 43051857C con efectos a partir de día 1 de septiembre de 2021. 

14. Publicar esta resolución en el Portal del Personal, en la Intranet Municipal  y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.  

Contra este acto administrativo, que agota la via administrativa, se puede presentar recurso de reposición delante del mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administradivo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la via contenciosa administrativa. 

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes citado y lo que dispone la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante del Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, 8 de julio de 2021

El jefe de Departamento de Personal p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3.000/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Antoni Pallicer Martorell