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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CONSELL

Núm. 292432
Aprobación de la bolsa de trabajo para proveer, con personal funcionario interino, necesidades urgentes existentes en la policía local del Ayuntamiento de Consell

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Texto

La Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria de fecha 29 de junio de 2021 adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar la bolsa de trabajo para proveer, con personal funcionario interino, necesidades urgentes existentes en la policía local del Ayuntamiento de Consell, según el orden de puntuación obtenido por los aspirantes y de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador:

Apellidos y Nombre

DNI

Resultado final

Ortega Lozano, Ildefonso

**1104***

36,35

Font Pereda, Gabriel

**1294***

35,36

Mascaró Saborit, Santiago

**1052***

26,66

Dassoy Mut, Jose Miguel

**0715***

Excluido

Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares a los efectos previstos en la normativa vigente.

Recursos

Contra el presente acuerdo se podrán interponer los siguientes recursos:

a) Reposición: Ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado del Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, desde el día siguiente a la desestimación presunta.

b) Contencioso administrativo: Ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Se puede interponer directamente, pero si se ha presentado un recurso de reposición, no se podrá formalizar el contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo común.

 

Consell, en la fecha de la firma electrónica (1 de julio de 2021)

El alcalde Andreu Isern Pol